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Incorporación de estudiantes de instituciones públicas de nivel medio superior y superior al Seguro de enfermedades y maternidad del régimen obligatorio del IMSS
Autor | José Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín |
Páginas | 285-286 |
Page 285
En el DOF del 16 de diciembre de 2015 se publicó el Acuerdo ACDO.SA1 .HCT.281015 /246.P.DIR y su anexo único, emitido por el Consejo Técnico del IMSS, relativo a las Reglas a que se sujetará la incorporación de los estudiantes de instituciones públicas de nivel medio superior y superior, al Seguro de enfermedades y maternidad del Régimen Obligatorio del Seguro Social, por lo que corresponde a las prestaciones en especie.
Así, son sujetos de la aplicación de las Reglas las instituciones educativas del Estado y sus estudiantes, dentro de la circunscripción territorial de las delegaciones y subdele-gaciones del IMSS, en términos de lo señalado en el artículo 155 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Las instituciones educativas del Estado tienen el carácter de sujetos obligados ante el IMSS y, por tanto, deberán:
1. Registrarse ante el IMSS, a efecto de que se les otorgue el número de Registro Patronal Ordinario en modalidad 32.
-
Inscribir a sus estudiantes ante el IMSS, comunicar sus bajas y los demás datos que se requieran para su registro.
-
Llevar el registro de sus estudiantes inscritos en el Régimen Obligatorio del Seguro Social, actualizados conforme a sus propias normas y ciclos escolares, que deberán contener al menos: nombre completo, número de seguridad social ordinario y CURP.
El Instituto entregará uno o más registros patronales ordinarios modalidad 32 (por nivel o plantel) a la institución educativa del Estado, mediante el cual dará cumplimiento a lo que establece el Decreto Presidencial del Seguro Facultativo de estudiante, publicado en el DOF el 10 de junio de 1987 y ratificado el 14 de septiembre de 1998, conforme a su propia estructura y organización interna.
B. Afiliación al IMSS de los estudiantes inscritos en el nivel medio superior o superior
La afiliación al IMSS de los estudiantes inscritos en el nivel medio superior y superior de instituciones públicas, que no cuenten con alguna protección médica de cualquier otra institución como ISSSTE, SEDEÑA, PEMEX, etc., como beneficiarios de padres o cónyuge con derecho a algún sistema de seguridad...
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