LA INCONSTITUCIONALIDAD E INCONVENCIONALIDAD DEL DISCURSO DE ODIO

AutorJuan Bautista Lizárraga Motta
Páginas7-8
La Barra 110 Octubre 2019 - Enero 2020
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ARTÍCULOS
La inconstitucionalidad
e inconvencionalidad del
discurso de odio
“El discurso de odio” es contrario a los valores fundamentales
en que se asientan los derechos humanos y la democracia constitucional,
como la igualdad y la dignidad”.
Por: Juan Bautista Lizárraga Motta
En prácticamente todas las culturas del mundo
(México no es la excepción), siempre han existido
“discursos de odio” en contra de determinados
grupos de personas.
Los “discursos de odio” son una clase de discriminación,
que se caracterizan, entre otras cosas, por promover la
violencia en contra de personas o grupos determinados,
por razones como la religión, origen étnico, condición
social, condición económica y hasta grado educativo.
La idea de que algunas personas valen menos que otras,
basándose en prejuicios, que tienen que ver con la raza,
el sexo, la discapacidad o ideologías religiosas, ha existido
y se han dado en prácticamente todas las culturas del
mundo.
Estos “discursos de odio”, inciden directamente en
perjuicio de las víctimas que los padecen, puesto que,
por una parte, difunden la idea de que tienen menos
derechos que los demás, justicando dicho trato hostil
por ser diferentes.
El “discurso de odio” es contrario a los valores
fundamentales en que se asientan los derechos humanos
y la democracia constitucional, como la igualdad y la
dignidad.
El artículo 1º de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y el 24 de la Convención Americana
sobre Derechos Humanos, reconocen el derecho a la
igualdad y prohíben la discriminación. Por su parte,
los artículos 13 de esa Convención y 20 del Pacto

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