NOM-035-SCT4-1999: Equipo de Protección Personal y de Seguridad para la Atención de Incendios, Accidentes e Incidentes que Involucren Mercancías Peligrosas en Embarcaciones y Artefactos Navales.
Dependencia | Secretaría de Comunicaciones y Transportes |
Clave | NOM-035-SCT4-1999 |
Tipo de norma | Definitiva |
Rama de la Actividad Económica | Transporte por Agua |
Producto | Equipo de proteccion personal |
NORMA Oficial Mexicana NOM-035-SCT4-1999, Equipo de protección personal y de seguridad para la atención de incendios, accidentes e incidentes que involucren mercancías peligrosas en embarcaciones y artefactos navales.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-035-SCT4-1999, EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL Y DE SEGURIDAD PARA LA ATENCION DE INCENDIOS, ACCIDENTES E INCIDENTES QUE INVOLUCREN MERCANCIAS PELIGROSAS EN EMBARCACIONES Y ARTEFACTOS NAVALES.
FRANCISCO JUAN AVILA CAMBEROS, Coordinador General de Puertos y Marina Mercante y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y Puertos, con fundamento en los artículos 36 fracciones I, XII y XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 38 fracción II, 40 fracciones XIII y XVI y 43 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1o., 7o. fracciones V y VII y 60 de la Ley de Navegación; 4o., 6o. fracción XIII y 28 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
CONSIDERANDO
Que con fecha 23 de abril de 1999, en cumplimiento de lo previsto en los artículos 44 y 46 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se presentó al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y Puertos para su aprobación, el anteproyecto de Norma Oficial Mexicana;
Con fecha 2 de marzo de 2001, una vez aprobado por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y Puertos, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el proyecto de la presente Norma Oficial Mexicana, a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales posteriores a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios al mencionado Comité Consultivo;
Con fecha 24 de julio de 2002, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, las respuestas a los comentarios recibidos al proyecto, en los términos del artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización;
Y en atención a las anteriores consideraciones, contando con la aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y Puertos, he tenido a bien expedir la siguiente:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-035-SCT4-1999, EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL Y DE SEGURIDAD PARA LA ATENCION DE INCENDIOS, ACCIDENTES E INCIDENTES QUE INVOLUCREN MERCANCIAS PELIGROSAS EN EMBARCACIONES Y ARTEFACTOS NAVALES
Que tiene por objetivo, establecer los requisitos y especificaciones que deben cumplir los equipos de protección personal y de seguridad para el combate de incendios, accidentes e incidentes que involucren mercancías peligrosas a bordo de embarcaciones y artefactos navales que operen en aguas de jurisdicción nacional.
INDICE
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Objetivo y campo de aplicación
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Referencias
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Definiciones
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Requisitos generales
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Procedimientos
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Vigilancia
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Bibliografía
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Concordancia con normas internacionales
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Vigencia
PREFACIO
En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana, participaron las siguientes dependencias, cámaras, asociaciones, institutos y empresas:
Dependencias:
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES Subsecretaría de Transporte Dirección General de Marina Mercante Dirección General de Capitanías Dirección General de Puertos Coordinación de Administraciones Portuarias Integrales Comisión Intersecretarial de Seguridad y Vigilancia Marítima y Portuaria
SECRETARIA DE ENERGIA Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias
SECRETARIA DE SALUD Dirección General de Salud Ambiental
SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo
Cámaras: CAMARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DEL TRANSPORTE MARITIMO
CAMARA NACIONAL DE AUTOTRANSPORTE DE CARGA
Asociaciones: ASOCIACION NACIONAL DE LA INDUSTRIA QUIMICA, A.C.
Institutos: INSTITUTO MEXICANO DEL PETROLEO INSTITUTO MEXICANO DEL TRANSPORTE
Empresas: GRUPO T.M.M., S.A. DE C.V.
Pemex Refinación Dirección Corporativa de Sistemas de Seguridad Industrial Gerencia de Operación y Mantenimiento Marítimo
SEGURIDAD MARITIMA DEL GOLFO, S.A. DE C.V.
TECNO FIRE, S.A. DE C.V.
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Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Oficial Mexicana establece los requisitos y especificaciones que deben cumplir los equipos de protección personal y de seguridad para el combate de incendios, accidentes e incidentes que involucren mercancías peligrosas a bordo de embarcaciones y artefactos navales que operen en aguas de jurisdicción nacional.
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Referencias
Para una mejor aplicación de esta Norma Oficial Mexicana, es necesario consultar las siguientes normas oficiales mexicanas:
NOM-002-STPS-2000 Condiciones de seguridad-prevención, protección y combate de incendios en los centros de trabajo.
NOM-002-SCT2-1994 Listado de las sustancias y materiales peligrosos más usualmente transportados.
NOM-009-SCT4-1994 Terminología y clasificación de mercancías peligrosas transportadas en embarcaciones.
NOM-012-SCT4-1994 Lineamientos para la elaboración del plan de contingencias para embarcaciones que transportan...
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