Inai: veto parcial a Ley de Seguridad

CIUDAD DE MÉXICO, diciembre 20 (EL UNIVERSAL).- El pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) solicitó al presidente Enrique Peña Nieto emita observaciones al artículo 9 de la Ley de Seguridad Interior, a fin de que se privilegie el principio de máxima publicidad.

Los comisionados advirtieron que el Inai considera que el texto final del artículo 9 de la Ley de Seguridad Interior, aprobado por el Congreso de la Unión, "no garantiza el cumplimiento del principio constitucional de máxima publicidad".

Los comisionados del Inai pidieron al Ejecutivo que sólo regrese esa parte de la ley para que los legisladores la revisen.

En un comunicado, el Inai señaló que a la letra el artículo 9 dice: "La información que se genere con motivo de la aplicación de la presente ley será considerada de seguridad nacional, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables".

Destacó: "El instituto advierte que no se garantiza el derecho de acceso a la información, previsto en el artículo 6 de la Constitución, pues lejos de propugnar por la apertura de la información se privilegia la reserva de información".

El pleno se declaró convencido de que en toda norma y actuar del Estado debe privilegiarse siempre la transparencia y garantizarse el derecho de acceso a la información, lo cual no se consigue con el texto final aprobado del artículo 9 de la Ley de Seguridad Interior.

"Consistente con las observaciones hechas al Senado de la República, el pleno de este órgano garante reitera su preocupación ahora al titular del Poder Ejecutivo federal para que, conforme a sus competencias, observe la nueva ley, de manera concreta, el artículo 9, en favor de la prevalencia del principio de máxima publicidad", destacó.

En su comunicado, el pleno del Inai explicó que reconoce si bien que el Senado de la República "sensible a la postura del pleno", modificó la redacción original del artículo, el texto final de la Ley de Seguridad Interior, aprobado por las dos Cámaras "es contrario a ese principio, ya que por regla general, toda la información en posesión de cualquier autoridad es pública y sólo podrá reservarse temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, acreditando los extremos de la prueba de daño".

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