Inacipe: ciencia y conciencia del estado mexicano

AutorMarco Antonio López Valdez
Páginas169-175

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El Instituto Nacional de Ciencias Penales desde su fundación, en 1976, es y ha sido el punto de referencia obligado en el estudio y conocimiento de las ciencias penales, es una institución con investigadores y profesores de alto nivel académico, en sus aulas se han formado técnicos, profesionistas, especialistas y funcionarios públicos relacionados con las áreas de procuración de justicia, seguridad pública, política criminal y criminología, todos -investigadores,

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profesores y alumnos- con nuestras investigaciones, conocimientos y desarrollo profesional hemos contribuido a la innovación y generación del conocimiento de las ciencias penales en México, lo que ha contribuido a la solución de grandes problemas nacionales, que sin duda han contribuido a la consolidación de nuestro estado de derecho, es por esta razón que me atrevo a decir que el Instituto Nacional de Ciencias Penales es la ciencia y conciencia del estado mexicano.

En el Inacipe, dentro de la línea de investigación que tengo como profesor investigador invitado, así como en el campo en el que me desarrollo profesionalmente, he realizado principalmente las siguientes aportaciones:

Revisión, análisis y comentarios al dictamen de la minuta con proyecto de decreto que reforma diversas deposiciones de la Ley de Seguridad Nacional; propiamente participamos en las audiencias públicas especializadas que tuvieron lugar en la Cámara de Diputados del 7 al 15 de junio del 2011; comentamos que el tema de la Seguridad Nacional es de vital importancia para el desarrollo del país, ya que el concepto de Seguridad Nacional, más que militar, es político, incidiendo notablemente en todas las líneas de acción y estrategias políticas económicas y sociales del Estado, lo cual permite su desarrollo y conservación ante los nuevos retos que representa el nuevo y complejo escenario internacional.

El concepto de Seguridad Nacional es indeinido, es decir no existe una deinición perpetua ya que el concepto se adecua a la situación que se esté viviendo en un momento histórico determinado.

En este orden de ideas, cada Nación, de acuerdo con las amenazas maniiestas y hechos resultantes de su situación particular, determina cuantos recursos dedica a la seguridad, lo que le permitirá estar en condiciones de garantizar a sus gobernados un desarrollo adecuado a los intereses nacionales.

Si el sistema político mexicano no responde a las necesidades de la sociedad, no es capaz de conducir el tránsito hacia un verdadero régimen democrático y no logra reformar al Estado, los avances de los últimos años podrían revertirse provocando un colapso nacional que pondría en grave riesgo nuestra supervivencia como Estado-Nación.

Consideramos que la minuta de proyecto de decreto que reforma la Ley de Seguridad Nacional no determina concretamente el concepto y los alcances de la Seguridad Nacional, ni tampoco los fundamentos para su comprensión, solamente se hacen referencias sobre la base de nuevos e impactantes acontecimientos; en nuestra opinión se requiere que dicha minuta de proyecto de decreto considere los cuatro campos del Poder Nacional, que no únicamente sea un paliativo ante las amenazas delincuenciales y que la misma establezca una verdadera doctrina de Seguridad Nacional.

Consideramos que nuestro Proyecto Nacional debe ser actualizado; es decir, resulta necesaria una reforma a nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y leyes reglamentarias, a efecto de establecer y precisar concretamente nuestros intereses, aspiraciones y objetivos nacionales ante las nuevas amenazas globales, lo cual nos permitirá hacer una planeación estratégica a largo plazo para la perpetuación de nuestro Estado-Nación.

A continuación, de manera sucinta haremos algunos comentarios que en nuestra opinión deben ser considerados para el análisis y la formu-

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lación del dictamen que reforma diversas disposiciones del la Ley de Seguridad Nacional.

Artículo 1.- Consideramos que la presente ley debe ser reglamentaria del artículo 26 constitucional, ya que es este artículo de nuestra carta magna el que establece explícitamente el compromiso del ejecutivo para encaminar todas las políticas del Estado para proveer solidez, dinamismo, permanencia, crecimiento económico, para la independencia y democratización política, social y cultural de la nación, haciendo énfasis en las aspiraciones nacionales; es decir, la permanencia y consolidación del proyecto nacional, consagrado en la misma constitución general de la república.

Artículo 3.- La deinición a que hace referencia la Ley de Seguridad Nacional es ambigua, confunde términos con principios generales de la doctrina de seguridad nacional, se sugiere la siguiente deinición: "la seguridad nacional es la condición de paz, libertad y justicia social y económica que procura el estado mexicano a través de una política de desarrollo integral sostenible y...

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