El IMSS prorroga las prestaciones en especie en dinero de asegurados con incapacidad temporal de beneficiarios incapacitados durante la contingencia por Covid-19

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El IMSS prorroga las prestaciones en especie y en
dinero de asegurados con incapacidad temporal y
de benefi ciarios incapacitados durante la
contingencia por Covid-19
El IMSS publicó en el DOF del pasado 29 de julio, el “Acuerdo ACDO.AS2.HCT.240620/173.P.DPES, dictado por el
Consejo Técnico en sesión ordinaria el día 24 de junio de 2020, por el que se autorizan estrategias para prorrogar
las prestaciones en especie y/o en dinero a los asegurados con incapacidad temporal para el trabajo que lleguen a
término de ley y a los beneficiarios hijos incapacitados que cumplen 16 años, así como reconocimiento de la enfer-
medad COVID-19 como riesgo de trabajo en trabajadores IMSS, durante el periodo de contingencia”, el cual entró
en vigor el 29 de julio de 2020.
Conforme al acuerdo, se autoriza a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales y a la Dirección de Presta-
ciones Médicas a que durante el periodo de contingencia realice lo siguiente:
1. Para los asegurados que cuenten con un certificado de incapacidad temporal para el trabajo por riesgo de
trabajo, y se hubiera agotado el término de ley (52 semanas), se deberá calificar en ausencia una recaída
por riesgo de trabajo, previa emisión por el médico tratante de una nueva incapacidad temporal para el tra-
bajo inicial. Al final de la contingencia, los servicios de salud en el trabajo deberán citar al asegurado para
expedirle el “Dictamen de alta por riesgo de trabajo ST-2”, derivado de la recaída, y en caso de proceder, se
elaborará el “Dictamen de incapacidad permanente o de defunción por riesgo de trabajo ST-3” correspon-
diente.
Información
de trascendencia
SEGURIDAD
SOCIAL
C25
2a. quincena
agosto 2020

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