¿Imposibilidad de deducir intereses por generar pérdidas fiscales?

AutorCP, P.C.FI. y Mtro. en Derecho Pablo Cervantes García
Páginas17-20
¿Imposibilidad de
deducir intereses por
generar pérdidas
fiscales?
Antecedentes
En octubre de 2019 el Congreso de la Unión aprobó la
reforma fiscal para 2020, la cual, entre otros aspectos,
tiene como finalidad alinear la Ley del ISR con la acción
41 del Plan de la Erosión de la Base Tributaria y migración
de utilidades (BEPS, por sus siglas en inglés) y comple-
mentar las reglas de capitalización delgada para limitar
la deducción de intereses y de esta forma combatir la
erosión de la base imponible y el traslado de utilidades.
En el reporte de la acción 4 del plan BEPS se expo-
ne que el pago de intereses y otros pagos económica-
mente con tratamiento similar a intereses entre partes
relacionadas, son medios más comunes para trasladar
utilidades como parte de planeaciones fiscales interna-
cionales que involucran a subsidiarias o partes relacio-
nadas ubicadas en países de alta imposición fiscal.
Generalidades de las reglas que limitan la deduc-
ción de intereses
En este sentido, la adición de la fracción XXXII al artículo
28 de la Ley del ISR establece a partir del ejercicio fiscal
1. OECD (2015), Limiting Base Erosion Involving Interest Deductions and Other Financial Payments, Action 4 - 2015 Final Report, OECD/G20 Base
Erosion and Profit Shifting Project, OECD Publishing, Paris. Ver también publicación electrónica en: i) https://dx.doi.org/10.1787/9789264241176-
en ii) https://read.oecd-ilibrary.org/taxation/limiting-base-erosion-involving-interest-deductions-and-other-financial-payments-action-4-2015-final-
report_9789264241176-en#page1
de 2020, que serán gastos no deducibles los intereses
netos del ejercicio que excedan del monto de 20 millo-
nes de pesos, y del monto que resulte de multiplicar la
utilidad fiscal ajustada por 30% (límite de la deducción
de intereses netos), y siempre que dicho excedente sea
superior a los intereses no deducibles determinados con-
forme a las reglas de capitalización delgada que indica la
fracción XXVII de la disposición legal antes mencionada:
¾CP, P.C.FI. y Mtro. en DereCho Pablo
Cervantes GarCía
Integrante de la comIsIón FIscal técnIco del
colegIo de contadores PúblIcos de méxIco
Intereses netos del ejercicio
() Límite de la deducción de intereses netos
(=) Intereses netos no deducibles
De lo anterior se desprende que el excedente de los in-
tereses netos es no deducible, el cual es un concepto
distinto a los intereses devengados a cargo que regula
la fracción VII del artículo 25 de la Ley del ISR; además,
para la determinación de intereses netos no deduci-
bles son necesarios dos conceptos: a) Intereses netos
del ejercicio y b) Límite de la deducción de intereses
netos.
A17
1a. quincena
septiembre 2020
Colaboraciones FISCAL
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