Implicaciones laborales

AutorHéctor Cervantes Nieto
Páginas51-64
OBLIGACIONES LABORALES DEL COVID-19 51
IMPLICACIONES LABORALES
ANTECEDENTES
El 11 de abril de 2009 se detectó en México el primer ca-
so de pandemia de Gripe A (H1N1), mejor conocida como
Influenza, con motivo de lo anterior el día 29 de abril de ese
mismo año, el entonces Presidente Felipe Calderón, ordenó
la suspensión de casi todas las actividades productivas “no
esenciales” del 1 al 5 de mayo y exhortó a la gente a no salir
de sus hogares, situación similar a la que se vive actualmen-
te con motivo del COVID-19, sin embargo la Ley Federal del
Trabajo no establecía ninguna figura ante una suspensión de
labores derivada de una contingencia sanitaria, dejando a los
patrones y trabajadores en libertad para negociar el pago de
los salarios durante el tiempo que esté vigente la suspensión
de actividades.
Con motivo de lo señalado en el párrafo anterior y ante la
falta de una disposición legal y un criterio definido de cómo
deberían de proceder los patrones ante una suspensión co-
lectiva de la relación de trabajo derivada de una contingen-
cia sanitaria y derivado de la Reforma laboral publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2012,
427 fracción VII y 429 fracción IV, que establecen la suspen-
sión de actividades y cómo se deben de pagar los salarios
con motivo de una suspensión colectiva de labores derivada
de una contingencia sanitaria, artículos que a la letra señalan:
ARTICULO 42 BIS. En los casos en que las auto-
ridades competentes emitan una declaratoria de
contingencia sanitaria, conforme a las disposicio-
nes aplicables, que implique la suspensión de las
labores, se estará a lo dispuesto por el artículo 429,
fracción IV de esta Ley.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR