III. La reforma agraria

AutorDip. César Camacho
Páginas51-89
III. LA REFORMA AGRARIA
Publicac ión de la Ley Ag raria, El Constitucionalista, 9 de en ero de 1915.
© Secretar ía de Gobern ación, AGN, Méx ico.
CONTEX TO HIS TÓRICO
De acuerdo con José L. Cossío, en su obra Monopolio y fracciona-
miento de la propiedad rústica, desde 1521 hasta 1914, en México se
había monopolizado tres veces la tierra.47
[La primera vez fue] cuando los conquistadores se hicieron grandes concesio-
nes, que fueron confirmadas por los reyes de España; Hernán Cortés fue due-
ño del territorio comprendido ente Tacubaya y Tehuantepec teniendo como
límites Veracruz con Oaxaca, y una parte del Estado de Guerrero; el Conde
del Valle de Orizaba fue dueño de las haciendas comprendidas entre Orizaba
y Pachuca; el Marqués de Aguayo tuvo el Estado de Coahuila, en su mayor
parte, y mucho de Texas. Como estos existieron otros grandes poseedores de
tierras. En este monopolio Carlos V ordenó que se respetaran los terrenos
que poseían los sometidos, los indígenas. No obstante, en cuestión agraria,
la propiedad privada en la Nueva España se organizó sobre una base de des-
igualdad absoluta, que favoreció la desmedida concentración de los españoles
y la decadencia gradual de la pequeña propiedad de los indígenas.48
La segunda vez, las propiedades que se habían fraccionado al paso de
los años, fueron “acaparadas por los banqueros de la época o el clero; cuyos
47 José L. Cossío, “Monopol ios y fraccionamiento de la propiedad rús tica”, en VV.AA., La
cuestión de la tier ra, 1913-1914, vol. III, México, Inst ituto Mexicano de Invest igaciones
Económicas, 1961, pp. 291-307.
48 Ibid., p. 291.

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