Huelgas
Autor | José Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín |
Cargo del Autor | Contador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) - Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN) |
Páginas | 1062-1065 |
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ARTÍCULO 440. Concepto de huelga
Huelga es la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores.
ARTÍCULO 441. Sindicatos con calidad de coaliciones permanentes
Para los efectos de este Título, los sindicatos de trabajadores son coaliciones permanentes.
ARTÍCULO 442. Alcance de la huelga
La huelga puede abarcar a una empresa o a uno o varios de sus establecimientos.
ARTÍCULO 443. Limitación de la huelga.
ARTÍCULO 444.
Huelga legalmente existente es la que satisface los requisitos y persigue los objetivos señalados en el artículo 450.
ARTÍCULO 445. Casos en que la huelga se considera como ilícita
La huelga es ilícita:
I. Cuando la mayoría de los huelguistas ejecuten actos violentos contra las personas o las propiedades; y
II. En caso de guerra, cuando los trabajadores pertenezcan a estableci-mientos o servicios que dependan del Gobierno.
ARTÍCULO 446. Huelga justificada
Huelga justificada es aquella cuyos motivos son imputables al patrón. Suspensión de las relaciones de trabajo durante la huelga
ARTÍCULO 447.
La huelga es causa legal de suspensión de los efectos de las relaciones de trabajo por todo el tiempo que dure.
ARTÍCULO 448. Efectos de la huelga en conflictos colectivos
El ejercicio del derecho de huelga suspende la tramitación de los conflictos colectivos de naturaleza económica pendientes ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, y la de las solicitudes que se presenten, salvo que los trabajadores sometan el conflicto a la decisión de la Junta.
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No es aplicable lo dispuesto en el párrafo anterior cuando la huelga tenga por objeto el señalado en el artículo 450, fracción VI.
ARTÍCULO 449. Respeto al derecho de huelga
La Junta de Conciliación y Arbitraje y las autoridades civiles correspondientes deberán hacer respetar el derecho de huelga, dando a los trabajadores las garantías necesarias y prestándoles el auxilio que soliciten para suspender el trabajo.
ARTÍCULO 450. Objeto de la huelga
La huelga deberá tener por objeto:
Equilibrar a las partes en conflicto
I. Conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital;
Celebrar contrato colectivo de trabajo y exigir su revisión
II. Obtener del patrón o patrones la...
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