Decreto No. 140 Se Concede Pensión por Viudez a Las C.C. María Preciado Ramos y Rafaela Reynoso Hernández, Equivalente al 100%, de La Percepción Económica que En Vida Recibía el Señor Marcelino Lázaro López y Onésimo Vázquez Feliciano Respectivamente, Ya que A la Fecha del Fallecimiento de Ambos Se Encontraban Adscritos a La Nómina de Jubiliados y Pensionados de La Burocracia

DECRETO No. 140

SE CONCEDE PENSIÓN POR VIUDEZ A LAS C.C. MARÍA PRECIADO RAMOS Y R AFAE LA RE Y N OS O H E R NÁ N DE Z, E QUI V ALE N TE AL 1 00 %, D E LA PERCEPCIÓN ECONÓMICA QUE EN VIDA RECIBÍA EL SEÑOR MARCELINO LÁZARO LÓPEZ Y ONÉSIMO VÁZQUEZ FELICIANO RESPECTI-VAMENTE, YA QUE A LA FECHA DEL FALLECIMIENTO DE AMBOS SE ENCONTRABAN ADSCRITOS A LA NÓMINA DE JUBILIADOS Y PENSIONADOS DE LA BUROCRACIA.

LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente:

D E C R E T OEL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LOS ARTICULOS 33 FRACCION XL, Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, YC O N S I D E R A N D O:

PRIMERO.-

Que mediante oficio número DGG-199/2013 de fecha 19 de marzo del año en curso, se remitió a esta Soberanía por conducto de la Dirección General de Gobierno, las iniciativas del Ejecutivo Estatal para otorgar pensiones por Viudez a favor de las CC. María Preciado Ramos y Rafaela Reynoso Hernández, quienes en su carácter de esposas, resultan ser beneficiarias de los extintos Marcelino Lázaro López y Onésimo Vázquez Feliciano, cuyos expedientes le fueron turnados a la Comisión Dictaminadora mediante oficio número 0606/013 de fecha 26 de marzo del año actual, suscrito por las CC. Diputadas Esperanza Alcaraz Alcaraz y Gina Araceli Rocha Ramírez, Secretarias de la Diputación Permanente del Primer Período de Receso del Primer Año de Ejercicio Constitucional.

SEGUNDO.-

Que el C. Lic. J. Reyes Rosas Barajas, Director General de Recursos Humanos de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado, con fundamento en el Capítulo V, artículo 69, fracción IX, de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima, mediante oficios número DGRH/456 y 513/2013 de fechas 20 y 25 de febrero de 2013, solicitó al Ejecutivo del Estado la iniciación del trámite para autorizar las pensiones por Viudez a favor de las beneficiarias que se mencionan en el considerando anterior.

TERCERO.-

Que el señor Marcelino Lázaro López, falleció el día 13 de diciembre de 2012, según consta en la certificación del acta de defunción No. 1606, expedida por el Oficial 1...

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