Gobernanza para la adaptación al cambio climático: consideraciones fundamentales

AutorMiguel Ángel Cancino Aguilar
Páginas167-182
159
*
Procurador Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México; ser-
vidor público especializado en la aplicación de la normatividad ambiental, urbana y del
consumidor; profesor de carrera por oposición de licenciatura en la Universidad Autónoma
Metropolitana, y profesor de posgrado en la Universidad Panamericana.
CAPÍTULO VII
GOBERNANZA PARA LA ADAPTACIÓN AL CAMBIO
CLIMÁTICO: CONSIDERACIONES FUNDAMENTALES
Miguel Ángel CANCINO AGUILAR*
SUMARIO: I. Planteamiento del problema. II. La perspectiva de la defensa
y protección de los derechos humanos. III. La renovada definición de la fun-
ción social y ambiental de la propiedad. IV. La juridificación de principios
fundamentales de la gestión ambiental. V. Federalismo cooperativo para la
gestión ambiental. VI. Modernización de instrumentos de política ambiental.
VII. Participación ciudadana en la gestión ambiental. VIII. La responsabi-
lidad ambiental. IX. Conclusiones. X. Bibliografía.
I. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
La cuestión de la gobernanza y el cambio climático en nuestro país es de una
gran complejidad institucional y normativa. Para abordarlo, en primer lugar,
haremos alguna referencia a la noción de gobernanza como un término uti-
lizado en el mundo anglosajón para identificar los procesos bajo los cuales
los gobiernos deben tomar decisiones o ejercer su autoridad en el ámbito
público (Acuña et al., 2012: 63). Por su parte, el artículo 3o., fracción III, de
la Ley General de Cambio Climático define a éste como la “variación del
clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana, que altera
la composición de la atmósfera global y se suma a la variabilidad natural
del clima observada durante períodos comparables”. En concreto, este breve
trabajo pretende, precisamente, sugerir algunas medidas que puede tomar la
autoridad ambiental para combatir el cambio climático.
160 MIGUEL ÁNGEL CANCINO AGUILAR
Para hacer una propuesta, debemos partir de lo que se ha logrado en los
últimos 25 años. En ese sentido, nuestro país cuenta ahora con una institu-
cionalización importante de la gestión ambiental, entre la que se encuentra
nueva normatividad, procuradurías ambientales locales y políticas públicas
en la materia. En el mismo sentido, en el ámbito internacional hemos avan-
zado de Estocolmo ’72 a Río+20, sobre todo, si tomamos en consideración
la importancia que ahora han adquirido los instrumentos internacionales
en nuestro actual marco de derechos humanos.
Hoy tenemos un marco jurídico sólido y una serie de instituciones que
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ponder de manera adecuada y oportuna a los problemas que vamos asu-
miendo. De hecho, hace 30 años el asunto del cambio climático no era un
tema de política pública. El cambio climático era un tema que quedaba real-
mente marginado, era sólo parte de ejercicios académicos.
Pese a estos avances, aún nos falta mucho camino por recorrer (Acuña et
al., 2012: 25). El derecho es un referente en la relación sociedad-naturaleza.
En ese sentido, la legislación no es una cuestión que únicamente les competa
a los abogados, y más una legislación como la ambiental. La manera en la
que llevamos a nuestros marcos jurídicos e institucionales los conceptos nos
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problemas que, desde el punto de vista de la sustentabilidad o de los procesos
de deterioro urbano-ambientales, vinculados, entre otras cosas, con el cam-
bio climático, vivimos no solamente en México, sino también en el planeta
en general.
Lo que quisiera tratar es justamente una serie de consideraciones fun-
damentales que es preciso tener en la mesa de análisis cuando vinculamos
estos dos aspectos: gobernanza y adaptación al cambio climático. Yo diría:
mitigación y adaptación al cambio climático.
El reto es que esas políticas públicas estén orientadas hacia el desarrollo
sustentable, por lo menos en estos tres aspectos: el social, el económico y el
ambiental, con lo que todo ello, por supuesto, está representando para nues-
tra sociedad y para nosotros mismos.
Evidentemente, a estas alturas ya existen avances indudables en la ges-
tión ambiental y en las políticas públicas generales en nuestro país; vemos
ya una serie de logros y de avances realmente importantes. Entonces, hoy ya
tenemos esa normatividad robusta en nuestras instituciones, una institu-
cionalización de la gestión ambiental, una manera en la que nos podemos
comunicar en la actualidad.
Si una obra o actividad no es sometida, por ejemplo, al impacto ambien-
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