General. VII-P-SS-271

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
GENERAL
VII-P-SS-271
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINIS-
TRATIVA. PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS.
TIENE LA OBLIGACIÓN DE PROMOVER, RESPETAR,
PROTEGER Y GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMA-
NOS RECONOCIDOS EN LA CONSTITUCIÓN Y EN LOS
TRATADOS INTERNACIONALES DE LA MATERIA.- De
conformidad con el texto vigente del artículo 1° constitucional,
modi cado por el decreto de reforma constitucional publicado
en el Diario O cial de la Federación el 10 de junio de 2011,
en los Estados Unidos Mexicanos todas las personas goza-
rán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución
General de la República y en los tratados internacionales
de los que el Estado Mexicano sea parte. El artículo 2º de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
reconoce y protege a los pueblos y comunidades indígenas.
En su fracción VIII, establece el acceso plenamente de los
indígenas a la jurisdicción del Estado, y para garantizar que
los miembros de dichos pueblos puedan comprender y ha-
cer comprender en procedimientos legales, los Magistrados
del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, al
resolver el juicio sometido a su consideración podrán reali-
zar sentencias en formato de lectura fácil, como un aspecto
metodológico, con el objeto de salvaguardar los derechos de
acceso a la justicia, a su vez, promover, respetar y garantizar
los Derechos Humanos, conforme a los principios de univer-
salidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

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