General

AutorInstituto Mexicano de Contadores Públicos
Páginas17-29

Page 17

  1. ¿Incluimos en nuestros papeles de trabajo una copia del memorándum de la revisión del ejercicio anterior y hemos anotado si las deficiencias subsisten o si han sido corregidas? Es importante considerar lo que señala el Art. 7 del CFF en cuanto a la fecha de inicio de la vigencia de las Leyes Fiscales, sus Reglamentos y las disposiciones administrativas de carácter general entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF, salvo que en ellas se establezca fecha posterior. Es importante este punto debido a que en 2014 entró en vigor una nueva Ley de ISR que sustituye a la anterior sin embargo, mediante disposiciones transitorias deja vigentes muchas otras.

  2. Si ha existido alguna revisión de las autoridades fiscales, cuyas consecuencias legales estén pendientes de resolverse:

    1. ¿Hemos obtenido copias de las actas de visita y de las liquidaciones de contribuciones correspondientes al ejercicio?

    2. ¿Hemos obtenido, en su caso, copia del recurso y/o juicio interpuesto ante las autoridades?

    3. En su caso, ¿evidencia documental del expediente y opinión del abogado o asesor que lleve el asunto?

    4. ¿Las diferencias determinadas por las autoridades se han reconocido en la contabilidad?

  3. ¿Se obtuvo copia para el archivo permanente de todas las resoluciones dadas a la compañía u opciones fiscales ejercidas durante el ejercicio?

  4. ¿Se revisó que hayan sido registrados de manera electrónica los asientos en la contabilidad en forma analítica y cumplir con los requisitos

    Page 18

    que establezca el RCFF y las Disposiciones de Carácter General que emita el SAT? (Art. 28, Fraccs. II, III y IV del CFF).

  5. ¿Se veriicó que el contribuyente tenga presentados los avisos ante el Servicio de Administración Tributaria por la apertura o cierre de los establecimientos, sucursales, locales, puestos ijos o semiijos, lugares en donde almacenen mercancías y, en general, cualquier local o establecimiento que utilice para la realización de las actividades de la empresa? (Art. 27, Párr. 13 del CFF).

  6. ¿Se veriicó que se haya realizado la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes de los socios o accionistas de las personas morales y, a su vez, se revisó que se anotaran en el libro de socios y accionistas la clave de Registro Federal de Contribuyentes de cada socio y accionista y en cada acta de asamblea que lleve a cabo la empresa? (Art. 27, Párr., del CFF).

  7. Si la empresa utiliza el sistema de registro mecánico o electrónico para llevar los registros contables de la compañía, se veriicó que:

    1. ¿Los libros diarios y/o mayor, contengan el nombre, domicilio iscal y clave del Registro Federal de Contribuyentes? (Art. 31, Párr., del RCFF).

    2. ¿Los libros de diario y mayor, en el caso de que la empresa haya optado por encuadernarlos, empastarlos y foliarlos consecutivamente, realizó dicha encuadernación dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio iscal? (Art. 31, Párr., del RCFF).

  8. Si el contribuyente ha adoptado el sistema de registro electrónico, ¿conserva como parte integrante de su contabilidad toda la documentación relativa al diseño del sistema y los diagramas del mismo? (Art. 34 del RCFF).

  9. ¿Se veriicó que la empresa cumpla con las siguientes obligaciones que establece el Código de Comercio vigente?

    1. Llevar y mantener un sistema de contabilidad adecuado, el cual podrá llevarse mediante los instrumentos, recursos y sistemas de registro y procesamiento que mejor se acomoden a las características particulares del negocio, que permita satisfacer los siguientes requisitos mínimos: (Art. 33 del Cód. Com. y Art. 29 del RCFF)

      1. Permitan identiicar las operaciones individuales y sus características, así como conectar estas operaciones in-

        Page 19

        dividuales con los documentos comprobatorios originales (Art. 29, Fracc. I y 32 del RCFF).

      2. Permitan seguir la huella desde las operaciones individuales a las acumulaciones que den como resultado las cifras inales de las cuentas (Art. 29, Fracc. III y 32 del RCFF).

      3. Permitan la preparación de los estados inancieros de la empresa (Art. 29, Fracc. III del RCFF).

      4. Permitan conectar y seguir la huella entre las cifras de dichos estados, las acumulaciones de las cuentas y las operaciones individuales (Art. 29, Fracc. V del RCFF).

      5. Incluir sistemas de control y veriicación internos necesarios para impedir la omisión del registro de operaciones, para asegurar la corrección del registro contable y para asegurar la corrección de las cifras resultantes (Art. 29, Fracc. VI del RCFF).

    2. Llevar debidamente encuadernados, empastados y foliados el libro mayor y, en el caso de las personas morales, el libro o los libros de actas y el Registro de Accionistas (Art. 34 del Cód. Com.).

    3. En el libro de mayor se deberá anotar, como mínimo y, por lo menos una vez al mes, los nombres o designaciones de las cuentas de contabilidad (Art. 35, Cód. Com., y 32, 2º Párr., del RCFF).

    4. En el libro o los libros de actas se harán constar todos los acuerdos relativos a la marcha del negocio que tomen las asambleas o juntas de socios, en su caso, los consejos de administración (Art. 36 del Cód. Com.). En el caso de movimiento accionario este deberá constar en el Registro de Accionistas.

    5. Los registros contables deberán llevarse en, español aunque la Compañía sea extranjera (Art. 37, Cód. Com. y Art. 76, Fracc. XVII inciso a segundo, numeral 1).

    6. La Empresa deberá conservar, debidamente archivados, los comprobantes originales de sus operaciones, de tal manera que puedan relacionarse con dichas operaciones y con el regis-tro que de ellas se haga (Art. 38, Cód. Com.), debemos tomar en cuenta lo establecido en el Art. 29 A del CFF en cuanto a comprobantes iscales y a su conservación ya que para efectos iscales los contribuyentes estarán usando facturación electrónica por lo que emitirán documentos digitales (Arts. 29 y 29-A del CFF, y Regla II.2.5.1.1 de la RM de 2014).

      Page 20

    7. Cuando la empresa realice juntas generales se expresará en el libro de actas la fecha respectiva, los asistentes a ellas, los números de acciones que cada uno represente, el número de votos de que pueden hacer uso. Los acuerdos que se tomen los consignarán a la letra (Art. 41 del Cód. Com.).

  10. ¿Se veriicó que la empresa cumpla con las siguientes obligaciones que establece la Ley General de Sociedades Mercantiles vigente?

    1. Las sociedades anónimas, bajo la responsabilidad de sus administradores, presentarán a la Asamblea de Accionistas, anualmente un informe de resultados y un reporte en el que se informe a los accionistas sobre el cumplimiento de las obligaciones iscales a su cargo en el ejercicio iscal (Art. 172 de la LGSM y Art. 76 de la LISR).

    2. Realizar las asambleas generales de accionistas ordinarias y extraordinarias en el domicilio social de la Sociedad (Art. 179 de la LGSM).

    3. Realizar una asamblea ordinaria para reunirse por lo menos una vez al año dentro de los cuatro meses a la clausura del ejercicio social en donde se informen los resultados contables y el cumplimiento de las obligaciones iscales (Art. 181 de la LGSM).

    4. Realizar asambleas extraordinarias en los siguientes casos: (Art. 182 de la LGSM):

      1. Prórroga de la duración de la sociedad.

      2. Disolución anticipada de la sociedad.

      3. Aumento o reducción del capital social.

      4. Cambio de objeto de la sociedad.

      5. Cambio de nacionalidad de la sociedad.

      6. Transformación de la sociedad.

      7. Fusión con otra sociedad.

      8. Emisión de acciones privilegiadas.

      9. Amortización por la sociedad de sus propias acciones y emisión de acciones de goce.

      10. Emisión de bonos.

      11. Cualquiera otra modiicación del contrato social.

      12. Los demás asuntos para los que la Ley o el contrato social exija un quórum especial.

    5. ¿Se revisó que se hayan emitido los Títulos Nominativos de las Acciones propiedad de cada accionista que integran el capital social de la Compañía?

      Page 21

  11. ¿Se veriicó que la empresa cumpla con las siguientes obligaciones que establece la Ley del Seguro Social vigente?

    1. Registrarse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto, comunicar sus altas y bajas, las modiicaciones de sus salarios (Art. 15, Fracc. I de la LSS).

    2. Llevar registros, tales como nóminas y listas de raya en las que se asiente invariablemente el número de días trabajados y los salarios y otras remuneraciones percibidas por sus trabajadores (Art. 15, Fracc. II de la LSS). Haber emitido recibos de pago de nóminas por cada pago hecho a los trabajadores y dichos recibos haberlos conservado en sus archivos.

    3. Determinar el salario diario integrado por cada empleado y las cuotas obrero-patronales a su cargo y enterar su importe al Instituto (Art. 15, Fracc. III de la LSS).

    4. Dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social por un Contador Público Autorizado (C.P.A.) cuando en el ejercicio iscal inmediato anterior cuente con un promedio anual de trescientos o más trabajadores (Art. 16 de la LSS).

    5. En caso de no contar con personal y este sea subcontratado a otra empresa, se comprobó que se cumpla con los lineamientos establecidos por el IMSS para informar por parte de las prestadoras de servicios (outsourcing).

    6. Con fecha 13 de marzo de 2014 el SAT publica la 1ª modiicación a la RESOLUCIÓN MISCELÁNEA 2014: la modiicación de la regla I 2.7.5.3 que regula los tiempos para el timbrado de la NÓMINA y enviarla al SAT el 1 de enero de 2014.

  12. ¿Se veriicó que la empresa cumpla con las siguientes obligaciones que establece la Ley Federal del Trabajo vigente?

    1. Pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones, de conformidad con las normas vigentes en la empresa o establecimiento (Art. 132, Fracc. II de la LFT).

    2. Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo (Art. 132, Fracc. III de la LFT).

    3. Proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores (Art. 132, Fracc. XV de la LFT).

    4. Cumplir las disposiciones de seguridad e...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR