GACETA 218 , Lunes 01 de JUNIO de 2020 EXTRAORDINARIA Vol----2 (Tomo 2)

Fecha de publicación01 Junio 2020
Número de Gaceta218
GACETA OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
DIRECTORA DE LA GACETA OFICIAL
JOYCE DÍAZ ORDAZ CASTRO
Gutiérrez Zamora s/n Esq. Diego Leño, Col. Centro Tel. 22 88 17 81 54 Xalapa-Enríquez, Ver.
Tomo CCI Xalapa-Enríquez, Ver., lunes 1 de junio de 2020 Núm. Ext. 218
GOBIERNO DEL ESTADO
———
SUMARIO
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE IXCATEPEC, VER.
BANDO DE POLICÍA Y G OBIERNO.
folio 0539
REGLAMENTO MUNICIPAL DE INDUSTRIA, COMERCIO, MERCADOS Y
SERVICIOS.
folio 0540
N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O
TOMO II
GOBIERNO DEL ESTADO
———
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE IXCATEPEC,VER.
Por medio de la presente, me permito solicitar la autorización para que se realice la publicación del
Bando de Policía y Buen Gobierno así como también el Reglamento Municipal de Industria,
Comercio, Mercados y Servicios del municipio de Ixcatepec, Ver.; de acuerdo al Acta de cabildo
con fecha 25 de julio del 2019.
Profr. David Guzmán Martínez
Presidente Municipal Constitucional
Rúbrica.
BANDO DE POLÍCIA Y GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE IXCATEPEC, VERACRUZ CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES, CAPÍTULO IIDEL NOMBRE Y DEL ESCUDO CAPÍTULO III DE
LOS FINES Y OBJETO DELMUNCIPIO. CAPÍTULO IV DE LA UBICACIÓN TERRITORIAL
CAPÍTULO V DE LA DIVISION TERRITORIAL CAPÍTULO VI DE LA POBLACION DEL
MUNICIPIO CAPÍTULO VII DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS HABITANTES DEL
MUNICIPIO CAPÍTULO VIII DEL AYUNTAMIENTO CAPÍTULO IX DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA MUNICIPALDE LOS ÓRGANOS AUXILIARES CAPÍTULO XI DE LA TRANSPARENCIA
Y MEJORA REGULATORIA CAPÍTULO XII DE LAS FUNCIONES Y SERVICIOS PÚBLICOS
MUNICIPALES CAPÍTULO XIII DE LA HACIENDA MUNICIPAL CAPÍTULO XIV DEL
DESARROLLO URBANO CAPTULO XV DE LAS OBRAS PÚBLICAS CAPÍTULO XVI LA
PLANEACION MUNICIPAL CAPÍTULO XVII DE LAS ACTIVIDADES DE LOS PARTICULARES
CAPÍTULO XVIII DE LOS PERMISOS, LICENCIAS Y AUTORIZACIONES CAPÍTULO XIX DE LA
PARTICIPACIÓN CIUDADANA CAPÍTULO XX DE LA EQUIDAD DE GÉNERO CAPÍTULO XXI DE
LA SEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL. CAPÍTULO XXII DE LAS INFRACCIONES Y
SANCIONES CAPÍTULO XXIII DE OTRAS FALTAS E INFRACCIONES
ADMINSTRATIVASCAPÍTULO XXIV VIGILANCIA ESPECIAL A FAVOR DE LOS MENORES EN
LOS EXPENDIOS DE SUSTANCIAS TOXICAS E INHALANTES CAPÍTULO XXV DE LAS
INFRACCIONES COMETIDAS POR MENORES DE EDAD CAPÍTULO XXVI APLICACIÓN DE
SANCIONES CAPÍTULO XXVII DEL JUEZ CIVICO MUNICIPAL CAPÍTULOX XVIII DEL
TRÁNSITO MUNICIPAL CAPÍTULO XXIX DE LA PROTECCIÓN CIVIL CAPÍTULO XXX DE LOS
ACTOS ADMINISTRATIVOS TRANSITORIOS BANDO DE POLICÍA Y GOBIERNO DEL
MUNICIPIO DE IXCATEPEC, VERACRUZ. CAPÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES. Artículo
1.-El presente Bando de Policía y Gobierno, se expide con fundamento en lo dispuesto por los
Artículos 115 fracción II, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos
Llave; 34, 35, fracción XIV de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Veracruz y la Ley
número 531 que establece las Bases Generales para la Expedición de Bandos de Policía y
Gobierno, Reglamentos, Circulares y Disposiciones Administrativas de Orden Municipal. Artículo
2.- Es de observancia general y obligatoria para los habitantes, vecinos, visitantes o transeúntes
del Municipio de Ixcatepec, y establece las normas generales básicas de Gobierno, la
Organización y el Funcionamiento de la Administración Pública Municipal, e identifica a las
Autoridades Municipales y su ámbito de competencia. Artículo 3.-El Gobierno Municipal se ejerce
por el Ayuntamiento Constitucional de Ixcatepec Veracruz de Ignacio de la Llave, y tiene su sede
g
ina 2 GACETA OFICIAL Lunes 1 de
j
unio de 2020
en la Cabecera Municipal. Artículo 4.- Para efectos del presente Bando se entiende por:
Ayuntamiento: Órgano Colegiado del Gobierno Municipal; Presidente Municipal: El Presidente
Municipal Constitucional del Municipio de Ixcatepec; Constitución Federal: La Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; Constitución Local: La Constitución Política del Estado de
Veracruz; Bando: El Presente Bando; Dependencia: Órgano Administrativo que integra la
administración Pública Municipal Estado: El Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; Congreso:
La Honorable Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz; Ley Orgánica: Ley Orgánica del
Municipio Libre del Estado de Veracruz; Municipio: El Municipio de Ixcatepec, Veracruz; Cabildo:
Asamblea deliberante del Ayuntamiento de Ixcatepec, Veracruz; Ixcatepequenses: Gentilicio que
se le otorga a la persona que sea originaria o que habite en el Municipio de Ixcatepec, Veracruz;
Reglamentos: Normas administrativas de carácter general que emite el Ayuntamiento. CAPÍTULO
II DEL NOMBRE Y DEL ESCUDO. Artículo 5.- El Nombre de Ixcatepec, es el signo o atributo de
identidad del Municipio; y el Escudo Municipal su símbolo de representación. El nombre de
IXCATEPEC, sólo podrá ser modificado a solicitud del Ayuntamiento, con la aprobación del
Congreso. Artículo 6.-La descripción y características del Escudo Municipal son las siguientes: El
escudo se muestra al fondo el cerro que representa la sierra de Otontepec, al centro por la torre de
la iglesia municipal y construcciones antiguas, en la parte derecha superior una máscara de
“comanche” de las festividades de carnaval en la parte superior izquierda una máscara del baile de
los “cuanegros” de la fiesta de Xantolo en la parte inferior centro se ubica la rueda de piedra
hallada en este municipio, la parte interior derecha se ubica una imagen de ganado bovino y la
parte inferior izquierda una imagen de un equino ambos animales ocupados en la actividad
ganadera característica del municipio , fuera del escudo en la parte superior se ubica un penacho
del baile de los “chules” y al costado del escudo unas matas de maíz, y ubicado abajo del escudo
se encuentra el nombre del municipio y alrededor ramas de algodón que lo envuelven el nombre
del municipio. Artículo 7. El Escudo Municipal será utilizado exclusivamente por los órganos
municipales, debiéndose exhibir en forma ostensible en las oficinas y documentos oficiales, así
como en los bienes que integran el patrimonio municipal. Cualquier otro uso que quiera dársele
deberá ser autorizado previamente por el Ayuntamiento; quienes contravengan esta disposición se
harán acreedores a las sanciones establecidas en este Bando y sin perjuicio de las penas
señaladas por las leyes de la materia. Artículo 8. El uso de los símbolos municipales para fines
publicitarios o de explotación comercial, sólo podrá hacerse con permiso del Ayuntamiento, previo
pago de los derechos correspondientes. CAPÍTULO II DE LOS FINES Y OBJETO DEL
MUNICIPIO. Artículo 9.- El fin esencial del Municipio, fomentar el bienestar social y calidad de vida
y procurar las condiciones sociales, económicas y políticas de la población, por lo tanto, la
Administración Pública Municipal, organizará su actividad, entre otros, con los objetivos siguientes:
Establecer programas de vigilancia y prevención eficientes, a efecto de garantizar la Seguridad
Pública y el orden, en coordinación con las Autoridades Competentes; Fortalecer la cultura de la
transparencia, acceso a la información pública y rendición de cuentas, haciendo un manejo
responsable de las finanzas públicas; Evitar la corrupción y prevenir las acciones ilícitas; Cumplir y
aplicar las disposiciones jurídicas vigentes; Cumplir y fortalecer la planeación estratégica del
Desarrollo Municipal; Conducir una Política Social Municipal, subsidiaria, solidaria y responsable,
orientada por valores de convivencia social, equidad de género y de una justa igualdad de
oportunidades; de la cual deriven Programas y acciones sustantivas para el combate a la pobreza
y el rezago social; Apoyar la participación responsable de los habitantes del municipio de manera
individual u organizada, que establezcan las normas Jurídicas aplicables; Promover los valores
éticos y cívicos, fortalecer la identidad municipal y reconocer a quienes destaquen por sus servicios
a la comunidad; Garantizar el derecho de acceso a la cultura, el deporte y el desarrollo recreativo y
participar en las tareas educativas y de salud, en términos de la legislación vigente; Fortalecer la
Lunes 1 de
j
unio de 2020 GACETA OFICIAL
g
ina 3

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR