GACETA 182 , Viernes 07 de MAYO de 2021 EXTRAORDINARIA Vol----3 (Tomo 3)

Fecha de publicación07 Mayo 2021
Número de Gaceta182
GACETA OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
DIRECTORA DE LA GACETA OFICIAL
JOYCE DÍAZ ORDAZ CASTRO
Gutiérrez Zamora s/n Esq. Diego Leño, Col. Centro Tel. 22 88 17 81 54 Xalapa-Enríquez, Ver.
Tomo CCIII Xalapa-Enríquez, Ver., viernes 7 de mayo de 2021 Núm. Ext. 182
GOBIERNO DEL ESTADO
———
SUMARIO
ORGANISMO PÚBLICO LOCAL ELECTORAL
DEL ESTADO DE VERACRUZ
ACUERDO OPLEV/CG188/2021 DEL CONSEJO GENERAL, QUE APRUEBA EL
REGISTRO SUPLETORIO DE LAS SOLICITUDES DE REGISTRO DE LAS FÓRMULAS
DE CANDIDATURAS AL CARGO DE EDILES DE LOS 212 AYUNTAMIENTOS DEL
ESTADO DE VERACRUZ, PRESENTADAS POR LAS COALICIONES "JUNTOS
HAREMOS HISTORIA EN VERACRUZ" Y "VERACRUZ VA"; ASÍ COMO LOS
PARTIDOS POLÍTICOS: ACCIÓN NACIONAL, REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL,
DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, DEL TRABAJO, PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO, MOVIMIENTO CIUDADANO, MORENA, TODOS POR
VERACRUZ, ¡PODEMOS!, PARTIDO CARDENISTA, PARTIDO UNIDAD
CIUDADANA, ENCUENTRO SOLIDARIO, REDES SOCIALES PROGRESISTAS Y
FUERZA POR MÉXICO; ASÍ COMO, LAS PERSONAS CON DERECHO A SOLICITAR SU
REGISTRO A UNA CANDIDATURA INDEPENDIENTE, PAR A EL PROCESO
ELECTORAL LOCAL ORDINARIO 2020-2021 Y A NEXOS.
folio 0544
N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O
TOMO III
GOBIERNO DEL ESTADO
———
ORGANISMO PÚBLICO LOCAL ELECTORAL DEL ESTADO DE VERACRUZ
OPLEV/CG188/2021
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO LOCAL
ELECTORAL DEL ESTADO DE VERACRUZ, POR EL QUE SE APRUEBA EL
REGISTRO SUPLETORIO DE LAS SOLICITUDES DE REGISTRO DE LAS FÓRMULAS
DE CANDIDATURAS AL CARGO DE EDILES DE LOS 212 AYUNTAMIENTOS DEL
ESTADO DE VERACRUZ, PRESENTADAS POR LAS COALICIONES “JUNTOS
HAREMOS HISTORIA EN VERACRUZ” Y “VERACRUZ VA”; ASÍ COMO LOS
PARTIDOS POLÍTICOS: ACCIÓN NACIONAL, REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL,
DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, DEL TRABAJO, PARTIDO VERDE
ECOLOGISTA DE MÉXICO, MOVIMIENTO CIUDADANO, MORENA, TODOS POR
VERACRUZ, ¡PODEMOS!, PARTIDO CARDENISTA, PARTIDO UNIDAD CIUDADANA,
ENCUENTRO SOLIDARIO, REDES SOCIALES PROGRESISTAS Y, FUERZA POR
MÉXICO; ASÍ COMO, LAS PERSONAS CON DERECHO A SOLICITAR SU REGISTRO
A UNA CANDIDATURA INDEPENDIENTE, PARA EL PROCESO ELECTORAL LOCAL
ORDINARIO 2020-2021
ANTECEDENTES
I En sesión extraordinaria celebrada el 7 de septiembre de 2016, el Consejo General del
Instituto Nacional Electoral1, mediante Acuerdo INE/CG661/2016, emitió el Reglamento de
Elecciones, documento el aborado con el objeto de regular las disposiciones aplicables en
materia de insti tuciones y procedimientos electorales, así como la operación de los actos y
actividades vinculados al desarrollo de los procesos el ectorales que corresponde realizar, en
el ámbito de sus respectiv as competencias.
Asimismo, establece los requi sitos relativos al procedimiento en materia de registro de
candidaturas en elecciones federales y locales, ordinarias y ex traordinarias, las herramientas
para dicha captura, así como las especificaciones de la misma de observancia general y
obligatoria para el INE y los Organismos Públicos Local es2 de las entidades federativas.
II En sesión extraordinaria celebrada el 13 de enero de 2017, el Consejo General del INE,
mediante Acuerdo I NE/CG02/2017, aprobó la modificación al Anexo 10.1 del Reglamento de
Elecciones, relativo al “Procedimiento para la captura de información en el Sistema Nacional
de Registro de Precandidatos y Candidatos”.
III El 15 de marzo de 2017, el Consejo General, aprobó el Acuerdo identificado con la clave
OPLEV/CG048/2017, a través del cual se resolvió respecto del requisito de presentar copi a
certificada de la credencial para votar; Acuerdo en el que se razonó que no obstante,
conforme al artículo 173, apartado C, f racción III del Código número 577 Electoral para el
1 En adelant e INE.
2 En lo subsec uente OPL’s
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Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, la copia debe ser certificada, sin embargo, de la
interpretación del requisito, de conformidad con la Constitución Federal y los Tratados
Internacionales, se concluye que la presentación de copia simple de la credenci al para votar,
no implica por sí misma la negativa de registro de una candidatura.
IV En sesión extraordinaria del 27 de marzo de 2017, el Consejo General aprobó el Acuerdo
identificado con la clave OPLEV/CG056/2017 relativo a la consulta sobre si basta entregar la
copia simple del acta de nacimiento en la solicitud de registro de las candidaturas; Acuerdo
en el que de igual manera se razonó que de conformi dad con el artículo 173, apartado C,
fracción II del Código número 577 Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la
Llave, la copia debe ser certificada, sin embargo, de la interpretación del requisito, de
conformidad con la Constitución Federal y los Tratados Internacionales, se concluye que la
presentación de copia simple del acta de nacimiento del ciudadano, no implica por sí misma
la negativa de registro de una candidatura.
VEn sesión extraordinaria del 27 de abril del 2017, el Consejo General aprobó el Acuerdo
identificado con la clave OPLEV/CG107/2017, mediante el cual, determinó que respecto del
requisito de presentar la constancia original de residencia emitida por autoridad competente,
de conformidad con el artículo 173, apartado C, fracción VI del Código número 577 Electoral
para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, éste se tendrá por acreditado de los
demás documentos que aporten las solicitudes de registro de las candidaturas.
VI El 19 de marzo del año 2020, en sesión extraordinaria, el Consejo General del Organismo
Público Local Electoral de Veracruz3 emitió el Acuerdo OPLEV/CG030/2020, mediante el
cual se aprob aron las medidas preventivas con m otivo de la pandemia provocada por el
virus denominado SARS-CoV-2 (COVID-19), interrumpiéndose los plazos legales,
administrativos y reglamentarios con excepción de los procedimientos de constitución de
partidos políticos locales entendiendo los de fiscalización y prerrogativas de las
organizaciones que presentaron su solicit ud de registro formal, así como aquellos que por su
urgencia deban resolverse.
VII El 26 de marzo del año 2020, en sesión extraordinaria, el Consej o General del OPLE aprobó
el Acuerdo OPLEV/CG032/2020, relativo a los Lineamientos para la Notificación Electrónica,
aplicables durante la contingencia del virus SARS-CoV-2 (COVID-19).
VIII El 8 de abril del año 2020, en sesión ex traordinaria, el Consejo General del OPLE aprobó los
acuerdos OPLEV/CG034/2020 y OPLEV/CG035/2020, mediante los cuales se determinó,
como medida extraordinaria, la suspensión de todos los plazos legales, administrativos,
procesales y reglam entarios, inherentes a las funciones del Consejo General, las
Comisiones, demás cuerpos col egiados, así como las de las áreas ejecutivas y técnicas del
OPLE, con motivo de la pandemia del virus SARS-CoV-2 (COVID-19), hasta en tanto las
autoridades competentes determinaran la reanudación de actividades en el sector público.
Así como el relativo a la autorización, como medida extraordinaria, de la celebración de
sesiones virtuales a distancia, del Consejo General, de sus comi siones y de la Junta General
Ejecutiva del OPLE, con m otivo de la contingencia sanitaria.
IX En fecha 22 de junio de 2020, en la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz con número
extraordinario 248, se publicó el Decreto 576, por el que se reformaron y adicionaron
diversas disposiciones en materia electoral de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave4.
3 En adelant e, OPLE.
4 En lo subs ecuente, Constituci ón Local.
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