La fusión Televisa-Iusacell

AutorXavier Ginebra Serrabou
Páginas14-16
14 El Mundo del Abogado agosto 2012
LafusiónTelevisa-Iusacell
Xavier Ginebra Serrabou*
En junio pasado, la Comisión Federal de Com-
petencia (CFC) aprobó la concentración en-
tre Grupo Televisa y Iusacell, negada original-
mente el 24 de enero. Aunque la concentración
quedó sujeta al cumplimiento de ciertos condi-
cionamientos, es preciso analizar si, como afir-
ma la CFC, se impide la colusión y se promue-
ve una mayor competencia en los mercados de
televisión abierta y restringida.
En estos días se abrió un
capítulo más de la ya no
telenovela, sino tragedia,
del sector de las teleco-
municaciones; en este
caso, la resolución de la
Comisión Federal de Competencia
que condiciona la alianza por la cual
Televisa compraría 50 por ciento de
la empresa Iusacell a su ahora amigo
Ricardo Salinas Pliego. ¿Debió auto-
rizarse o condicionarse conforme a la
legislación de competencia? Tratemos
de hacer un juicio objetivo sobre la
materia, alejado de los intereses eco-
nómicos que casi siempre se esconden
tras los supuestos análisis “desapasio-
nados” sobre el tema.
Para analizar si una concentración
(fusión o adquisición) debe aprobar-
se o no, la Ley Federal de Competen-
cia Económica (LFCE) establece que la
misma no debe dañar, disminuir o im-
pedir la competencia respecto de bie-
nes o servicios iguales, similares o sus-
tancialmente relacionados (artículo
16), ponderando los efectos procom-
petitivos y anticompetitivos, para to-
mar una decisión.
Entre los efectos que parecían abo-
nar para una luz verde de la alianza
Iusacell-Televisa está que esta última
aportaría recursos financieros, muy
necesarios para la empresa telefóni-
ca que se encuentra en procedimien-
to de quiebra mercantil, a través de la
inyección de alrededor de 1,500 mi-
llones de dólares (aunque la deuda de
Iusacell asciende, según información
pública, a alrededor de 12,000 millo-
nes de pesos).
Segundo, al parecer la incorpora-
ción de Televisa a Iusacell fortalecería
la capacidad competitiva de esta últi-
ma, pues le aportaría las conexiones a
su red y al uso de su infraestructura, lo
que le ayudaría a hacer una competen-
cia mayor a empresas más poderosas,
como Telcel y Telefónica-Movistar.
Da la impresión de que la participa-
ción de mercado de Iusacell (menos de 5
por ciento en telefonía fija y cerca de 4
por ciento en telefonía móvil), suma-
da a la de Televisa y de sus subsidia-
rias, no añadiría un agente económico
con poder sustancial de mercado. Al
parecer, en definitiva ningún comisio-
nado en su sano juicio —los hay que
tienen razón y la ejercitan, aunque sea
de cuando en cuando— debería prohi-
bir la fusión.
¿Qué efectos perjudiciales tiene
este matrimonio económico? ¿Es tan
bueno como lo pintan las televisoras?
El artículo 17 de la LFCE permite pro-
hibir o condicionar concentraciones
cuando el acto o la tentativa confiera
a la empresa resultante poder sustan-
cial de mercado (fracción I); tenga o
pueda tener por efecto indebidamen-
te desplazar a otros agentes econó-
micos, o impedirles el acceso al mer-
cado relevante (fracción II), o tenga
por objeto o efecto facilitar sustan-
cialmente la realización de prácticas
monopólicas prohibidas por esta ley
(fracción III).
Aparentemente, en esta “inofensiva”
alianza se actualizan el primer y el úl-
timo supuesto: de aprobarse la alianza
Televisa-Iusacell, la empresa resultan-
te tendría poder sustancial conjun-
to sobre el mercado de la televisión
abierta y restringida y la concentra-
ción podría tener como objeto o efec-
to facilitar sustancialmente la reali-
zación de prácticas anticompetitivas.
¿Por qué?
El mercado de la televisión es un
mercado monopólico; más, a nues-
tro juicio, que mercados de por sí tan
concentrados como el de la telefonía
celular: dos agentes económicos se re-
parten el pastel en televisión abierta
(Televisa con más de 62 por ciento del
mercado y TV Azteca con más de 20
por ciento del resto), y otro tanto en
la televisión restringida, donde Tele-
visa, a través de sus filiales Cablevi-
sión, TVI y Cablemás, detentan más
de 60 por ciento del mercado de la te-
levisión por cable y un porcentaje si-
milar en la televisión vía satélite. Fue-
ra de la competencia inicial, cuando
TV Azteca incursionó en el mercado
con agresivas campañas de programa-
ción y ofertas interesantes de publici-
dad, es un mercado claramente colu-
dido, que otorga un poder sustancial
conjunto al dúo dinámico Azcárraga-
Salinas.
Las reformas a la LFCE de mayo del
año pasado permiten tomar en cuen-
ta en la evaluación de concentraciones
si la empresa resultante adquiere po-
der sustancial conjunto en el mercado
Engordandolatelecracia

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