PROY-NOM-037-SSA3-2013: Para la Organización y Funcionamiento de los Laboratorios de Anatomía Patológica.

DependenciaFederal
ClavePROY-NOM-037-SSA3-2013
Tipo de normaProyecto
Rama de la Actividad EconómicaServicios Profesionales, Científicos y Técnicos
ProductoLaboratorios

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. EDUARDO GONZÁLEZ PIER, Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., fracción XI, 38, fracción II, 40, fracciones III y XI, 41, 43 y 47, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 3o., fracciones I y VII, 13, apartado A, fracción I y IX, 23, 24, fracción I, 32, 33, 45, 46, 47, 48, 51, 78 y 79, de la Ley General de Salud; 28 y 33, del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o., 7o., fracciones I, II y III, 8o., 9o., 10, fracción IV, 21, 26, 139, 140, fracción I, inciso b), 141, 142, 143, 144, 145, 148, fracción II, 168, 169, 170 y 172, del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Prestación de Servicios de Atención Médica; 8 fracción V y 9, fracción IV Bis, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, me permito ordenar la publicación, en el Diario Oficial de la Federación, del:

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-037-SSA3-2013, PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS LABORATORIOS DE ANATOMÍA PATOLÓGICA

El presente proyecto de norma, se publica a efecto de que los interesados, dentro de los siguientes 60 días naturales contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, presenten sus comentarios por escrito, en medio magnético y en idioma español ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud, sito en Lieja número 7, 1er. piso, colonia Juárez, delegación Cuauhtémoc, código postal 06696, México, D.F., teléfonos (55) 55 53 69 30 y 52 86 17 20, fax 52 86 17 26, correo electrónico eduardo.gonzalezp@salud.gob.mx.

Durante el lapso mencionado, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y 47, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, los documentos que sirvieron de base para la elaboración del presente proyecto y la Manifestación de Impacto Regulatorio estarán a disposición del público en general, para su consulta, en el domicilio del mencionado Comité.

PREFACIO

En la elaboración de este proyecto de norma participaron, las siguientes Dependencias e Instituciones:

SECRETARÍA DE SALUD.

Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud.

Dirección General de Calidad y Educación en Salud.

Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud.

Dirección General de Tecnologías de la Información.

Centro Nacional de Excelencia Tecnológica en Salud.

Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud.

Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva.

Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos.

Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad.

INSTITUTO NACIONAL DE CANCEROLOGÍA.

INSTITUTO NACIONAL DE CARDIOLOGÍA IGNACIO CHÁVEZ.

INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS MÉDICAS Y NUTRICIÓN SALVADOR ZUBIRÁN.

INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES RESPIRATORIAS ISMAEL COSÍO VILLEGAS.

INSTITUTO NACIONAL DE NEUROLOGÍA Y NEUROCIRUGÍA MANUEL VELASCO SUÁREZ.

INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA.

INSTITUTO NACIONAL DE PERINATOLOGÍA ISIDRO ESPINOSA DE LOS REYES.

INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN.

HOSPITAL INFANTIL DE MÉXICO FEDERICO GÓMEZ.

HOSPITAL GENERAL DE MÉXICO DR. EDUARDO LICEAGA.

HOSPITAL GENERAL DR. MANUEL GEA GONZÁLEZ.

HOSPITAL JUÁREZ DE MÉXICO.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES.

SECRETARÍA DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL.

Hospital General Dr. Enrique Cabrera.

Hospital de Especialidades Dr. Belisario Domínguez.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE CHIAPAS.

Hospital de Especialidades Pediátricas Dr. José Luis Peñaloza y Senties.

Hospital General Dr. Rafael Pascacio Gamboa.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE GUANAJUATO.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE GUERRERO.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE JALISCO.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE MICHOACÁN.

Hospital General Dr. Miguel Silva.

Hospital de la Mujer.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE NAYARIT.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE QUERÉTARO.

Hospital de Especialidades del Niño y la Mujer Dr. Felipe Núñez Lara.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE OAXACA.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE SINALOA.

Hospital General de Culiacán.

Hospital Pediátrico de Sinaloa.

Instituto Sinaloense de Cancerología.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE TAMAULIPAS.

SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE YUCATÁN.

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.

Hospital de Especialidades Dr. Antonio Fraga Mouret, CMN La Raza.

Hospital de Especialidades Dr. Bernardo Sepúlveda Gutiérrez, CMN Siglo XXI.

Hospital General de IMSS, Zona No. II, Chiapas.

INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.

Centro Médico Nacional 20 de Noviembre.

Hospital Regional Lic. Adolfo López Mateos.

Hospital General Dr. Darío Fernández Fierro.

Hospital General Belisario Domínguez, ISSSTE, Chiapas.

Hospital de Especialidades Vida Mejor, ISSSTE, Chiapas.

Hospital General de Querétaro.

SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL.

Hospital Central Militar.

SECRETARÍA DE MARINA, ARMADA DE MÉXICO.

PETRÓLEOS MEXICANOS.

Hospital Central Sur de Alta Especialidad.

CRUZ ROJA MEXICANA.

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL.

Escuela Superior de Medicina.

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO.

Facultad de Medicina.

UNIVERSIDAD ANÁHUAC QUERÉTARO.

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO.

AMERICAN BRITISH COWDRAY MEDICAL CENTER, I.A.P.

ASOCIACIÓN MEXICANA DE PATÓLOGOS, A.C.

ASOCIACIÓN DE PATÓLOGOS DE LA ZONA CENTRO Y BAJÍO, A.C.

COLEGIO DE ANATOMOPATÓLOGOS DEL ESTADO DE OAXACA, A.C.

COLEGIO DE MÉDICOS ANATOMOPATÓLOGOS DEL ESTADO DE SONORA, A.C.

COLEGIO DE MÉDICOS ANATOMOPATÓLOGOS DEL ESTADO DE CHIAPAS, A.C.

COLEGIO DE PATÓLOGOS DE VERACRUZ, A.C.

CONSEJO MEXICANO DE MÉDICOS ANATOMOPATÓLOGOS, A.C.

CORPORATIVO HOSPITAL SATÉLITE, S.A. DE C.V.

HOSPITAL ÁNGELES PEDREGAL, S.A. DE C.V.

HOSPITAL ÁNGELES DE LAS LOMAS, S.A. DE C.V.

HOSPITAL ÁNGELES DE QUERÉTARO, S.A. DE C.V.

STAR MÉDICA HOSPITAL INFANTIL PRIVADO, S.A. DE C.V.

HOSPITAL MÉDICA SUR, S.A. DE C.V.

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERREY.

FEDERACIÓN DE ANATOMÍA PATOLÓGICA DE LA REPÚBLICA MEXICANA, A. C.

SOCIEDAD DE BENEFICENCIA ESPAÑOLA, I.A.P.

ÍNDICE

  1. Introducción.

  2. Objetivo.

  3. Campo de aplicación.

  4. Referencias.

  5. Definiciones y abreviaturas.

  6. Disposiciones generales.

  7. Disposiciones específicas.

  8. Instrumentos consensuales de referencia y subrogación de servicios.

  9. Higiene y bioseguridad.

  10. Concordancia con normas internacionales y nacionales.

  11. Bibliografía.

  12. Vigilancia.

  13. Vigencia.

    Apéndice A Normativo. Recursos materiales y tecnológicos mínimos para las áreas de los

    laboratorios de anatomía patológica

  14. Introducción

    La anatomía patológica es la rama de la medicina especializada en el estudio, interpretación y diagnóstico morfológico de las diferentes enfermedades que afectan al ser humano, cuyos padecimientos se detectan a través del análisis cuidadoso y exhaustivo de los sistemas, órganos, tejidos y células de los pacientes; con el fin de establecer las bases científico-cognoscitivas, que sustentan los procedimientos terapéuticos médico-quirúrgicos específicos, así como la toma de decisiones con respecto del seguimiento y vigilancia de la evolución clínica de los pacientes.

    Es además, un elemento valioso e insustituible en el control de calidad de la atención médica, porque ratifica o rectifica el diagnóstico presuncional.

    En el marco de los servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento, los laboratorios de anatomía patológica permiten brindar diagnósticos morfológicos con calidad y seguridad en beneficio de los pacientes, por ello, es necesario regular esta práctica, para el mejor aprovechamiento de los recursos humanos, materiales y tecnológicos disponibles en este tipo de laboratorios.

    La elaboración de esta norma, responde a la necesidad de establecer criterios homogéneos para que los laboratorios de anatomía patológica cuenten con las características mínimas de organización y funcionamiento que permitan desarrollar las actividades específicas al médico anatomopatólogo, con la finalidad de garantizar la calidad en la realización, interpretación e informes de los estudios macroscópicos, citopatológicos o histopatológicos, para fines de diagnóstico, pronóstico, predicción de respuesta al tratamiento e investigación o docencia. Así como los perfiles que debe cumplir el responsable sanitario, el medico anatomopatólogo, otros profesionales y técnicos de la salud que participen en el laboratorio de anatomía patológica.

  15. Objetivo

    Esta norma tiene por objeto establecer los criterios de organización y funcionamiento, así como los recursos materiales y tecnológicos mínimos para los laboratorios...

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