Francia y la industria 4.0

AutorBárbara Palli
Páginas282-307
255
FRANCIA Y LA INDUSTRIA 4.0
Bárbara PALLI*
SUMARIO: I. Introducción. II. Industria 4.0 en Francia. III. Normas ju-
rídicas vigentes ante la incorporación de la industria 4.0. IV. Propuestas de
reformas jurídicas y proyectos. V. Conclusiones. VI. Fuentes de investigación.
I. INTRODUCCIÓN
El término “industria 4.0” o “revolución industrial 4.0”, no se usa común-
mente por los medios de comunicación y aún menos por los investigadores
en el área de derecho social. Sin embargo, algunos periódicos hablan toda-
vía de “revolución digital” refiriéndose a la digitalización de la cadena de
valor y de producción, el uso de la inteligencia artificial, con el propósito
de mejorar la cualidad de los productos, minimizar los costes y el impacto
energético.1 Esas transformaciones impactan ya e impactaran aún más en el
futuro tanto el empleo y las condiciones de trabajo como en las capacidades
requeridas.
Así, aunque el término industria 4.0 no sea utilizado, Francia tiene to-
davía la preocupación de adelantar aquellas reformas laborales necesarias
para asegurar la adecuación entre las transformaciones tecnológicas y la
protección social de los trabajadores digitales de la nueva era. Por eso, la re-
volución digital no está vista como una amenaza por la pérdida de empleos
o por la obsolescencia de las instituciones laborales, sino más bien como un
desafío y una oportunidad para la creación de nuevos empleos más creati-
vos. Con ese propósito, en los últimos años Francia introdujo reformas que
permiten a los trabajadores de plataformas digitales beneficiarse de una
cobertura social y de algunos derechos fundamentales. Seguramente no to-
dos los empleos digitalizados son cubiertos por las nuevas medidas jurídicas
1 La Tribune, núm. 6525, 14 de septiembre de 2018.
*Maestra de conferencias de derecho privado, Universidad de Lorena, Laboratorio de
investigación IFG.
256 BÁRBARA PALLI
francesas, dado que algunas de ellas superan el marco jurídico nacional (mi-
crotareas por cuenta de empresas no establecidas en el territorio francés). Es
por eso que parte del problema de las plataformas digitales requieren de un
reglamento a un nivel más alto que el nivel nacional, como la de la Unión
Europea o aún mejor los de la Organización Internacional del Trabajo.
II. INDUSTRIA 4.0 EN FRANC IA
Antes de examinar las reformas laborales francesas y las de seguridad social
que toman la digitalización en cuenta, se establece primero el marco refe-
rencial de la implementación de la industria 4.0 en Francia, y más adelante
la problemática francesa y europea ante la transición de la industria 4.0.
1. El marco referencial de la implementación de la industria 4.0 en Francia
Francia, junto con Alemania, son los dos países más potentes económica-
mente de la Unión Europea. En Francia, la producción industrial manu-
facturaría representaba en 2016 el 10% del producto interno bruto (contra
20.3% en Alemania) y 2.7 millones de empleos.2 Los sectores más desarro-
llados son la producción automotriz, aeronáutica, metalúrgica, de arma-
mento, de elementos ferroviarios, agroalimentación y la industria química.
Sin embargo, a diferencia de Alemania, Francia ha conocido durante los
últimos 20 años una pérdida muy significativa en términos de competen-
cia mundial y empleo. Así, los productos manufacturados representaban
14% del PIB en el año 2000, pero sólo 10% del PIB en 2015 y el nivel de
empleo ha caído desde 5.1 millones de empleos en 1980 (26% del empleo
global) a 3.1 millones de empleos en 2011 (12.6% del empleo global).3 Los
sectores más afectados han sido el de la construcción naval, del textil o de la
siderurgia. En otras palabras, Francia ha conocido y sigue conociendo una
contracción significativa del sector industrial.
Además, Francia se confrontó al fenómeno de la deslocalización de la
producción industrial4 hacia países más competitivos con horarios de traba-
2 Desde el punto de vista energético, nuestro país ha invertido mucho en la energía
nuclear que cubre un tercio de nuestras necesidades energéticas. Sin embargo, Francia sigue
siendo energéticamente dependiente. En 2015, el país ha importado 44.4% de la energía
requerida. Al mismo tiempo, sólo 15% de la energía efectivamente consumida es renovable.
3 Les échos, 7 de febrero de 2018.
4 Benchimol, Guy, L’entreprise délocalisée, París, Hermès, 1994, p. 110; Mouhoud El Mou-
houb, Mondialisation et délocalisation des entreprises, 5a. ed., París, La Decouverte, 2017, p. 127.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR