Fragmentación de los mecanismos de control en el combate a la corrupción

AutorAdria Velia González Beltrones - Guadalupe Aleida Valenzuela Miranda - Miguel Arturo Morales Zamorano - Rafael Ramírez Villaescusa
CargoDocente Investigadora, Departamento de Derecho, División de Ciencias Sociales URC, Universidad de Sonora, México - Docente Investigadora, Departamento de Derecho, División de Ciencias Sociales, URC, Universidad de Sonora, México - Docente Investigador, D de Sociología y Administración Pública,División de Ciencias Sociales URC, Universidad de ...
Páginas123-148
BIOLEX Revista Jurídica del Depa rtamento de Derec ho UNISON URC
Academia de D erecho Administrativ o
Tercera Época Año 12.Núm. 22. Enero-Junio de 2020
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FRAGMENTACIÓN DE LOS MECANISMOS DE CONTROL EN EL COMBATE
A LA CORRUPCIÓN
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Adria Velia González Beltrones
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Guadalupe Aleida Valenzuela Miranda
3
Miguel Arturo Morales Zamorano
4
Rafael Ramírez Villaescusa
5
“Toda sociedad en la que no esté asegurada la garantía de los derechos ni
determinada la separación de poderes no tiene Constitución” Artículo 16
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano,
de1789(SEGOB:1989)
SUMARIO: Introducción. II. 2017. III.2018. IV.2019. V.Conclusiones
RESUMEN
En el documento se ordena los resultados obtenidos del analisis (a 5 años
de distancia) de la implementación del Sistema Nacional Anticorrupción mediante
el cual se instituyó un nuevo modelo de responsabilidad administrativa de los
servidores públicos en el que se elevó a rango constitucional la distinción, entre
faltas administrativas graves y no graves; se ampliaron las facultades de las
autoridades encargadas de prevenir, investigar, sancionar y corregir actos de
corrupción, que podrán también investigar e imponer sanciones a los particulares,
personas físicas o morales, que participen en la comisión de faltas administrativas
graves y en actos de corrupción; que las faltas graves serán investigadas y
substanciadas por los órganos Internos de control de las instituciones de orden
1
Los hallazgos y propuestas del tema de investigación de este documento se presentaron en el
“2020 Juried Virtual Conference” Western Social Science Association 62nd Annual Conference
June 10 through September 30, 2020
2
Docente Investigadora Departamento de Derecho,División de Ciencias Sociales URC,Universidad
de Sonora,México, correo electrónico:adria.gonzalez@unison.mx; adriaveliagonzalez@gmail.com
3
Docente Investigadora,Departamento de Derecho,División de Ciencias Sociales,URC,Universidad
de Sonora,México, correo electrónico:aleida.valenzuela@unison.mx
4
Docente Investigador, D de Sociología y Administración Pública,División de Ciencias Sociales
URC,Universidad de Sonora,México, correo electrónico:miguel.morales@unison.mx
5
Docente Investigador Departamento de Derecho,División de Ciencias Sociales URC,Universidad
de Sonora,México, correo electrónico:rafael.ramirez@unison.mx
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federal o local, en tanto que la determinación de la sanción correspondiente será
competencia de los Tribunales Locales y/o Federal de Justicia Administrativa y/o
de los juzgados en los que las Fiscalías Especailizadas en Anticorrupción Locales
y Federal presenten sus denuncias según corresponda. Por lo que respecta a las
faltas administrativas no graves, estas serán investigadas, sustanciadas y
resueltas por los Órganos Internos de control, es decir, de estas no conoceran-- en
uso de facultades materialmente administrativas las salas especializadas en
materia anticorrupción de los Tribunales Locales y Federal de Justicia
Administrativa.
Palabras Clave:Infracciones graves, mecanismos de control de la
administración, Sistema Nacional Anticorrupción.
FRAGMENTATION OF CONTROL M ECHANISM S IN THE FIGHT AGAINST
CORRUPTION”
Adria Velia González Beltrones
Guadalupe Aleida Valenzuela Miranda
Miguel Arturo Morales Zamorano
Rafael Ramírez Villaescusa
SUMMARY: Introduction. II. 2017. III.2018. IV.2019. V. Conclusions
ABSTRACT
This document orders the results obtained from the analysis (5 years away) of the
implementation of the National Anticorruption System by means of which a new
model of administrative responsibility of public servants was instituted in which the
distinction was raised to constitutional rank, between serious and non-serious
administrative offenses. The powers of the authorities in charge of preventing,
investigating, punishing and correcting acts of corruption were expanded, which
may also investigate and impose sanctions on individuals, individuals or legal
entities, who participate in the commission of serious administrative misconduct
and in acts of corruption; that serious offenses will be investigated and

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