De la o el fiscal general de justicia del Estado de México

Páginas8-12

Page 8

SECCIÓN PRIMERA De las atribuciones de la o el fiscal general de justicia del estado de mexico

ARTÍCULO 21. Al frente de la Fiscalía estará la o el Fiscal General cuya autoridad se extiende a todas y todos sus servidores públicos.

Las funciones de Ministerio Público en el Estado las ejerce la o el Fiscal General por sí o por conducto de las y los agentes que al efecto designe conforme a las disposiciones de la presente Ley.

ARTÍCULO 22. A la o el Fiscal General le corresponden las atribuciones siguientes:

I. Dirigir, organizar, administrar, controlar y supervisar el funcionamiento de la Fiscalía.

II. Representar a la Fiscalía, para todos los efectos legales, de conformidad con la normatividad aplicable.

III. Ejercer, por sí o por conducto de sus subalternos, las atribuciones que confiere a la Fiscalía la presente Ley y demás ordenamientos jurídicos aplicables.

IV. Velar por la exacta observancia de la Constitución Federal, los tratados inter-nacionales de los que México sea parte, la Constitución del Estado y las leyes que de ellas emanen, en el ámbito de su competencia.

V. Participar en el Consejo Estatal de Seguridad Pública y en la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.

VI. Solicitar y recabar de cualquier autoridad, institución pública o privada y persona física o jurídicas colectivas, los informes, datos, copias y certificaciones o cualquier documento necesario para el ejercicio de sus funciones.

VII. Organizar, controlar y evaluar al personal operativo y ejercer conforme a derecho el mando directo de las unidades administrativas.

VIII. Dar a las y los servidores públicos de la Fiscalía las instrucciones generales o especiales que estime convenientes para el cumplimiento de sus deberes y para la homologación de criterios y acciones.

IX. Encomendar a cualquiera de las y los servidores públicos de la Fiscalía, independientemente de sus atribuciones específicas el estudio, atención, trámite y ejecución de los asuntos que estime conveniente, dentro de sus atribuciones genéricas.

X. Determinar la política institucional de actuación, así como los criterios y prioridades en la investigación de los delitos y el ejercicio de la acción penal y persecución del delito, así como la postura del Ministerio Público en la modificación y terminación de las penas y medidas de seguridad impuestas.

XI. Dirigir y coordinar el desarrollo de la función investigadora y acusatoria contra las y los imputados, directamente o a través de las y los servidores públicos facultados.

XII. Solicitar al órgano jurisdiccional competente la intervención de las comunicaciones privadas, en los términos que previene la Constitución Federal y demás ordenamientos jurídicos aplicables.

XIII. Intervenir como parte en todos los procesos en que los ordenamientos jurídicos aplicables le confiere tal carácter, directamente o a través de las y los demás servidores públicos de la Fiscalía.

XIV. Fomentar y ejercer la disciplina y respeto entre sus integrantes.

Page 9

XV. Coordinarse con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de México para la protección y asistencia a las víctimas, ofendidos y testigos e intervinientes en el proceso penal, sin prejuicio de hacerlo con otras dependencias, unidades u órganos autónomos, así como instituciones privadas en la materia.

XVI. Coordinarse con las instancias competentes para establecer las directrices del programa de protección y asistencia a las víctimas, ofendidos y testigos e inter-vinientes en el proceso penal.

XVII. Solicitar a los concesionarios de telecomunicaciones, los autorizados o proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos, directamente, o por conducto de la o el servidor público en quien delegue la facultad en los delitos que el Código Nacional lo permite, o a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR