Acuerdo por el que se autoriza la emisión de títulos de propiedad sobre terrenos nacionales, con firmas digitalizadas del Titular de la Secretaría de la Reforma Agraria y del Subsecretario de Ordenamiento de la Propiedad Rural

Fecha de disposición08 Marzo 2004
Fecha de publicación08 Marzo 2004
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se autoriza la emisión de títulos de propiedad sobre terrenos nacionales, con firmas digitalizadas del Titular de la Secretaría de la Reforma Agraria y del Subsecretario de Ordenamiento de la Propiedad Rural.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA EMISION DE TITULOS DE PROPIEDAD SOBRE TERRENOS NACIONALES, CON FIRMAS DIGITALIZADAS DEL TITULAR DE LA SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA Y DEL SUBSECRETARIO DE ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD RURAL.

FLORENCIO SALAZAR ADAME, Secretario de la Reforma Agraria, con fundamento en los artículos 14, 16 y 41 fracciones I y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 161 de la Ley Agraria; 123 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural; 4o. y 5o. fracciones XIX y XXVI, 6o. fracciones XI y XIII, 10 fracciones III y X y 12 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria.

CONSIDERANDO

Que dentro de las funciones de la Secretaría de la Reforma Agraria, se encuentra la de otorgar seguridad jurídica a la tenencia de la tierra rural, mediante la regularización y la instrumentación de programas de titulación de terrenos nacionales;

Que es necesario simplificar los trámites administrativos para otorgar certidumbre jurídica en la tenencia de la tierra, a favor de quienes conforme a la legislación agraria tienen derecho a la titulación;

Que en la República Mexicana se han identificado zonas donde se localizan terrenos nacionales poseídos, explotados y usufructuados por un elevado número de campesinos solicitantes de su enajenación, particularmente en regiones donde se ubican municipios con presencia o con alta concentración de población indígena;

Que la mayoría de dichos solicitantes poseen predios menores a 10-00-00 hectáreas, y que es urgente agilizar la expedición de los correspondientes títulos de propiedad de terrenos nacionales, sin detrimento de su eficacia jurídica, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Se autoriza al Director General de Ordenamiento y Regularización y al Director de Regularización de la Propiedad Rural, para que en forma conjunta y con su firma autógrafa validen las firmas digitalizadas del Titular de la Secretaría de la Reforma Agraria y del Subsecretario de Ordenamiento de la Propiedad Rural, que se estampen en los títulos de propiedad...

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