Finiquitos y liquidaciones

AutorLuis Ángel Orozco Colín
Páginas243-256
ESTUDIO INTEGRAL DE LA NOMINA 243
CAPITULO 7
FINIQUITOS Y
LIQUIDACIONES
Los conceptos que aquí comentamos son los siguientes:
Núm. CLASIFICACION: CONCEPTO Pr Ti AD AI EC Tema
183 Gratificación por Separación 1 P N S N 7.0.
184 Indemnización 3 Meses 1 P S S N 7.0.
185 Indemnización 20 Días por Año 1 P S S N 7.0.
186 Prima de Antigüedad 1 P S S N 7.0.
307 Indemnización Exenta 1 P N S N 7.0.
908 Base Percepciones Variables para
Liquidación 3 B S S N 7.0.
Existen dos maneras en que se puede dar por terminada la relación de
trabajo: La primera, que el trabajador desee terminarla; la segunda, que
sea la empresa quien lo desee.
La LFT prevé que en cualquier momento, el trabajador o el patrón pue-
den dar por terminada la relación de trabajo, es decir, rescindirla, por causa
justificada, sin incurrir en responsabilidad (artículo 46 LFT).
7.1. FINIQUITOS
Si es el trabajador quien desea terminar la relación, la empresa estará
obligada solamente a entregarle lo que se llama sus alcances por renuncia.
Al efecto, la empresa formulará un Finiquito que como su nombre lo
indica, constituye un remate de cuentas; es la certificación que se da para
que conste estar ajustado y satisfecho el alcance que resulta de ellas.
En este caso, también se formula una nómina, la Nómina de Finiquitos.
Regularmente incluirá una sola persona, pero pudiesen ser varias. Esta nó-
mina contendrá los conceptos necesarios para pagar al empleado que se
retira todo lo que esté pendiente a ese momento: días de sueldo o salario,
vacaciones y prima vacacional pendientes, vacaciones y prima vacacional
proporcionales por el último ejercicio, gratificación proporcional, tiempo
extra, primas dominicales, etc., pudiendo descontar faltas, incapacidades
y adeudos pendientes. Todos estos conceptos ya explicados en los temas
específicos de cada uno.
Decíamos en el Tema 6.7. Provisión para pago de Vacaciones y Prima
Vacacional, que será necesario hacer en la nómina de finiquitos y en la de
liquidaciones, un ajuste a estas provisiones que se determina restando el
saldo de cada provisión (antes del ajuste), a la suma de los conceptos de
Vacaciones más Vacaciones Proporcionales y Prima vacacional más Prima

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