Las fiestas celebradas en la ciudad de México. De capital de la Nueva España a capital del imperio de Agustín I. Permanencias y cambios en la legislación festiva

Páginas185-201
LAS FIESTAS CELEBRADAS EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
DE CAPITAL DE LA NUEVA ESPAÑA A CAPITAL
DEL IMPERIO DE AGUSTÍN I. PERMANENCIAS
Y CAMBIOS EN LA LEGISLACIÓN FESTIVA*
María José GARRIDO ASPERÓ
SUMARIO: Introducción. II. Las fiestas celebradas en la capital
de la Nueva España durante la guerra de independencia y su
legislación. III. Las fiestas celebradas en la capital del Imperio de
Agustín I y su legislación. IV. Consideraciones finales. V. Fuen-
tes y bibliografía.
I. INTRODUCCIÓN
La primera mirada al universo festivo de la ciudad de México en el perio-
do de transición de estado colonial dependiente a monarquía inde-
pendiente sorprende a todo observador. Resulta excesivo que en plena
guerra de emancipación y durante los primeros años de vida inde-
pendiente, las facciones políticas y los legisladores no sólo destinaran
parte de los escasos recursos económicos para la realización de estas
prácticas, sino también que las incluyeran en las discusiones del Congre-
so para reglamentarlas en forma y contenido.
Legislar el mundo festivo cuando se hereda de los once años de gue-
rra un Estado en bancarrota, cuando tras la euforia de la consumación de
la Independencia se fractura la aparente unidad y las facciones políticas
se radicalizan, cuando aún no ha sido expulsado el último soldado espa-
ñol y la independencia recién conquistada no sólo no ha sido reconocida
sino que peligra ante las ambiciones de la metrópoli, de las potencias eu-
ropeas y de Estados Unidos de América, nos revela ya el significado que
las fiestas tenían para aquella sociedad.
185
* Agradezco al doctor Manuel Ferrer los comentarios, sugerencias y todo el apoyo que me brin-
dó en la realización del presente ensayo.
Las fiestas fueron tanto en el México colonial como en el inde-
pendiente, un instrumento más de que se sirvieron los grupos en el poder
para legitimar el sistema de dominación, reforzar el orden jerarquizado de
la sociedad, dar a los individuos que la componían una formación com-
partida que coincidiera con el proyecto de Estado, facilitara así las tareas
de dominación y confirmara, con cada celebración, el status quo inalterable de
la sociedad. Fueron, por su alto contenido simbólico, la representación
más acabada de los poderes y el medio ideal para establecerlos.
No creemos que la legitimidad del sistema colonial ni del fallido im-
perio de Agustín de Iturbide haya descansado únicamente en la realiza-
ción de tales o cuales fiestas; por lo cual se puede afirmar que el universo
celebrativo de cada periodo fue diseñado para cumplir ciertos fines de
tipo propagandístico a favor del proyecto de gobierno.
Cada uno recurrió a los acontecimientos y personajes históricos que,
por su significado en la vivencia colectiva, pudieran ser interpretados
como el principio fundante del Estado. Particularmente en el imperio de
Agustín I, festejar los acontecimientos más señalados de la gesta de eman-
cipación y honrar a sus héroes llenaba de sentido el posible futuro, legiti-
maba a la elite gobernante forjadora de la nueva situación, y daba a la
población común la conciencia de vivir una época diferente henchida de
esperanza en el porvenir.
Las fiestas religiosas1 obligatorias celebradas en la ciudad de México
eran las que la Iglesia romana mandaba guardar.2 Al parecer, este tipo de
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1Pese a que toda jornada festiva estaba formada por un componente religioso y otro político,
porque así estaba estructurada la organización social, es posible, siguiendo los criterios establecidos
en la época y considerando el tipo de objeto que motivaba el acto festivo, la autoridad que lo promo-
vía y los elementos y símbolos que integraban a cada fiesta, distinguir las religiosas de las políticas o
civiles. Lo que vale tanto para la realidad colonial como para el México independiente. En mi tesis de
licenciatura elaboré una tipología de las fiestas celebradas en la ciudad de México en el periodo colo-
nial. Me sirvieron entonces las referencias que fray Juan de Torquemada incluyó en su Monarquía
indiana, los diccionarios de la época y para los últimos años coloniales algunos documentos del
Ayuntamiento. Además me apoyé en las tipologías elaboradas para otras realidades del imperio espa-
ñol. Cfr. Bonet Correa, Antonio et al., El arte efímero en el mundo hispánico, México, UAM-IIE,
1983; Díaz Borque, José María et al., Teatro y fiesta en el barroco. España e Iberoamérica, Sevilla,
Ed. Serval, 1985; Garrido Asperó, María José, La fiesta de San Hipólito en la ciudad de México,
1808-1821, México, UNAM-FFyL, 1996. Tesis de licenciatura.
2Recopilación de las leyes de los reinos de las Indias. Mandadas imprimir y publicar por la
majestad católica del rey don Carlos II. Boix Ed. impresor y librero, 1841. Libro II, título XV, ley
XVIII, p. 213. Desde el año de 1588 se creó por orden del papa Sixto V la Congregación de Ritos,
instancia dedicada a regular el ejercicio del culto y tratar las causas de los santos. El dr. Antonio
Rubial García ha estudiado a fondo los mecanismos que la Iglesia católica estableció después de la
reforma protestante para regular los cultos y las causas de los santos. Pueden consultarse entre otros su

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