El tráfico de seres humanos y la asistencia a la inmigración irregular. La respuesta del derecho internacinoal público

AutorAntonio Muñoz Aunion
Páginas1-47

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I- Introducción

La conducta migratoria del extranjero que ha ingresado en el territorio estatal sin autorización administrativa no se ha conceptuado tradicionalmente como delictiva.2 Sin embargo, si se han castigado desde siempre los

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comportamientos favorecedores de tal inmigración incluso, hoy día, se llegan a prever sanciones por acciones muchas veces humanitarias (por ejemplo, dar cobijo a inmigrantes indocumentados, ayudarlos a recorrer un trayecto, proporcionarles ayuda3 o una remuneración a cambio de una prestación laboral -sin incurrir en abuso alguno.) Se apunta que sólo en el contexto de entradas no documentadas o con documentos falsos ofrecidos mediante el pago debería estar sujeto el tráfico a penas. (NADIG, A.; 2002 pp. 1-25)

Ciertamente la pena es distinta para estas actividades sensiblemente menor a las que sancionan el tráfico de seres humanos. En cualquier caso, la inmigración irregular es prácticamente siempre fuente de tragedias humanas y presa fácil para el crimen internacional. La violencia en las zonas fronterizas, de distinta clase y en distinto grado, acompaña los cruces fronterizos en distintas zonas del mundo, lo que aumenta la vulnerabilidad de las víctimas y la falta de protección de los migrantes, especialmente, mujeres y niños.

Nos encontramos principalmente ante un problema principalmente de legalidad mezclado con la costumbre y la tolerancia, tanto a nivel internacional,

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como nacional.4 Un ejemplo de esto lo encontramos en 1850 cuando el Congreso norteamericano tuvo que adoptar la Ley del Esclavo Fugitivo que convertía en delito sancionable con seis meses de prisión y una multa de 1000 dólares al que asistiera a un esclavo, precisamente, por el éxito del Underground Railroad que ayudaba a los esclavos huidos a ir hacia los estados del Norte y Canadá. Los abolicionistas odiaban tanto esta " peculiar institución " que conscientemente violaban la ley y seguían ayudando a las víctimas a alcanzar la libertad.5

Un siglo después durante la Guerra Fría, muchos tipos de personas se involucraron en el peligroso mundo del tráfico de seres humanos para ayudar a aquellos que se encontraban detrás del telón de acero.6 Algo que se toleraba en

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parte debido a una deuda de conciencia. Según (Loescher, 2003, P. 584) " lo único relevante para el inmigrante del bloque soviético era el refugio, y éste era sinónimo, a los ojos occidentales, de deserción."

Ciertamente, pocos traficantes han llevado a cabo esta actividad por motivos humanitarios,7 existen muchas actividades asociadas al tráfico y asistencia a la Inmigración Ilegal que son delictivas y que llevan a numerosos abusos individuales. No es menos cierto que ser llevado de forma ilegal a un santuario es cada vez más, hoy día, la única opción para los solicitantes de asilo.8 Sin embargo, aquel solicitante de asilo que acude a un traficante puede

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gravemente comprometer su petición a los ojos de muchos Estados. Se presenta una imputación de doble criminalidad: - no sólo los refugiados desprecian las fronteras nacionales sino que además se asocian a grupos criminales de tráfico para hacerlo. (LOESCHER, GIL & MILNER, JAMES.; 2003, p. 585)9

Sin embargo, (Johnson, 1980) apunta que ni en el Convenio de 1951 ni en el Protocolo de 1967, en ninguno de dichos instrumentos, no obstante, se hace ninguna indicación de que se realice un pago en orden a salir del país de origen como un factor relevante. Por tanto, en relación a la definición convencional de refugiado, no queda lugar para la controversia: los pagos hechos a las autoridades de las que una persona esta escapando no afectan a la valoración de su estatuto de refugiado. Tampoco hay razón para sugerir que el hecho de los pagos afecta en medida alguna los deberes respecto de los refugiados, por parte de los Estados bajo el derecho internacional consuetudinario, en todo lo que puedan existir estos deberes. ... "10

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El tráfico de seres humanos ocurre con facilidad por qué a las víctimas se las hace creer que tendrán una oportunidad de trabajo con un empleo decente y con un salario adecuado. A pesar de que dan su consentimiento a acudir al país de destino, este se obtiene mediante argucias, siendo viciado.11 De ahí que en toda definición de tráfico se deba reconocer que éste nunca es producto de consenso.

En líneas generales, el tráfico interno de seres humanos es al tráfico internacional de seres humanos, lo que el desplazamiento interno a los movimientos de refugiados, si bien los límites de la soberanía para el Derecho Internacional hacen que las situaciones que ocurren en el interior de las fronteras sea más difícil de regular.

Respecto de los sujetos activos, el tráfico de seres humanos, en las últimas décadas, ha sido también un trabajo fácil ya que, en la mayoría de las veces, los traficantes quedaban impunes. Existiendo pocas normas según las cuales podían ser castigados y pocas veces eran aplicadas. Cuando los traficantes eran detenidos y juzgados, no llegaban a ser condenados en razón a: la corrupción,12

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la falta de testigos, la débil protección de los mismos, o el temor de las víctimas a la deportación o a partes intervinientes en procedimientos penales, a pesar del principio de no criminalización de los actos de las víctimas del tráfico.13 Además, las víctimas temen las represalias de los traficantes, las recriminaciones por parte de sus familias o en sus lugares de origen, y por cuanto a las mujeres, el estigma de quedar estigmatizadas como prostitutas.

(Russell K.; 1984) apunta que " (...) la historia del mercado mundial del trabajo desde los tiempos de la esclavitud ha acordado siempre a los emigrantes un valor económico, pero si bien anteriormente, el trabajo del inmigrante tras la llegada al país de destino era el principal recurso del que disponían y del que los empresarios se beneficiaban. (de hecho, entre la mitad y dos terceras partes de la inmigración de raza blanca que llegó a las colonias británicas norteamericanas entre 1630 y la Revolución lo hizo bajo " servidumbre apalabrada" por la cual intercambiaban su fuerza de trabajo y libertad, de forma temporal, por un pasaje a las Colonias, respetándose mutuamente, por regla general, el acuerdo.)14

Hoy día, son los inmigrantes quienes soportan el coste de la migración y el acto de la inmigración irregular al que le ponen precio los expertos en el cruce de fronteras. En otras palabras, " existe un tipo de sociedad mercantil irregular de la inmigración clandestina, en el que la economía migratoria se articula a través del funcionamiento económico del proceso migratorio propiamente dicho, y no a través del cálculo de los beneficios entre las sociedades de envío y de acogida."15

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El tráfico se encontraría en un nivel superior al de la introducción ilegal, en términos económicos.

Además socavan todo esfuerzo hacia el establecimiento de canales organizados de inmigración. Esta sociedad irregular también sirve para fomentar otras actividades criminales reinvirtiendo en ellas, cerrando un círculo vicioso. De ahí que sea necesaria una regulación minuciosa de las agencias de empleo, tanto las pequeñas y especializadas como las empresas multinacionales, en los países de destino así como sus oficinas en los de origen.16

Para agravar aún más la situación, en numerosos países siguen sin existir normas nacionales para sancionar los crímenes del tráfico de seres humanos, de ahí que el tráfico en estas zonas sea de difícil control y que el problema se incremente.17

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Si bien el tráfico de seres humanos es un problema tanto para los Estados de origen como de destino, los esfuerzos en la lucha contra el tráfico se han dirigido, principalmente, hacia los países de origen.

Los factores que fomentan el tráfico en estos países son: altos niveles de desempleo, mercados laborales cerrados a las mujeres,18 discriminación sexual o étnica,19 pobreza,20 huida de persecuciones, violencia, abusos, o violaciones de los derechos humano, las condiciones medioambientales, la percepción de condiciones mejores en otros países, entre otras. La Organización Internacional

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del Trabajo ha relacionado el aumento del tráfico con las políticas que siguen ciertos gobiernos con el propósito de promover la exportación de mano de obra de cara a un trabajo en el extranjero aumentando de esta forma las remesas de los inmigrantes y ocultando de paso los problemas de paro y de orden interno.

Los principales aspectos de los derechos humanos de las personas traficadas que tienen que protegerse en los países de destino son: el acceso a cuidados médicos, psicológicos, y legales, períodos de reflexión y permisos de temporales de residencia, derecho a la seguridad, derecho a un pronto restablecimiento del trauma, la posibilidad de iniciar procedimientos penales, el derecho a un estatuto de residencia, el derecho a una compensación por daños materiales y morales, el derecho a protección de sus datos, el derecho a integrarse socialmente tanto en el país de origen como de destino.

II Las Distintas Clases de Tráfico y sus respuestas teóricas
A Distintas clases de tráfico por sujetos

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En todo el mundo desde los pueblos en los rincones de Asia hasta las ciudades del Este de Europa...

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