Fianza. Medio para asegurar el cumplimiento de obligaciones ante terceros

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Fianza. Medio para asegurar el cumplimiento de
obligaciones ante terceros
Introducción
La fianza se define como el contrato de garantía en virtud del cual un tercero debe cumplir una obligación determinada
en caso de que el fiado incumpla sus obligaciones ante el beneficiario del contrato: de esta manera, con el afán de
garantizar el cumplimiento de ciertas obligaciones en actos de comercio, administrativos, judiciales, fiscales, de crédito
y garantía, las partes pueden acordar la contratación de una fianza con las instituciones autorizadas.
Según se aprecia, la fianza mercantil puede utilizarse en múltiples operaciones. Comentamos sus aspectos princi-
pales.
Qué son las fianzas
Son aquellas que se otorgan a título oneroso por empresas que tienen el carácter de instituciones de fianzas, confor-
me al artículo 1o. de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF).
Al respecto, el artículo 32 de la LISF indica que las fianzas y los contratos que celebren las instituciones de fianzas
serán mercantiles para todas las partes que intervengan, ya sea como beneficiarias, solicitantes, fiadas, contrafiado-
ras u obligadas solidarias, excepción hecha de la garantía hipotecaria.
Participantes en el otorgamiento de fianzas
De acuerdo con el artículo 32 de la LISF, los principales participantes en las fianzas son los siguientes:
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