Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-TASR-1NE-8

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
PRIMERA SALA REGIONAL DEL NORESTE
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VII-TASR-1NE-8
RECURSO DE RECLAMACIÓN.- LA PRUEBA PERICIAL GRAFOS-
CÓPICA ES INNECESARIA, SI SE EXHIBEN ORIGINALES CON
FIRMA AUTÓGRAFA.- Deviene fundado el recurso de reclamación interpuesto
por la parte actora en contra de la admisión de la prueba pericial grafoscópica
ofrecida ad-cautelam por la autoridad demandada si ambas partes exhiben en
juicio los documentos originales, pues estos documentos tienen valor probatorio
pleno, haciendo entonces innecesario el desahogo de la pericial mencionada.
Recurso de Reclamación Núm. 5025/10-06-01-3.- Resuelto por la Primera Sala
Regional del Noreste del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 2
de abril de 2012, por unanimidad de votos.- Magistrada Instructora: Adriana
Cabezut Uribe.- Secretaria: Lic. Mayela Guadalupe Villarreal de la Garza.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VII-TASR-1NE-9
ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA. PARA QUE SE CONSIDERE
DEBIDAMENTE FUNDADA EN CUANTO AL REQUERIMIENTO DE
INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN A LOS CONTRIBUYENTES,
DEBE SEÑALARSE EL ARTÍCULO 53 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA
FEDERACIÓN, QUE ESTABLECE LOS PLAZOS EN QUE LOS
VISITADOS DEBEN CUMPLIR CON LO SOLICITADO.- El mencionado
artículo establece los diversos plazos con que cuenta el contribuyente, en los
casos de que con motivo de las facultades de comprobación, la autoridad requiera
información y documentación necesaria para el desarrollo de las mismas, plazos

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