Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-P-2aS-435

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investigación de antidumping; es válido que se tenga a tales empresas como
representativas de la producción nacional y en consecuencia, con legitima-
ción para presentar la solicitud de investigación. En el entendido de que, en
todo caso, si la actora alega que existe vinculación entre las empresas, debe
acreditar su dicho en el juicio.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 6724/07-17-11-4/832/13-S2-
10-03.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal
Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 26 de septiembre
de 2013, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Carlos
Mena Adame.- Secretaria: Lic. Mónica Guadalupe Osornio Salazar.
(Tesis aprobada en sesión de 24 de octubre de 2013)
VII-P-2aS-435
SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRA-
TIVO, NO SE SURTE LA CAUSAL DE COSA JUZGADA CUANDO
SE SOBRESEE EN UN PRIMER JUICIO.- Los artículos 8º, fracción VIII
y 9º, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Admi-
nistrativo, contemplan como causal de improcedencia y sobreseimiento del
juicio, cuando se trate de actos que fueron impugnados en un procedimiento
judicial. Sin embargo, en el caso de que se promueva amparo en contra de un
acto antecedente de la resolución impugnada en el juicio de n ulidad, y aquel sea
declarado improcedente y se sobresea; se debe entender que no se surte la hipótesis
legal del invocado artículo 8º, fracción VIII, en la medida en que para que
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de partes; de la materia del litigio; de las causas en que se apoyan las dos
demandas y que en el primer juicio se haya dilucidado el fondo sustancial
del asunto controvertido en el segundo; lo cual no acontece en el supuesto de
que la sentencia emitida en el primer procedimiento judicial sea de sobresei-
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se debe declarar infundada la casual de improcedencia y sobreseimiento del
juicio de nulidad, planteada por la autoridad.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 6724/07-17-11-4/832/13-S2-
10-03.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal
Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 26 de septiembre
de 2013, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Carlos
Mena Adame.- Secretaria: Lic. Mónica Guadalupe Osornio Salazar.
(Tesis aprobada en sesión de 24 de octubre de 2013)
C O N S I D E R A N D O :
[...]
CUARTO.- CAUSAL DE IMPROCEDENCIA Y SOBRESEI-
MIENTO. Antes de entrar al estudio de la litis planteada en el presente
juicio, es necesario estudiar, en primer lugar, la causal de improcedencia
y sobreseimiento planteada por la autoridad al momento de contestar la
demanda, en el cual se expresa lo siguiente:
1.- CAUSAL DE IMPROCEDENCIA.
La autoridad al momento de formular su contestación de demanda,
advierte que se surte una causal de improcedencia y sobreseimiento del
juicio, respecto a la impugnación de la resolución recurrida y de la Resolu-
ción Preliminar de la investigación antidumping sobre las importaciones de
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en la fracción arancelaria 8214.1001 de la Tarifa de la Ley de los Im-
puestos Generales de Importación y Exportación, originarias de la República
Popular China, independientemente del país de procedencia, publicada en el
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en los artículos 8º, fracción VIII y 9º, fracción II, de la Ley Federal de Pro-
cedimiento Contencioso Administrativo, ya que es improcedente el juicio de
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nulidad cuando la misma resolución haya sido impugnada en un procedimiento
judicial, situación que se actualiza en la especie, dado que la Resolución Preliminar
fue resuelta mediante ejecutoria pronunciada en el Toca R.A. 266/2006-3616,
relativo al juicio de amparo No. 89/2006, promovido por Goba Internacional,
S.A. de C.V., y coagraviadas, siendo estas las ahora actoras, por lo que el
presente juicio, respecto a la Resolución Preliminar es improced ente y por tan to
debe sobreseerse respecto de la misma.
2.- MANIFESTACIONES DE LA ACTORA. La actora formuló
las siguientes manifestaciones respecto a la procedencia del juicio.
Señala que conforme a lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley Federal
de Procedimiento Contencioso Administrativo, este Tribunal tiene la facultad
de conocer de las resoluciones recurridas, cuando continúen afectando su
esfera jurídica.
En cu anto a la Resolución Preliminar, si bien fue impugnada mediante
juicio de amparo indirecto, lo cierto es que el Juzgado Octavo de Distrito en
Materia Administrativa en el Distrito Federal, sobreseyó el juicio, tal sentido fue
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recurso de revisión número R.A. 266/2006-3616, mediante sentencia de 30 de
junio de 2006, por lo que no existe el supuesto de cosa juzgada, porque no se
entró al estudio del fondo del asunto.
3.- RESOLUCIÓN DE LA SEGUNDA SECCIÓN DE LA SALA
SUPERIOR:
A juicio de este órgano de impartición de justicia, es INFUNDADA
la única causal de improcedencia y sobreseimiento planteada por la autoridad.
En primer lugar, respecto a la impugnación que hace la actora a la
resolución recurrida, consistente en la “Resolución Final de la Investiga-
ción Antidumping sobre las importaciones de sacapuntas de plástico con
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8214.10.01 de la Tarifa de la Ley de Impuestos Generales de Importación
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