Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-P-2aS-142

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VII-P-2aS-142
CAUSAL DE IMPROCEDENCIA Y SOBRESEIMIENTO. NO SE AC-
TUALIZA AQUÉLLA QUE SE SUSTENTA EN QUE LA RESOLUCIÓN
IMPUGNADA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO,
DERIVA DE ACTOS PREVIAMENTE IMPUGNADOS EN AMPARO.-
El artículo 8o., fracción VIII, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Administrativo, establece que es improcedente el juicio ante el Tribunal Federal
de Justicia Fiscal y Administrativa sólo contra actos que hayan sido impugnados
en un procedimiento judicial, por tanto, si en el contencioso administrativo se
demanda la nulidad de una resolución definitiva que no fue impugnada vía ampa-
ro, pero que se sustente en actos que sí lo fueron, resulta infundada la causal de
improcedencia y sobreseimiento que al respecto formule la autoridad, máxime
cuando la nulidad se demande por vicios propios de dicha resolución definitiva,
esto es, por sus propios fundamentos y motivos.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 3187/10-03-01-8/906/11-S2-06-03.-
Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 19 de abril de 2012, por unanimidad
de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Alfredo Salgado Loyo.- Secretario:
Lic. Ernesto Christian Grandini Ochoa.
(Tesis aprobada en sesión de 17 de mayo de 2012)
C O N S I D E R A N D O :
[...]
TERCERO.- Toda vez que la procedencia del juicio es una cuestión de
orden público, esta Segunda Sección iniciará con el análisis de la causal de im-
procedencia y sobreseimiento planteada por el Administrador Local Jurídico de
Culiacán en su oficio de contestación a la demanda.

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