Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-P-2aS-140

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VII-P-2aS-140
VIOLACIÓN SUSTANCIAL. CUANDO EN LA EXISTENCIA DE ÉSTA
SE ENCUENTRE IMPLICADA LA FALTA DE TRADUCCIÓN DE
DOCUMENTOS CORRESPONDE AL MAGISTRADO INSTRUCTOR
PROVEER SOBRE LA MISMA.- Cuando en cualquier juicio de la compe-
tencia especial de la Sala Superior o bien, por el que se haya ejercido la facultad
de atracción, se advierta la existencia de documentos exhibidos en idioma diverso
al español, el Magistrado Ponente, en uso de la facultad conferida por el artículo
41, segundo párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Adminis-
trativo, puede proponer al Pleno o a la Sección, la reapertura de la instrucción,
para que se lleve a cabo la traducción correspondiente; sin embargo, cuando se
advierta la existencia de una violación sustancial en el juicio, que impida la resolu-
ción del fondo, encontrándose implicada la falta de traducción de cualquier docu-
mento, corresponde al Magistrado Instructor proveer sobre la misma, en térmi-
nos del primer párrafo del artículo citado, dentro de la regularización de la subs-
tanciación del juicio que le sea ordenada ante la violación sustancial que se deter-
mine, máxime, que de conformidad con los artículos 132 y 271 del Código Fede-
ral de Procedimientos Civiles, las partes oferentes de una prueba en idioma ex-
tranjero, tienen la carga procesal de exhibir en juicio la traducción de los docu-
mentos exhibidos en otro idioma diverso al español.
Incidente de Incompetencia Núm. 117/11-03-01-8/904/11-S2-10-03.- Resuel-
to por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia
Fiscal y Administrativa, en sesión de 13 de marzo de 2012, por unanimidad de 5
votos a favor.- Magistrado Ponente: Carlos Mena Adame.- Secretaria: Lic. Rosa
Guadalupe Olivares Castilla.
(Tesis aprobada en sesión de 24 de abril de 2012)
C O N S I D E R A N D O :
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