Estado federal

AutorInstituto Mexicano de Estrategia
Páginas472-478

(Artículos 40, 41, 115, 124 y 135 constitucionales)

Concepto

El Estado puede definirse como un conjunto de instituciones que establecen normas y que ejercen autoridad en un territorio determinado, el cual, posee soberanía no sólo al interior, sino también hacia el exterior.

Ahora bien, el término federación, proviene del vocablo latín fœdus, que significa pacto. Una federación es, por tanto, un pacto que se caracteriza por la unión de varias divisiones territoriales cuyo objetivo primordial es la descentralización política.

En ese sentido, podemos definir como Estado Federal, al conjunto de instituciones que establecen sus propias normas y ejercen autoridad en un territorio determinado, compuesto por varias entidades territoriales que gozan de autonomía y facultades de gobierno y legislación sobre determinadas materias en sus propias jurisdicciones, pero que se encuentran unidas a un orden federal.

La naturaleza jurídica del Estado Federal mexicano, se encuentra instituida en los artículos 40 y 41 constitucionales:

"Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de México, unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental."

"Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados y la Ciudad de México, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de cada Estado y de la Ciudad de México, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal..."

De acuerdo con estos dos preceptos, el Estado Mexicano es una República federal, compuesta de estados libres y soberanos, es decir, estos estados o entidades federativas, gozan de autonomía en sus regímenes interiores, por lo que tienen un gobierno local propio y pueden otorgarse su propia Constitución.

Sin embargo, estos estados libres y soberanos, se encuentran unidos a una Federación en los términos que establece la propia Constitución, por lo que sus constituciones locales no pueden contravenir las estipulaciones de la Constitución Federal, ya que ésta representa la unidad del Estado Federal.

En tal virtud, es la Constitución la que otorga las bases para la organización de las entidades federativas. El artículo 115 constitucional establece lo siguiente:

"Artículo 115. Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el Municipio Libre, conforme a las bases siguientes: "

El Estado Mexicano, según la Constitución, adopta como forma de gobierno el de una República representativa, democrática y federal, por lo que los estados que forman parte de éste deben adoptar también para sus regímenes interiores, como lo establece el dispositivo citado, una forma de gobierno republicano, representativo y popular, cuya división territorial y de organización política y administrativa, debe ser el Municipio Libre, como lo señala la Constitución. Asimismo, se establece que la Ciudad de México será la sede de los...

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