Reducciones fiscales para 2007 en el Distrito Federal, que favorecen a pensionados, viudas, mujeres responsables de familia y otros

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El gobierno del Distrito Federal otorga reducciones fiscales en el pago del impuesto predial, así como en los derechos por el suministro de agua, a jubilados, pensionados, viudas y huérfanos, mujeres separadas, divorciadas, jefas de hogar y madres solteras que demuestren tener dependientes económicos y personas de la tercera edad sin ingresos fijos y escasos recursos

En el impuesto predial se proporciona una reducción equivalente a la diferencia que resulte entre la cuota por pagar y la cuota bimestral mínima, de tal manera que sólo se pague la cuota bimestral de $24.

En los derechos por suministro de agua se ofrece un descuento de 50% de la cuota bimestral correspondiente a la toma de uso doméstico, sin que en ningún caso el monto por pagar sea inferior a la cuota bimestral mínima de $15.

Requisitos generales
  1. Ser propietario del inmueble (deberá acreditarse la propiedad fehacientemente cuando el nombre del solicitante no coincida con el que se tenga registrado en la Tesorería del Distrito Federal) y acreditar que lo habita mediante la presentación del comprobante de domicilio, recibo de pago de luz o telefonía fija o gas o estado de cuenta bancarios o estado de cuenta de casa comercial (original y copia para cotejo).

  2. Proporcionar formato de declaración o boleta en la que se determine que el valor catastral del inmueble de uso habitacional no excede de la cantidad de $1 '178,540, sólo para el caso de impuesto predial.

  3. Entregar declaración o boleta de la que se desprenda que el volumen del consumo de agua no excede de 77m3, en el caso de tomas de agua con medidor. Si se carece de medidor, la toma deberá ubicarse en las colonias catastrales 0, 1, 2, 3 y 8, las cuales se clasifican como sigue:

  1. Colonia catastral 0: áreas periféricas de valor bajo con desarrollo incipiente, con usos de suelo que inician su incorporación al área urbana y con equipamientos y servicios dispersos.

  2. Colonia catastral 1: áreas periféricas o intermedias de valor bajo, en proceso de transición o cierta consolidación, con usos de suelo eminentemente habitacionales y con equipamientos y servicios semidispersos y de pequeña escala.

  3. Colonia catastral 2: áreas intermedias de valor medio bajo, en proceso de transición o consolidación, con usos de suelo eminentemente habitacionales e incipiente mezcla de usos y con equipamientos y servicios semidispersos y de regular escala.

  4. Colonia catastral 3: áreas...

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