Ley en Favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado

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Publicado enDOF
ARTICULO 1o La presente ley es de observancia general, especialmente para las autoridades y funcionarios integrantes de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de la Federación, incluídos los del Distrito y Territorios Federales y para todos los Veteranos de la Revolución.
ARTICULO 2o Son Veteranos de la Revolución, para los efectos de esta ley, los que reúnan los siguientes requisitos:

1o.- Haber prestado servicios activos a la Revolución entre el 19 de noviembre de 1910 y el 5 de febrero de 1917, siempre que tales servicios hayan sido prestados en campaña o en cooperación activa con la misma; y

2o.- Haber sido reconocidos así por la Secretaría de la Defensa Nacional previo el estudio y dictamen de las hojas de servicios correspondientes.

ARTICULO 3o Sin perjuicio de lo que disponen los artículos 45, 46, 47 y demás relativos del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, los Veteranos dependientes de una misma unidad burocrática podrán formar agrupaciones, que no tendrán el carácter de sindicatos, para el estudio, mejoramiento y defensa de sus intereses comunes.
ARTICULO 4o

Dentro de cada unidad burocrática únicamente se reconocerá la existencia de una sola agrupación de Veteranos la que, para quedar constituída legalmente, deberá estar integrada con un mínimo de diez miembros; pero si constituída una agrupación de acuerdo con lo antes establecido, por fallecimiento de sus miembros u otra causa no imputable a la agrupación el número de sus componentes se redujese a una cantidad menor de diez, de todos modos seguirá siendo reconocida la agrupación hasta su total extinción.

ARTICULO 5o El estudio y resolución de los problemas que afectan a las agrupaciones o a los Veteranos burócratas no organizados corresponden al Consejo Nacional de Agrupaciones, que estará integrado por dos representantes designados por cada una de las agrupaciones legalmente constituídas en las unidades burocráticas

Los acuerdos y...

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