Estados extranjeros

AutorBaltazar Feregrino Paredes
Páginas117-117

Page 117

Se refiere a los países con los que México tiene celebrado algún acuerdo de reciprocidad fiscal, tratado o convenio en materia tributaria o los que conoce que no causan impuestos o en su caso con los que tiene firmados tratados internacionales para evitar la doble tributación.

Comentario. El art. 1 del CFF se refiere al Estado como tal, como no sujeto del impuesto, pero aclara que no quedan comprendidos en dicha exención cualquier otra entidad o agencia, art. 4-A establece en qué casos los Estados extranjeros podrán pedirle a México el cobro de impuestos, art...

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