Expedición de CFDI por enajenación de vehículos usados por particulares personas físicas

AutorColegio de Contadores Públicos Universidad de Guadalajara A.C.
Páginas18-20
18 / / Junio 2019
www.fnamcp.org
Colegio de Contadores Públicos
Universidad de Guadalajara A.C.
COMISIÓN FISCAL
ANTECEDENTES
El 30 de diciembre de 2013 a través del Diario Ocial de la
Federación (DOF) se publicó la Resolución Miscelánea Fiscal
(RMF) para 2014, en la cual se adicionaron la regla I.2.4.3,
la regla I.2.7.3.4 y la regla I.2.7.3.6, mismas reglas que en
conjunto contenían el procedimiento para expedir el CFDI
por Enajenación de Vehículos Usados por Particulares.
Posteriormente, el 16 de octubre de 2014, en la QUINTA
Resolución de Modicaciones a la Resolución Miscelánea
Fiscal para 2014, se publicó la regla I.2.7.1.34, la cual
señalaba que los contribuyentes que enajenaran vehículos
nuevos y que recibieran como pago resultado de esa
enajenación un vehículo usado y dinero, incorporarían en
el CFDI expedido por la enajenación del vehículo nuevo,
el complemento que para tal efecto publicara el SAT y
además deberían de recabar de la persona física una serie
de documentos.
Actualmente el procedimiento para la expedición del
CFDI por Enajenación de Vehículos por Particulares está
contenido principalmente en las reglas 2.4.3, 2.7.3.4 y
2.7.1.11 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
pareció entender el legislador al redactar este numeral,
la autonomía sindical y la democracia sindical pueden y
deben coexistir.
MARCO NORMATIVO
Resolución Miscelánea Fiscal (RMF).
Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).
Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA).
Código Fiscal de la Federación (CFF).
INTRODUCCIÓN
En el presente boletín analizaremos el procedimiento
vigente para la Expedición del CFDI por la Enajenación de
Vehículos Usados por Particulares, y lo dividiremos en
tres partes:
a) Inscripción en el RFC con CURP de Enajenantes de
vehículos usados a través del adquirente (regla 2.4.3.).
b) Expedición del CFDI por un Proveedor de Certicación
de Expedición de Comprobante Fiscal Digital a través del
Adquirente del vehículo usado. (regla 2.7.3.4).
c) Incorporación del Complemento en el CFDI que se expida
por la Enajenación de un Vehículo Nuevo o Usado en la que
se reciba como pago de esa enajenación un vehículo usado
y dinero. (regla 2.7.1.11)
DESARROLLO
INSCRIPCIÓN EN EL RFC CON CURP DE ENAJENANTES
DE VEHÍCULOS USADOS A TRAVÉS DEL ADQUIRENTE
La regla 2.4.3. de la RMF vigente señala que los contribuyentes
personas físicas que enajenen vehículos usados y que
no realicen Actividades Empresariales o Profesionales,
tienen la posibilidad de ser inscritas en el RFC a través del
adquirente, proporcionando: nombre, CURP o copia del
acta de nacimiento, actividad preponderante que realizan,
domicilio scal, así como un escrito con rma autógrafa,
o en su caso, escrito anexo al contrato que se celebre, en
donde se manieste su consentimiento expreso para que el
adquirente del vehículo usado realice su inscripción en el
RFC y la emisión del CFDI que ampare la enajenación.
El modelo del escrito antes señalado se podrá obtener de la
página del SAT, el cual una vez rmado deberá ser enviado
a través de la misma en forma digitalizada dentro del
mes siguiente a la fecha de su rma por el adquirente del
vehículo usado a través de la página del SAT en la aplicación
“Mi Portal”.
Para realizar este trámite, los adquirentes se podrán apoyar
en la “Guía Inscripción en el RFC con CURP de Enajenantes
“EXPEDICIÓN DE CFDI POR ENAJENACIÓN
DE VEHÍCULOS USADOS POR PARTICULARES
PERSONAS FÍSICAS”

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