La exhibición de personas o hábeas corpus en Aguascalientes, Guerrero y Puebla

AutorDavid Cienfuegos Salgado
CargoSecretario de Estudio y Cuenta en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Páginas79-100
79
La defensa de la Constitución y su extensión...
De Jure No. 6 • Tercera Época
LA EXHIBICIÓN DE PERSONAS O
HÁBEAS CORPUS EN
AGUASCALIENTES, COLIMA, GUERRERO Y PUEBLA*
David Cienfuegos Salgado1
Sumario.
I. La protección de la libertad personal: La figura del hábeas corpus. II. Aguascalientes:
Petición extraordinaria de exhibición de persona. III. Colima: Recurso de exhibición
de personas. IV. Guerrero: Recurso extraordinario de exhibición de personas. V.
Puebla: Solicitud de exhibición de personas. VI. Elementos comunes a la configura-
ción del hábeas corpus local. 1. Denominación y naturaleza. 2. Procedencia. 3.
Procedimiento. 4. Efectos. 5. Alcances y régimen de responsabilidad. VII. Reflexio-
nes finales.
Resumen.
Se analiza el funcionamiento del hábeas corpus como mecanismo procesal que garanti-
za la libertad personal individual, frente a las detenciones arbitrarias e injustificadas, hacien-
do un análisis esta figura y su inclusión en las legislaciones de los Estados de Aguascalientes,
Colima, Guerrero y Puebla, haciendo una armonización de las disposiciones comunes y
después de sus diferencias, para tener una valoración de la figura del hábeas corpus de
acuerdo a los diferentes instrumentos jurídicos sobre todo en materia de los derechos hu-
manos.
Palabras clave.
Derechos humanos, exhibición de personas, mecanismos locales.
Abstract.
This paper analyzes the functioning of habeas corpus as a process mechanism aiming to
secure individual and personal freedom, against arbitrary and unjustified detentions, analyzing
* Fecha de recepción del artículo 12/Enero/2011 Fecha de aprobación: 1º Dictamen 14/Marzo/2011. 2º Dictamen 16 /
Marzo/2011 1º Correcciones. 04/Abril/2011.
1 Secretario de Estudio y Cuenta en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Profesor en la
Facultad de Derecho de la UNAM. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores, nivel I.
David Cienfuegos Salgado
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Mayo 2011 • Universidad de Colima
this legal figure and its implementation on the Mexican States of Aguascalientes, Colima,
Guerrero and Puebla, harmonizing all common provisions and later differentiating them, in
order to come up with a valuation of the legal figure of habeas corpus, as it pertains to
different human rights legal instruments.
Keywords.
Human rights, Exhibition of people, Local mechanisms.
Introducción.
El presente ensayo busca señalar las características que presentan diversos mecanismos
de naturaleza administrativa y judicial, orientados a la protección de la libertad personal, en
el ámbito local mexicano. Tales instrumentos comparten caracteres con el denominado ha-
beas corpus, institución cuyas raíces se hunden en el derecho anglosajón (aunque no sólo
en él encontramos antecedentes). Por ello, antes de analizar los ordenamientos de
Aguascalientes, Colima, Guerrero y Puebla, que son las entidades federativas que regulan
figuras parecidas, nos permitimos dar alguna noticia sobre el
hábeas corpus
.
I. La protección de la libertad personal: La figura del
hábeas corpus
.
El
hábeas corpus
es un mecanismo de naturaleza procesal que garantiza la libertad
personal individual, frente a las detenciones injustificadas y arbitrarias. Básicamente consis-
te en la obligación de las autoridades de presentar a los detenidos en un plazo perentorio
ante un juzgador para que sea éste quien determine su situación jurídica.
La noción de
hábeas corpus
puede encontrarse en numerosas figuras a lo largo de la
historia, y forma parte de la configuración de la idea de libertad en las distintas sociedades.
Por ello, este recorrido que aquí se ofrece sólo pretende hacer evidente la vocación de los
ordenamientos para establecer figuras que protejan la libertad de sus integrantes.
Algunos autores encuentran en el interdicto
homine libero exhibendo
, de carácter
exhibitorio y popular,2 el origen del
hábeas corpus
.3 El interdicto
homine libero exhibendo
,
descrito en el
Digesto
o
Pandactae
, era solicitado ante el pretor, y éste, en caso favorable,
emitía dicho interdicto al solicitante, que constaba en una orden para quien mantuviera
2 Francisco José Huber Olea,
Diccionario de derecho romano comparado con derecho mexicano y
canónico, México: Porrúa,
2000, p. 270.
3 Señala García Morelos en relación con esta figura del derecho romano: «Habitualmente se clasifica a los interdictos en
prohibitorios, restitutorios y exhibitorios. Los primeros, para los cuales estaba especialmente reservado el nombre de
‘interdicto’, contenían una orden prohibitiva. Los segundos, instrumentados con la palabra restituas, disponían el reintegro

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