Evolución legislativa en torno al delito (aspectos político-criminales y dogmáticos)

AutorMoisés Moreno Hernández
Páginas261-290

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I Algunas palabras introductorias en homenaje a la academia

EN ESTA ocasión nos reúne un motivo muy importante, la celebración de los 75 años de existencia de la Academia Mexicana de Ciencias Penales. Quienes actualmente somos miembros de ella, este aconteci-miento tiene un importante signiicado, porque los objetivos de aquellos que le dieron origen están ahora en nuestras manos el continuar haciéndolos realidad. Por ello, nuestra felicitación a quienes organizaron estas jornadas para conmemorar esos 75 años, y nuestro agra-decimiento por invitarnos a participar en esta celebración.

1. Antecedentes y objetivos de la Academia

Para quienes poco o nada saben de la institución que ahora es objeto de celebración, quiero decirles que la Academia Mexicana de Ciencias Penales es un organismo académico que fue fundado en 1940 por especialistas muy destacados en las áreas de las ciencias penales, como Raúl Carrancá y Trujillo, José Ángel Ceniceros, Luis Garrido, Javier Piña y Palacios, José Torres Torija, Alfonso Teja Zabre, Carlos Franco Sodi, Francisco González de la Vega, Emilio Pardo Aspe, Francisco Argüelles, José Gómez Robleda y José María Ortiz Tirado, quienes han sobresalido tanto en la actividad docente como en la función pública relacionada con la justicia penal, y por sus publicaciones.

Desde hace 75 años, la Academia ha agrupado a los más destacados penalistas, criminólogos, criminalistas y médicos forenses de México.

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Entre ellos, varios han sido ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como Carlos Franco Sodi, Emilio Pardo Aspe, Francisco Argüelles Espinoza, José María Ortiz Tirado, Luis Chico Goerne, Juan José González Bustamante, Ángel González de la Vega, Rafael Matos Escobedo, Teóilo Olea y Leyva, Antonio Rocha Cordero, Fernando Castellanos Tena, José Ramón Palacios, Francisco Pavón Vasconcelos, Luis Fernández Doblado, Victoria Adato Green y Juan N. Silva Meza, mientras que otros académicos han sido procuradores generales de la República y del Distrito Federal, como Sergio García Ramírez, entre otras funciones.1

Desde su creación, la Academia Mexicana de Ciencias Penales se ha ijado como objetivos los siguientes: 1) colaborar con los órganos de la administración pública en el diseño y desarrollo de políticas y programas de gobierno, en materia de justicia penal y de seguridad pública; 2) elaborar proyectos legislativos relacionados con la justicia penal y la justicia de menores infractores, y 3) realizar proyectos de investigación o estudios en torno a las diversas cuestiones penales y de política criminal, con el propósito de coadyuvar para que la justicia penal responda a las expectativas de la sociedad mexicana y se ajuste a las exigencias del Estado democrático de derecho.

De acuerdo con lo anterior, no hay duda que la función de la Academia tiene mucho que ver con las tareas que corresponde desarrollar a las distintas instituciones del sistema de justicia penal, pues comparten metas y objetivos comunes, como el de pugnar por la consolidación del Estado democrático de derecho, a través del fortalecimiento de sus instituciones, de la autonomía e independencia del Poder Judi-cial, entre otros.

2. Realizaciones y retos de la Academia

Durante sus primeros 75 años, la Academia ha tenido, mediante sus destacados miembros, una amplia participación en el diseño y desa-rrollo de políticas públicas en materia de justicia penal y de seguri-

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dad pública en nuestro país. A sus primeros académicos se debe, por ejemplo, la elaboración de los códigos penales y de procedimientos penales de la década de los treinta en adelante, que aún siguen vigentes en México. Muchos otros han sido partícipes con las importantes reformas legislativas que en materia penal han tenido lugar en 1971, 1983, 1984, 1993, 1994, 1996 y 2002, que sin duda han repercutido positivamente en la transformación del sistema de justicia penal mexicano; otros más, también han tenido que ver con las reformas constitucionales de 2008, que tienen como principal objetivo fortalecer el sistema procesal penal acusatorio y oral, así como con la creación del Código Nacional de Procedimientos Penales (2014), que actualmente se encuentran en proceso de implementación en todo el país. A otros se debe, igualmente, la generación de importantes criterios jurispruden-ciales en la aplicación concreta de la ley y en la resolución de casos, como ministros de la SCJN, magistrados o jueces.

Asimismo, casi todo académico ha sido, o es, profesor o investigador de diversas instituciones académicas, como la Facultad de Derecho y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, entre otras; cuyas enseñanzas y obras en materia de derecho penal, procesal penal, política criminal, criminología y criminalística, han servido para la formación de múltiples generaciones de abogados y de nuevos profesores e investigadores en las áreas de las ciencias penales y de la política criminal; tres de ellos (Celestino Porte Petit, Gustavo Malo Camacho y Gustavo Barreto Rangel), ya fallecidos, han sido directores generales del Instituto Nacional de Ciencias Penales.

Ahora bien, ante las perspectivas de una sociedad moderna, plural y cambiante; ante los propios retos del Estado democrático de derecho, y ante las exigencias de un sistema de justicia penal que está urgido de cambios de fondo para responder a las expectativas de una sociedad reclamante de mayor acceso a la justicia, mayor calidad en la procuración e impartición de la justicia, por menos impunidad y mayor se-guridad ciudadana, por menos corrupción y mayor transparencia, los retos de la Academia Mexicana de Ciencias Penales son muy grandes. Ciertamente, la misión de la Academia es modesta, pues no tiene la pretensión de intervenir en todo y tratar de cambiar también todo, o que nada cambie; sin embargo, el rol que le corresponde jugar es muy importante, porque tiene que ver nada menos que con la misión del derecho penal. Proteger los valores humanos fundamentales para la vida ordenada en comunidad frente a los embates de la delincuencia -convencional y organizada, nacional y transnacional-, procurando

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que para ello se adopten las medidas político-criminales más racionales, para que el poder penal estatal no se extralimite en perjuicio de los derechos humanos y que sólo se castigue a los culpables, respetando igualmente sus derechos humanos.

Sin duda, los retos son apasionantes para un organismo que es plural; ante un escenario de exigencias y de perspectivas, carente de con-formismos, a sus 75 años de existencia la Academia debe adoptar una actitud más activa y crítica, más interesada en torno a los cambios sociales y del sistema de justicia penal, para recuperar el rol que otrora ha tenido desde diferentes ángulos, de ser el principal motor para im-pulsar el fortalecimiento del Estado de derecho y de sus instituciones, así como para incidir de manera más decisiva en la transformación integral y coherente del sistema de justicia penal, aportando los criterios teóricos adecuados para que éste constituya una respuesta más funcional frente a las expectativas de la sociedad y del Estado de derecho, sobre todo ahora que parece prevalecer una gran desorientación en cuanto al rumbo a seguir en el sistema de justicia penal.

Lo anterior no implica desconocer que en esta materia es el Estado quien tiene el monopolio, pues es el único que puede criminalizar y penalizar conductas humanas, crear los tipos penales y las punibilidades, así como el único que puede someter a proceso a quien se le imputa la comisión de un delito e imponerle la pena correspondien-te; pero habrá que reconocer que en todo ello también puede y debe tener participación la Academia Mexicana de Ciencias Penales, para coadyuvar en el diseño y desarrollo de la política penal, para que ésta responda al objetivo de fortalecer el Estado de derecho y de democratización del sistema de justicia penal. Y, eso debe ser así, porque la Academia cuenta con la materia prima para ello y con las posibilidades de vincular estrechamente la teoría con la práctica, la dogmática penal con la política criminal, en sus diversos sectores y niveles: Legislativo, Judicial y Ejecutivo, sobre todo ahora que México vive inmerso tanto en el proceso de globalización como en el de internacionalización del delito, de la política criminal y del derecho penal.

Por ello, ante la asunción de que es absolutamente necesaria una gran reforma al sistema de justicia penal, como es el caso del nuevo sistema procesal penal acusatorio y oral, derivado de la reforma constitucional de 2008 y que actualmente se encuentra en proceso de implementación en todo el país, la Academia debió ser convocada para encabezar esta importante tarea, como en otros tiempos lo hicie-

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ron las instancias oiciales, cuando se proponían algo serio en materia de justicia penal. Ello no sucedió así, porque parece que la reforma tuvo otros intereses; pero, lo cierto es que la Academia se ha pronunciado, a través de las opiniones críticas de sus miembros, en torno al nuevo sistema procesal penal, tanto por lo que hace a su orientación ilosóico-política...

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