Etnicidad en clave histórica: categorías jurídicas coloniales y cultura maya en el siglo XVI

AutorCaroline Cunill
CargoInstituto de Investigaciones Históricas, UNAM
Páginas7-22
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D.R. © 2014. Centro de Estudios Mexicanos y Centroamericanos. México, D.F. ISSN: 0185-6286.
TRACE 65 (Junio 2014): págs. 7-22 www.cemca.org.mx
Etnicidad en clave histórica
Categorías jurídicas coloniales
y cultura maya en el siglo XVI
Caroline Cunill
Instituto de Investigaciones
Históricas - UNAM
La mayoría de los investigadores que analizan los movimientos étnicos contemporáneos sienten
la necesidad de volver a la historia de los pueblos indígenas para valorar el alcance de los logros
legales recién conseguidos, tanto a nivel nacional como internacional.1 Suelen interpretar los
fenómenos actuales como la expresión de una ruptura con un pasado de subordinación que
comenzó con el Imperio hispánico y perduró en los Estados liberales del siglo XIX, con carac-
terísticas como la explotación laboral, la usurpación de los recursos naturales, la imposición
de una tutela jurídica y la marginación política (Cloud, González y Lacroix, 2013, pp. 45-48;
Yrigoyen, 2013, p. 210). No obstante, existen voces críticas respecto a estas interpretaciones.
Para Luis Vázquez León el reconocimiento de una serie de derechos a los pueblos indígenas
Resumen: Desde hace algunas décadas el
tema de la etnicidad se encuentra en el centro
de debates, donde se juega el reconocimien-
to de un conjunto de derechos para los pueblos
indígenas por parte de los Estados nacionales
de los países de América Latina. Esta pro-
blemática tuvo eco en la academia, de modo
que varios estudios, desde la antropología
hasta las ciencias políticas, analizaron tanto
los movimientos étnicos como las respuestas
que les dieron instituciones y organizaciones,
nacionales o internacionales, gubernamen-
tales o extragubernamentales. El presente
trabajo reflexiona sobre la posibilidad de
proporcionar a estas cuestiones contempo-
ráneas un enfoque histórico sin caer en el
anacronismo. A continuación se analizan los
procesos que condujeron a la creación de
categorías jurídicas que fueron aplicadas a
diversas poblaciones indígenas de América por
la Corona española en el siglo XVI. También
se estudia la manera en que estos pueblos,
a su vez, utilizaron estas categorías, las
rechazaron o las combinaron con otras para
defender sus intereses y situarse en el nuevo
orden sociopolítico y simbólico impuesto por
la Monarquía hispana. El escrito se enfoca
en la población maya de Yucatán y en las
respuestas que sus integrantes aportaron a
la política imperial a lo largo del primer siglo
de colonización.
Palabras clave: categoría jurídica, Imperio
ibérico, movimientos étnicos, mayas, Yucatán
Résumé : Depuis quelques décenies l’eth-
nicité se trouve au centre de débats dans
lesquels se joue la reconnaissance par les
États Nation de l’Amérique Latine d’une série
de droits pour les peuples autochtones. La
production scientifique, dès l’anthropologie
jusqu’aux sciences politiques, fait l’écho de
ces problématiques grâce à l’analyse des
mouvements ethniques et des réponses que
leur apportèrent les institutions nationales
ou internationales et les organisations gou-
vernementales ou extra-gouvernementales.
Le présent travail prétend donner à ces
questions contemporaines une perspective
historique, sans pour autant tomber dans
l’anachronisme. Ainsi, cet article analyse
les processus qui ont conduit à la création
de catégories juridiques qui furent assignées
aux populations autochtones par la Couronne
espagnole au cours du XVIème siècle. D’autre
part, nous nous interrogeons sur la façon dont
ces dernières ont utilisé ces catégories, les ont
rejeté et/ou les ont combiné avec d’autres
pour défendre leurs intérêts et se situer dans
l’ordre sociopolitique et symbolique imposé
par la Monarchie espagnole. L’étude s’appuie
sur le cas précis des Mayas du Yucatan et sur
les réponses que ces derniers ont apporté
aux politiques impériales pendant le premier
siècle de la colonisation.
Mots clés : catégorie juridique, Empire ibé-
rique, mouvements ethniques, Mayas, Yucatan
Abstract: For several decades the issue of
ethnicity had been at the center of debate, in
which was at stake the recognition of a set of
rights to Native peoples, by National States
of Latin America. By way of consequence,
many studies from anthropology to political
sciences, have analyzed ethnic movements,
as well as the different answers that were
given to them by national or international,
governmental or extra-governmental institu-
tions and organizations. The present article
reflects on the possibility to approach those
contemporaneous questions from an historical
perspective without committing anachronism.
Consequently, will be analyzed the process of
creation of the juridical categories that were
assigned to Native peoples by the Spanish
Crown during the XVI century. Furthermore,
we will analyze how indigenous actors used,
rejected or combined, those official categories
in order to protect their interests and to define
themselves in the new political order imposed
by the Spanish Crown. This study will be
focused on the Mayas of Yucatan and on the
answers they gave to those imperial policies
in the first century of colonization.
Keywords: Juridical Category, Spanish Em-
pire, Ethnic Movements, Mayas, Yucatan
Fecha de recepción: 19 de febrero del 2014 • Fecha de aprobación: 22 de mayo del 2014
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enfocado principalmente en aspectos culturales, no ha avanzando a la par de un movimiento
hacia una justicia social. El autor considera que “el indigenismo legal” fue ganando preponde-
rancia al mismo tiempo que “el desarrollo social cesó de ser una responsabilidad del Estado”
(Vázquez León, 2010, p. 194). En realidad, esta posición también aparece en otros análisis,
como el de Yrigoyen, que opina que la aplicación de los postulados del multiculturalismo se
ve contrarrestada por la implementación simultánea de políticas neoliberales que favorecen la
“neutralización de los derechos recientemente conquistados” (Yrigoyen, 2013, p. 214-215).2
Por consiguiente, se puede plantear que el principal cambio que ha operado en los últimos
años, en torno a la cuestión indígena, no tiene que ver con la desaparición de la explotación y
la marginación, sino con el tratamiento jurídico que desde hace algunas décadas se está apli-
cando a los pueblos indígenas, dado que en las nuevas legislaciones éstos vuelven a aparecer
como sujetos de derecho, individual y colectivamente. Así, la línea de ruptura se situaría, en
realidad, respecto al monismo jurídico que caracterizó a los Estados liberales del siglo XIX y
gran parte del XX, marco en el que se inscriben el “renacimiento” de un pluralismo jurídico de
nuevo corte y el “retorno” de lo indígena, fenómenos estrechamente enlazados. No podemos
dejar de remitirnos aquí a sugerentes títulos del libro de Luis Vázquez León, Ser indio otra vez:
la purepechización de los tarascos serranos (1992); y del volumen coordinado por Valérie Robin
Azevedo y Carmen Salazar-Soler, El regreso de lo indígena: retos, problemas y perspectivas
(2009). En estas condiciones, tratar de entender al “gobierno de diversidad” instaurado por la
Monarquía hispana para gestionar su Imperio en América y el impacto que este sistema pudo
tener en las comunidades indígenas probablemente nos ayude a valorar mejor el significado del
resurgimiento actual del pluralismo jurídico en el que los pueblos indígenas vuelven a aparecer
como persona jurídica.3
Para llevar a cabo este objetivo se reflexiona sobre las categorías jurídicas aplicadas por la
Corona española a las poblaciones indígenas de América en el siglo XVI, y sobre la relación
que mantuvieron los mayas de la provincia de Yucatán con estas categorías. En otras palabras,
nos preguntamos qué significó ser indio en la Monarquía hispana, qué mecanismos y actores
participaron en la construcción de esta categoría jurídica, qué intereses estuvieron en juego
en su conformación, qué parcelas de la múltiple y movediza realidad indígena capturó esta
categoría y, finalmente, en qué medida este concepto condicionó, a su vez, la creación de una
nueva “realidad” indígena. Cabe destacar que este estudio se apoya y beneficia de los últimos
estudios de la historiografía americanista, en la que la imagen del indio, víctima de un sistema
colonial basado casi exclusivamente en la coerción y la violencia, ha sido desplazada por la de
un actor indígena conocedor del aparato burocrático y de la cultura jurídica colonial, partícipe
de las construcciones culturales, sociopolíticas y, en menor medida, económicas relacionadas
con su entorno histórico. Entonces, sin negar la violencia, explotación y subordinación se ha
puesto de manifiesto la importancia de mecanismos como el de negociación indígena, a nivel
individual o colectivo en el funcionamiento del Imperio ibérico.4 Tal vez no sea anodino que
esta renovación histórica se haya realizado a la par de las dinámicas políticas contemporáneas,
lo que sugiere la existencia de un diálogo –más o menos consciente– entre ambas esferas,
diálogo en el que pretende inscribirse el presente trabajo.
LA PERSPECTIVA HISPANA:
¿RECONOCIMIENTO, TOLERANCIA O CRIMINALIZACIÓN?
Como es sabido, la piedra angular en la que se fundamentó el gobierno de los pueblos au-
tóctonos en el Imperio ibérico fue la categoría jurídica de indio. Este término, resultado de un
error geográfico situado en la frontera entre lo consciente y lo inconsciente, entre el cálculo y el
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