Estructura contributiva y de beneficios de la Ley del Seguro Social

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas35-35

Page 35

La LSS nace con una dualidad en su observancia y aplicación:

1. Como contribución obligatoria para el patrón y los trabajadores.

La observancia y cumplimiento desde el punto de vista contributivo se tunda en el artículo 31, fracción IV constitucional, el cual dispone:

Artículo 31.- Son obligaciones de los mexicanos:

........................................................

IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

De ahí que el Código Fiscal de la Federación (CFF) clasifique en su artículo 2o., tracción II, a las aportaciones de seguridad social (cuotas obrero-patronales) como contribuciones obligatorias para el patrón, con el carácter de fiscales, y al IMSS como instrumento de api icación de la ley y como un organismo fiscal autónomo.

2. Como otorgante de derechos (protección y bienestar) para los trabajadores.

La base constitucional del derecho a la seguridad social de los trabajadores se ubica en el párrafo tercero del artículo 4o. constitucional, que a la letra establece:

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general,...

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