Estatuto Orgánico de Pemex Perforación y Servicios
Edición | Matutina |
Emisor | Petróleos Mexicanos |
Al margen un logotipo, que dice: Petróleos Mexicanos. EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PEMEX PERFORACIÓN Y SERVICIOS, con fundamento en el artículo 12, fracción VI, del Acuerdo de Creación de la Empresa Productiva del Estado Subsidiaria de Petróleos Mexicanos, denominada Pemex Perforación y Servicios, aprobó las reformas, adiciones y derogaciones al Estatuto Orgánico de Pemex Perforación y Servicios.
Se REFORMAN los artículos 4, fracciones II, XI, XV, XVIII y XXIV; 5, primero, segundo y tercer párrafos, fracciones I, II y IV y quinto y sexto párrafos; 6, fracciones I y II; 8, primer párrafo; 9, fracción X; 10, fracciones V, VI y VII; 14; 16, fracciones II y IV; 17, primer párrafo y fracción II; 19; 20, primero, tercero y cuarto párrafos; 21, primer párrafo; 23; 29; 30, segundo párrafo; 32, primer párrafo, fracción II y segundo párrafo; 33; 34; 35, fracciones VIII, IX, XII, XIII, XVII, XVIII, XXI, XXII, XXIV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXXII, XXXIV, XXXVI, XXXVII, XL, XLIV, XLVI, XLVIII, LI, LVII, LVIII y segundo párrafo; 36; 38; 39; 40, fracciones IV, V, VIII, IX, X, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXX, XXXVII, XXXIX, XL, XLI, XLVII, XLVIII y segundo párrafo; 42, fracciones V, X, XI, XXI, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXX, XXXV, XXXVII, XXXIX, XL, XLV, XLVI, XLVII y segundo párrafo; 43, primer párrafo; 45, fracciones III, V y VIII; 46, fracción I; 47, fracciones III, V y VI; 48, fracciones IV y V; 49, fracciones III, IV y X; 50, fracciones I, II, V, VI y VII; 51, fracciones I, II, III, VI, VII y VIII; 52, fracciones I, II, IV, VI y VIII; la denominación del Título Quinto; 54, primer párrafo; 55; 58, primer párrafo; 60, primer párrafo; 61 y 63; se ADICIONAN los artículos 10, fracciones V BIS y VII BIS; 16, cuarto y quinto párrafos; 35, fracciones VI BIS, XV BIS, XVIII BIS, LIV BIS y LVII BIS; 40, fracciones XXVII BIS, XXVII TER, XLI BIS, XLI TER, XLVII BIS y XLVII TER; 42, fracciones XXXIX BIS, XL BIS, XL TER, XLVI BIS y XLVI TER; 45, fracción VII BIS; 50, fracciones II BIS, III BIS y VII BIS; 51, fracciones IV BIS y VII BIS; 52, fracciones II BIS, II TER y V BIS; 54, segundo párrafo; 58, tercer párrafo; 58 BIS; 58 TER, y 58 QUATER, y se DEROGAN los artículos 9, fracción IX; 10, facción I; 35, fracciones XXXVIII y LV; 40, fracciones XVIII, XXIX; 42, fracción XXIX; 44, numeral 4 de la fracción III; 48, fracción VI; 49, fracción II, y 53, del Estatuto Orgánico de Pemex Perforación y Servicios, para quedar como sigue:
ESTATUTO ORGÁNICO
PEMEX PERFORACIÓN Y SERVICIOS
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Cadena de Valor: Las actividades de perforación, terminación y reparación de pozos, así como la ejecución y servicios a pozos;
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a X. ...
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Intervenciones a Pozos: Las actividades de perforación, terminación y reparación de pozos;
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a XIV. ...
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Pemex Perforación y Servicios: La empresa productiva del Estado subsidiaria de Pemex, creada mediante acuerdo por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos;
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a XVII. ...
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Portal del Consejo: El portal informático por el que se convoca y se hace llegar, a los Consejeros e invitados permanentes del Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos y de los consejos de administración de sus Empresas Productivas Subsidiarias, la información de los asuntos que se van a someter a consideración de ese órgano colegiado en las sesiones;
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a XXIII. ...
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Sistema de Control Interno: El conjunto de políticas, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación establecidos conforme a los lineamientos que apruebe el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos, en términos del artículo 56 de la Ley;
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a XXVI. ...
De conformidad con el modelo institucional establecido en la Ley y el Reglamento, así como en el Acuerdo de Creación, las áreas de Pemex Perforación y Servicios deberán ejercer sus funciones con sujeción a la conducción central, dirección estratégica y coordinación de Pemex y en congruencia con las funciones de sus direcciones, así como de las áreas competentes en las materias de vigilancia y auditoría y de responsabilidades, que les confiere el Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos.
En estos términos, corresponde a las áreas de Pemex Perforación y Servicios, participar en su caso, en el diseño y elaboración, así como ejecutar, implementar, aplicar, cumplir y dar seguimiento a las propuestas, estrategias, programas, planes, proyectos, inversiones, sistemas, directrices, criterios, acuerdos, mecanismos, iniciativas y demás disposiciones e instrumentos institucionales que determine el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos, el Director General de Pemex o sus direcciones, así como el área competente en materia de control interno, en términos de las funciones que les confiere el Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos y demás disposiciones aplicables.
Los servidores públicos de todas las áreas de Pemex Perforación y Servicios deberán observar las disposiciones, lineamientos, criterios, políticas, acuerdos, bases y demás normativa que establezca el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos, en lo que les resulte aplicable.
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Realizar las acciones que resulten necesarias para el cumplimiento de lo establecido en el Plan de Negocios;
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Proporcionar la información operativa, técnica y administrativa que les sea requerida por el Director General y por las direcciones corporativas de Pemex, en la forma y términos solicitados; así como la información sobre los avances y resultados y, en su caso, presentar medidas de mejora;
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Presentar por conducto del Director General, al Director General de Pemex para su resolución, los conflictos que se susciten entre Pemex Perforación y Servicios y otras Empresas Productivas Subsidiarias y Empresas Filiales, con excepción de aquellas que deban ser atendidas por las áreas de Pemex, en términos del Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos.
Las funciones de soporte para Pemex Perforación y Servicios en las materias de recursos humanos, salud, financiera y de seguros y administración de riesgos, aduanal, salvaguardia estratégica, administración patrimonial, aprovechamiento y mantenimiento inmobiliario, procura y abastecimiento, jurídica, de tecnología de información y las del proceso de dirección del negocio, se llevarán a cabo por las áreas de Pemex, conforme al Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos.
Tratándose de las funciones relacionadas con alianzas y nuevos negocios, procesos de negocio y tecnología de información, así como planeación, coordinación y desempeño, éstas se realizarán por las áreas de Pemex, en términos del Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos, con la participación que corresponda a Pemex Perforación y Servicios.
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Aprobar la normativa aplicable a Pemex Perforación y Servicios, o sus modificaciones, requerida para el cumplimiento de su objeto, siempre y cuando su emisión y autorización no corresponda a otras instancias o áreas de Pemex, en función de la conducción central y dirección estratégica de Pemex;
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Aprobar conforme a las políticas establecidas por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos, el otorgamiento de garantías solidarias, corporativas o financieras, para respaldar obligaciones contraídas por Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y Empresas Filiales, y
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