Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Medicina Genómica.

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EmisorSecretaría de Salud

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SALUD.- Secretaría de Salud.- Instituto Nacional de Medicina Genómica.- México. ESTATUTO ORGÁNICO DEL INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA GENÓMICA

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15, antepenúltimo párrafo, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 12, 13 y Transitorio Segundo, de la Ley Federal de Austeridad Republicana; 5 fracción V bis y 7 bis de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud; la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Medicina Genómica aprueba el siguiente:

ESTATUTO ORGÁNICO

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 49
ARTÍCULO 1o

El Instituto Nacional de Medicina Genómica es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía de decisión técnica, operativa y administrativa en los términos de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud y la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, agrupado en el Sector coordinado por la Secretaría de Salud, que tiene por objeto, en los campos de la medicina genómica y de precisión, la investigación científica, la formación y capacitación de recursos humanos especializados, el desarrollo de tecnología y la vinculación con la industria para el desarrollo de productos y servicios, y cuyo ámbito de acción comprende todo el territorio nacional.

(Modificado en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

ARTÍCULO 2o

Para los efectos de este Estatuto, se entenderá por:

  1. Ley: la Ley de los Institutos Nacionales de Salud;

  2. Instituto: al Instituto Nacional de Medicina Genómica;

  3. Secretaría: la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo Federal;

  4. Comisión: a la Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad;

  5. Director General: al Director General del Instituto;

  6. Estatuto: al Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Medicina Genómica;

  7. Órgano de Gobierno: a la Junta de Gobierno del Instituto, y

  8. Comisario Público: el Comisario Publico Propietario, designado por la Secretaría de la Función Pública.

(Fracción adicionada en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

ARTÍCULO 3o

Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto tendrá las siguientes funciones:

  1. Ser el Referente Nacional para asuntos relacionados con el genoma humano, medicina de precisión y sus aplicaciones;

    (Fracción modificada en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

  2. Realizar investigaciones en medicina genómica y de precisión de las enfermedades que afectan a la población en México;

    (Fracción modificada en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

  3. Publicar y difundir los resultados de las investigaciones que realice;

    (Fracción modificada en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

  4. Promover acciones para la divulgación y comprensión de los conceptos genómicos en la población en general;

    (Fracción modificada en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

  5. Formar a profesionales en las áreas de medicina genómica y de precisión;

    (Fracción modificada en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

  6. Formular y ejecutar programas de estudio y cursos de capacitación, enseñanza, especialización y actualización de personal profesional, técnico y auxiliar, en las áreas de medicina genómica y de precisión; mismos que podrán tener reconocimiento oficial;

    (Fracción modificada en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

  7. Desarrollar la capacidad de análisis de información masiva en medicina genómica y de precisión, para proponer estrategias de prevención de las enfermedades que afectan a la población mexicana;

    (Fracción modificada en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

  8. Brindar apoyo en la detección oportuna de individuos de alto riesgo, para diseñar intervenciones preventivas y mejorar la salud global de la población;

    (Fracción modificada en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

  9. Promover y realizar reuniones de intercambio científico, de carácter nacional e internacional, y celebrar convenios de coordinación, intercambio o cooperación con instituciones afines nacionales e internacionales;

    (Fracción modificada en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

  10. Desarrollar tecnologías para monitorear el estado de la salud de la población en México, con base en la medicina genómica y de precisión, para su posible incorporación en los servicios públicos de salud;

    (Fracción modificada en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

  11. Ser el Referente Nacional para la regulación normativa de cualquier índole en materia de medicina genómica y de precisión;

    (Fracción modificada en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

  12. Actuar como órgano de consulta técnica y normativa, para los sectores público, privado y social, nacionales e internacionales en las áreas de medicina genómica y de precisión, y

    (Fracción modificada en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

  13. Realizar las demás actividades que le correspondan conforme a la Ley y otras disposiciones aplicables.

    (Fracción modificada en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

  14. (Se deroga en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

  15. (Se deroga en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

  16. (Se deroga en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

  17. (Se deroga en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

ARTÍCULO 4o

Para el cumplimiento de su objeto y desempeño de las atribuciones que le competen, el Instituto contará con los siguientes órganos, unidades, comités y comisiones:

  1. ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN:

    1. Junta de Gobierno, y

    2. Dirección General.

  2. ÓRGANOS DE APOYO Y CONSULTA:

    1. Patronato;

    2. Consejo Asesor Externo, y

    3. Consejo Técnico de Administración y Programación.

  3. UNIDADES SUSTANTIVAS Y ADMINISTRATIVAS:

    Direcciones de Área:

    1. Investigación;

    2. Enseñanza y Divulgación;

    3. Desarrollo Tecnológico;

    4. Vinculación y Desarrollo Institucional, y

    5. Administración.

    Asimismo, conforme se expresa en el artículo 28 del presente estatuto, el Instituto contará con las Subdirecciones de Área que se señalen en su Manual de Organización, de acuerdo con la normatividad aplicable.

    (Párrafo modificado en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

    Estas unidades trabajarán en sinergia para lograr los objetivos del Instituto.

    (Adicionado en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

  4. COMITÉS Y COMISIONES:

    1. Comité de Control y Desempeño Institucional;

      (Reformado en Sesión de Junta de Gobierno del 8-mar-2011)

    2. Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios;

    3. Comité de Bienes Muebles;

    4. Comité de Obras Públicas;

    5. Comisión Central Mixta de Capacitación;

      (Corregido en Sesión de Junta de Gobierno del 14-oct-2013)

    6. Comité de Transparencia;

      (Modificado en Sesión de Junta de Gobierno del 12-abr-2016)

    7. Comité de Tecnología;

    8. Comité Editorial;

    9. Comité de Evaluación y Promoción de Investigadores;

    10. Comité Interno para la Vigilancia de los Recursos de Investigación;

    11. Comité Técnico y de Administración de Fideicomisos para la Investigación;

      (Corregido en Sesión de Junta de Gobierno del 12-abr-2016)

    12. Comisión Mixta de Seguridad e Higiene;

    13. Comité de Investigación;

      (Reformado en Sesión de Junta de Gobierno del 9-oct-2012)

    14. Comité de Ética en Investigación;

      (Reformado en Sesión de Junta de Gobierno del 9-oct-2012)

      ñ. Comité de Bioseguridad;

      (Reformado en Sesión de Junta de Gobierno del 9-oct-2012)

    15. Comité de Mejora Regulatoria Interna;

      (Adicionado en Sesión de Junta de Gobierno del 8-mar-2011)

    16. Comité de Biblioteca;

      (Adicionado en Sesión de Junta de Gobierno del 8-mar-2011)

      (Corregido en Sesión de Junta de Gobierno del 14-oct-2013)

    17. Comité Interno para el Uso Eficiente de la Energía;

      (Adicionado en Sesión de Junta de Gobierno del 6-mar-2012)

    18. (Derogado en Sesión de Junta de Gobierno del 7-oct-2016)

    19. Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés;

      (Modificado en Sesión de Junta de Gobierno del 12-abr-2016)

      (Adicionado en Sesión de Junta de Gobierno del 9-oct-2012)

    20. Grupo de trabajo de datos abiertos;

      (Reformado en Sesión de Junta de Gobierno del 20-abr-2018)

      (Adicionado en Sesión de Junta de Gobierno del 23-oct-2017)

    21. Comité Interno para el Cuidado y Uso de los Animales de Laboratorio.

      (Adicionado en Sesión de la Junta de Gobierno del 20-abr-2018)

    22. Comité de Bioinformática.

      (Adicionado en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

  5. ÓRGANO DE VIGILANCIA Y DE CONTROL:

    1. Órgano Interno de Control.

    2. Comisaria o Comisario Público Propietario y su Suplente.

    (Adicionado en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

  6. OTROS ÓRGANOS DE APOYO:

    1. Unidad de Protección Civil;

    2. Unidad de Transparencia, y

      (Reformado en Sesión de Junta de Gobierno del 8-abr-2019)

    3. Coordinación de Archivos

ARTÍCULO 5o

El Instituto para su desarrollo y operación, conducirá sus actividades en forma programada y de conformidad con la Ley, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, Ley de Planeación, Ley Federal de Austeridad Republicada, el Plan Nacional del Desarrollo, así como con las disposiciones que emita la Secretaría de Salud en su carácter de Coordinadora del Sector y de su respectivo Programa Institucional.

(Modificado en Sesión de Junta de Gobierno del 11-nov-2020)

CAPÍTULO II Artículos 6 a 12

DE LA JUNTA DE GOBIERNO

ARTÍCULO 6o

La Junta de Gobierno del Instituto se integrará con el Secretario de Salud quien lo presidirá; el Titular de la Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad; un representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; uno del...

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