Estatuto Orgánico de CFE Generación VI.

Fecha de disposición22 Diciembre 2017
Fecha de publicación22 Diciembre 2017

Al margen un logotipo, que dice: Comisión Federal de Electricidad.- Generación VI. CFE GENERACIÓN VI

ESTATUTO ORGÁNICO DE CFE GENERACIÓN VI

CONSIDERANDOS

Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 58 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, la Comisión Federal de Electricidad podrá contar con empresas productivas subsidiarias con personalidad jurídica y patrimonio propio; se organizarán y operarán conforme a lo dispuesto en la Ley de la Industria Eléctrica, la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, y en términos de la Estricta Separación Legal que establezca la Secretaría de Energía, por lo que su participación en los mercados será de manera independiente.

Que conforme al apartado 8.1.6 inciso h) de los Términos para la estricta separación legal de la Comisión Federal de Electricidad, los Consejos de Administración de las Empresas Productivas Subsidiarias que realicen actividades independientes tienen, entre otras funciones, las previstas en la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, su Reglamento y otros ordenamientos jurídicos aplicables.

Que mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de marzo de 2016, se creó la empresa productiva subsidiaria de la Comisión Federal de Electricidad, denominada CFE Generación VI.

Que el artículo 14, fracción IX del Acuerdo de creación de la empresa productiva subsidiaria de la Comisión Federal de Electricidad, denominada CFE Generación VI establece como facultad de su Consejo de Administración, el aprobar y expedir a propuesta del Director General, el Estatuto Orgánico que contendrá la estructura y organización básicas y las funciones que correspondan a las distintas áreas de CFE Generación VI, así como los directivos o empleados que tendrán la representación del mismo y aquellos que podrán otorgar y revocar poderes en nombre de CFE Generación VI y las reglas de funcionamiento del Consejo y de sus Comités.

Que de conformidad con el Cuarto Transitorio del Acuerdo de Creación de la Empresa CFE Generación VI, el Director General, dentro de los doce meses siguientes a la entrada en vigor del Acuerdo, presentó para su aprobación por el Consejo de Administración, el Estatuto Orgánico.

Que mediante Acuerdo CA-033/2017 el Consejo de Administración de CFE, aprobó, en sesión ordinaria del 27 de abril de 2017, la estructura orgánica de la empresa productiva subsidiaria, CFE Generación VI.

Que el 17 de marzo de 2017, el Consejo de Administración de CFE Generación VI, aprobó el presente Estatuto.

Que con base en los considerandos que anteceden, se emite el siguiente:

Estatuto Orgánico de CFE Generación VI

TÍTULO PRIMERO

De la Organización

CAPÍTULO I
Disposiciones Generales Artículos 1 a 44
Artículo 1

El presente Estatuto Orgánico tiene por objeto establecer la estructura y organización básicas y las funciones que correspondan a las distintas áreas que integran la Empresa Productiva Subsidiaria de la Comisión Federal de Electricidad, denominada CFE Generación VI, así como los directivos o empleados que tendrán la representación de la misma y aquellos que podrán otorgar y revocar poderes en nombre de la Empresa.

Artículo 2 CFE Generación VI es una Empresa Productiva Subsidiaria de la Comisión Federal de Electricidad, la cual cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio.

Tiene por objeto generar energía eléctrica mediante cualquier tecnología en territorio nacional, así como realizar las actividades de comercialización a que se refiere el artículo 45 de la Ley de la Industria Eléctrica, excepto la prestación del Suministro Eléctrico. Así mismo funge como representante del total de las Centrales Eléctricas asignadas por la SENER en el Mercado Eléctrico Mayorista, de conformidad con lo previsto en los artículos 4 y 5 del Acuerdo de creación de CFE Generación VI, incluyendo aquellas que sean propiedad de terceros, generando valor económico y rentabilidad para el Estado Mexicano como su propietario.

Artículo 3

Para los efectos de este Estatuto se entenderá por:

  1. Acuerdo de Creación: Acuerdo de creación de la empresa productiva subsidiaria de la Comisión Federal de Electricidad, denominada CFE Generación VI

  2. CCC: Central Ciclo Combinado

  3. CCI: Central de Combustión Interna

  4. C.COG: Central de Cogeneración

  5. CFV: Central Fotovoltaica

  6. CE: Central Eólica

  7. CG: Central Geotermoeléctrica

  8. CH: Central Hidroeléctrica

  9. Comisión: la Comisión Federal de Electricidad

  10. Consejo de Administración: Consejo de Administración de la Comisión Federal de Electricidad

  11. Consejo: Consejo de Administración de CFE Generación VI

  12. CT: Central Termoeléctrica

  13. CTG: Central Turbogas

  14. Director General: Director General de CFE Generación VI

  15. Estatuto: Estatuto Orgánico de CFE Generación VI

  16. Ley: Ley de la Comisión Federal de Electricidad

  17. MEM: Mercado Eléctrico Mayorista

  18. Operador de Mercado: Centro Nacional de Control de Energía (CENACE)

  19. SENER: Secretaría de Energía

CAPÍTULO II Artículo 4

De la Estructura

Artículo 4

Para el despacho de los asuntos de su competencia, CFE Generación VI cuenta con Órganos Superiores y con las Unidades Operativas y Administrativas siguientes:

  1. Órganos Superiores

    1. Consejo

    2. Dirección General

  2. Unidades Operativas y Administrativas:

    1. Gerencia de Proyectos Geotermoeléctricos.

    2. Subgerencia de Producción Termoeléctrica Peninsular.

    3. Subgerencia de Producción Termoeléctrica Sureste.

    4. Subgerencia de Producción Hidroeléctrica Golfo.

    5. Subgerencia de Administración, Finanzas y Recursos Humanos.

    6. Unidad de Control de Gestión y Desempeño.

    7. Departamento de Optimización y Gestión de Energía.

    8. Departamento de Ingeniería Especializada.

    9. Departamento de Calidad, Seguridad y Ambiental.

    10. Departamento Jurídico.

    11. Departamento Tecnologías de Información.

    12. Superintendente General (Auxiliar Técnico de la Dirección).

TÍTULO SEGUNDO Artículos 5 a 13

Del Gobierno Corporativo

CAPÍTULO I Artículos 5 a 11

Integración y funcionamiento del Consejo de Administración y sus Comités

Artículo 5 CFE Generación VI será dirigida y administrada por un Consejo de Administración y un Director General.
Artículo 6

El Consejo se integrará por cinco miembros, cuatro consejeros del Gobierno Federal y un consejero independiente:

  1. El Director General de la Comisión, quien fungirá como Presidente del Consejo, o bien el funcionario de la Comisión que éste designe;

  2. Un consejero designado por el Consejo de Administración, a propuesta del Presidente del Consejo;

  3. Un consejero designado por el titular de la SENER, previa aprobación del Consejo de Administración;

  4. Un consejero designado por el titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, previa aprobación del Consejo de Administración, y

  5. Un consejero independiente designado por el Consejo de Administración, a propuesta del Presidente del Consejo.

En cada sesión del Consejo participará un representante de los Trabajadores, con derecho a voz, pero sin voto.

Artículo 7 El Consejo tendrá las facultades previstas por la Ley, los Términos para la estricta separación legal de la Comisión Federal de Electricidad, el Acuerdo de Creación, este Estatuto, las que establezca el propio Consejo, así como otros ordenamientos jurídicos aplicables.

Además de las anteriores, tendrá las siguientes funciones:

  1. Aprobar el plan de negocios de CFE Generación VI alineado al Plan de Negocios de la Comisión Federal de Electricidad, de conformidad con el inciso b) numeral 8.1.6 de los Términos para la Estricta Separación Legal de la Comisión Federal de Electricidad, así como el artículo 14, fracción I del Acuerdo de Creación.

  2. Aprobar los proyectos y programas de inversión de conformidad a los lineamientos que al efecto emita el Consejo de Administración.

  3. Aprobar la propuesta de designación y remoción de los titulares de la Gerencia de Proyectos Geotermoeléctricos; Subgerencia de Administración, Finanzas y Recursos Humanos; y del Departamento Jurídico de CFE Generación VI, presentada por su Director General.

Artículo 8 El Consejo contará con los comités que al efecto establezca

En todo caso contará con un Comité de Auditoría.

Artículo 9 Los comités tendrán las funciones previstas por las reglas de funcionamiento y las que determine el Consejo

En el caso del Comité de Auditoría, además de lo anterior, tendrá las funciones previstas por los lineamientos que al efecto emita el Consejo de Administración.

Artículo 10 Las reglas de operación y funcionamiento del Consejo deberán prever como mínimo los supuestos previstos por el Acuerdo de Creación.
Artículo 11 Las actas y acuerdos del Consejo y sus comités se difundirán conforme a la normatividad aplicable, a través del portal electrónico de CFE Generación VI.
CAPÍTULO II Artículos 12 y 13

De la Dirección General

Artículo 12

La Dirección de CFE Generación VI estará a cargo de un Director General, quien:

  1. Será nombrado por el Presidente del Consejo, y removido por éste, a propuesta del Consejo;

  2. No podrá ser miembro del Consejo de Administración, consejero de los comités del Consejo de Administración, ni Director General de otra empresa de la Comisión que realice Actividades Independientes;

  3. Será designado en razón de su experiencia, capacidad y prestigio profesional; no podrá ser cónyuge, concubina o concubinario o tener parentesco de consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, con cualquiera de los miembros del Consejo de Administración o de cualquiera de sus Empresas Productivas Subsidiarias o filiales que realicen Actividades...

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