¿Por qué es necesaria la figura del analista en el nuevo sistema de justicia penal?

AutorPatricia Bugarín Gutiérrez
Páginas85-107

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Patricia Bugarín Gutiérrez 1

El analista en el sistema jurídico mexicano

La figura del analista en el sistema jurídico mexicano no está regulada o normada; sin embargo, el análisis de información forma parte del proceso de adquisición y apropiación de los conocimientos latentes acumulados en distintas fuentes de información, lo que en su caso puede orientar una adecuada investigación y derivado de ello conocer la verdad de los hechos, resulta imperiosa la inserción consciente y reflexiva de esta figura en el andamiaje jurídico nacional.

El análisis de información está relacionado con lo que se denomina actualmente knowledge discovery fin databases (KDD) y data mining (DM). La hipótesis común es que los datos almacenados constituyen un yacimiento del cual hay que extraer y procesar la información para que ésta sea “útil’’ (desde un punto de vista económico, científico o tecnológico). El valor de la información “bruta’’ resulta de la capacidad que se tenga para procesarla y producir una información “elaborada’’, es decir, de nivel más elevado y potencialmente útil para la toma de decisiones en un determinado campo de actividades, pero que estaba implícita, no manifiesta, en los datos.2 Un analista puede ser escuchado o no, pero si su trabajo es un producto de buena calidad, en el que se han unido todos o la mayoría de estos elementos, el tiempo se encargará de darle la razón.

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Resulta indudable que las entidades encargadas de la investigación del delito, de una u otra forma en sus actividades diarias, realizan en cierta forma –y hasta donde sus capacidades se los permiten– análisis de la información que llega a sus oficinas, a través de oficios, informes, requerimientos, manuales, etcétera, esto en razón de que el análisis de información parte desde la simple recopilación y lectura de textos hasta su interpretación, buscando identificar la información “útil’’, es decir, aquella que interesa al usuario de la misma, a partir de la compilación de gran cantidad de datos. No obstante, el acceso a información mediante esta práctica es limitado y no siempre efectivo, de tal manera que solo mediante la determinación de la figura propia del analista, su función y su capacitación se observará un cambio.

Ahora bien, un sistema jurídico se entiende como un conjunto articulado y coherente de instituciones, métodos, procedimientos y normas jurídicas que constituyen el derecho positivo de un lugar y tiempo determinados, en el sistema jurídico mexicano tenemos a la Constitución como norma suprema del ordenamiento jurídico y como pilar del sistema jurídico, y es en esta misma que encontramos desde distintos aspectos figuras aines al analista de información, que se encargan de una u otra manera de recabar, procesar, registrar e integrar información.

Así, nuestra Carta Magna en su artículo 113, fracción III inciso

c), contempla que corresponderá al Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción: La determinación de los mecanismos de suministro, intercambio, sistematización y actualización de la información que sobre estas materias generen las instituciones competentes de los órdenes de gobierno.

Lo anterior en estricta relación con lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que prevé:

Artículo 27.- A la Secretaría de Gobernación corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

  1. Establecer mecanismos e instancias para la coordinación integral de las tareas y cuerpos de seguridad pública y policial, así como para el análisis y sistematización integral de la investigación e información de seguridad pública y de seguridad nacional en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública;

  2. Coordinar y establecer mecanismos para contar oportunamente con la información de seguridad pública y nacional, así como del ámbito criminal y preventivo que esta Secretaría requiera de dependencias y organismos

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competentes en dichas materias, para el adecuado cumplimiento de las atribuciones que las leyes le establecen;

Es así que, si bien es cierto que la figura del analista de la información no figura en el sistema jurídico mexicano, también lo es que no pasa del todo desapercibida para este, debido a la relevancia de su papel en nuestra actualidad; no obstante, aunque en México se cuenta con diversidad de bases de datos relacionados con la comisión del delito, podemos afirmar que hace falta una debida metodología de análisis de la información para coadyuvar a la toma de decisiones.3 Ante la pregunta ¿por qué debiera estar contemplada la figura del analista en el sistema jurídico mexicano? Las respuestas pueden variar, pero lo que resulta evidente es que la figura del analista de información en el sistema jurídico mexicano, en particular en las instituciones de procuración de justicia, implica un cambio en el paradigma en los métodos de investigación y persecución de los delitos, ya que se agrega un nuevo actor en el proceso de investigación que lo potencia en sus capacidades.

Las diferentes metodologías que emplea el analista para realizar su encomienda aportan una visión integral y multidimensional que permite el conocimiento pleno de la realidad a la que se enfrenta el Estado mexicano, a fin de diseñar estrategias focalizadas para alcanzar uno de los objetivos de la política pública: un México en Paz.4 De lo anterior, cobra especial relevancia la frase: “Lo que hoy es un hecho, mañana será información”, resultando evidente la trascendencia del papel del analista en nuestra actualidad y realidad social, quien figura como un administrador de recursos de información, que maneja herramientas, técnicas, procedimientos y metodologías para encontrar materia prima destinada a la producción de información útil, jurídicamente es una vía para fortalecer líneas de investigación y lograr la construcción de casos sólidos, con lo que se reducirán espacios de impunidad.

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En este punto conviene precisar que para el éxito del análisis de la investigación se debe contar con un profesional —o grupo de profesionales— que cuenten con el perfil idóneo, y de ser posible con un buen nivel de experiencia y especialización que posibilite desenvolver su rol en el proceso, tanto en la investigación de campo como en la investigación técnica o científica.

Así, el análisis de información tiene una implicación directa con el análisis de temas relacionados con seguridad pública, ya que proporciona apoyo de información a los órganos de policía o a instituciones de combate, prevención y sanción del delito. Es importante señalar que es necesario impulsar y cultivar una nueva generación de analistas en el sistema jurídico mexicano, que estén más atentos en el combate a la delincuencia desde su trinchera, cuyo objetivo sea la creación de un nuevo paradigma, en el entendido de que el análisis de información, si bien es cierto es un ingrediente fundamental para la labor eficaz de la policía, tanto en el ámbito operativo como estratégico, también lo es para la persecución penal. Lo anterior en virtud de que con su producto dan claridad al hecho que se investiga, al subsanar los vacíos de información, orientar la construcción de la hipótesis del caso y apoyar la planificación de la investigación y las actividades que se deriven de esos ines.

Un aspecto importante para el análisis de la información es el perfil del analista, rol que requiere idealmente un conocimiento y una práctica multidisciplinaria en el estudio del delito, no es privativo de una profesión determinada, sino más bien de habilidades de argumentación, dedicación, lógica elemental y la interpretación de soluciones innovadoras. Las Unidades de Análisis Criminal o de la Información, deben conformarse con personas que presenten determinadas cualidades o competencias y otras que, en función de la práctica analista, “irán adquiriendo”, con la constante capacitación y la experticia que obtenga en el desarrollo de la tarea diaria.

De lo anteriormente expuesto, se concluye que si bien es cierto la figura del analista no se encuentra contemplada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tampoco en el Código Nacional de Procedimientos Penales ni en ninguna otra ley secundaria o federal, resulta imperiosa la necesidad de realizar las reformas necesarias respecto de los ordenamientos antes indicados y aplicables, a efecto de que esta figura sea considerada y regulada.

Lo anterior, en virtud que su participación dentro del proceso penal es indispensable para llevar a cabo un debido proceso, además de

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que deberá ser adecuadamente capacitado conforme al sistema penal acusatorio, ya que es la persona encargada de interpretar, estudiar y reordenar datos que obtiene él mismo a través de fuentes abiertas y cerradas o bien que le son suministradas por el Ministerio Público y por el personal de campo, así como dar conexidad a toda la información que le es proveída, esto con la finalidad de que se cumpla con el objetivo de la pronta y expedita procuración de justicia.

El analista en la configuración de políticas públicas

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