¿Qué es fundar?

AutorJaime Romo García
Cargo del AutorMagistrado
Páginas55-55
LA DEFENSA FISCAL Y SUS PRINCIPIOS BASICOS 55
querido maestro Carlos A. Cruz Morales, interpretó con enorme
intuición jurídica, allá por el año 1977, cuando publicó su libro intitu-
lado “LOS ARTICULOS 14 Y 16 CONSTITUCIONALES”23 que por
formalidades esenciales del procedimiento deberíamos entender,
como reiteradamente lo decía en su cátedra de Garantías y Am-
paro, otorgar al gobernado el mayor número de oportunidades
para el logro de su defensa, con lo que indudablemente nos com-
partió una enorme enseñanza que ahora tenemos, la oportunidad
de comentar con ustedes, en ocasión de establecer, qué es lo que
debemos entender por formalidades esenciales del procedimiento.
Por otra parte, en lo concerniente al artículo 16 constitucional en
el que se dispone que:
“ARTICULO 16. Nadie puede ser molestado en su perso-
na, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud
de mandamiento escrito de la autoridad competente, que
funde y motive la causa legal del procedimiento.”
Vamos a señalar en principio, que todos los actos de autoridad
que se traduzcan en afectación a la esfera jurídica de los adminis-
trados, deben constar por escrito.
Asimismo, deberemos preguntarnos:
¿COMO SABER SI UNA AUTORIDAD ES COMPETENTE O NO
PARA EMITIR UN DETERMINADO ACTO DE MOLESTIA?
A lo que contestaremos que para saber si una autoridad es
competente o no para realizar tal o cual acto de molestia a un
gobernado, debemos acudir a la Ley Orgánica; Estatuto o Re-
glamento Interior del órgano de gobierno del que dependa la
autoridad emisora, para conocer si ésta existe y si tiene facultad
expresa para emitir ese determinado acto; y
Que habiendo constatado lo anterior, habremos de analizar con-
cienzudamente, que el acto de autoridad esté debidamente funda-
do y motivado.
35. ¿QUE ES FUNDAR?
Fundar, es citar los dispositivos legales exactamente aplica-
bles al caso concreto.
23. Cruz Morales, Carlos A . “Los artículos 14 y 16 Constitucionales”. Página 51.
Editorial Porrúa, S.A., México, 1997.

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