Fe de Erratas de los Decretos Numeros 677, 678 y 679 Publicados el 24 de Mayo de 2006, Que Contienen Respectivamente: Reformas y Adiciones a Diversos Articulos de la Constitucion Politica; Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales; y la Ley del Sistema de Medios de Impugnacion en Materia Electoral, Todas del Estado de Yucatan.

MERIDA, YUC., JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2006. DIARIO OFICIAL PAGINA 15
FE DE ERRATAS
Conforme al oficio Núm. CEY-1879/2006 del H. Congreso del Estado, su Decreto que contiene las
Reformas y Adiciones a diversos artículos de la Constitución Política del Estado de Yucatán, que
ya sancionado por el Poder Ejecutivo fue publicado como Decreto Número 677 en el suplemento
del Diario Oficial del Gobierno del Estado número 30,624, correspondiente al 24 de mayo de 2006,
tiene las erratas siguientes:
En la página 3, línea 17.
Dice:
armas.
Debe decir:
armas;
En la página 4, línea 5.
Dice:
en el proceso respectivo o hasta la extinción de la pena.
Debe decir:
en el proceso respectivo o hasta la extinción de la pena;
En la página 6, línea 6.
Dice:
manifiestan su aprobación, a las reformas, adiciones o derogaciones a la
Debe decir:
manifiestan su aprobación a las reformas, adiciones o derogac iones a la
En la página 6, líneas 9, 10 y 11.
Dice:
La iniciativa popular consiste en la presentación de proyecto de expedición ,
reforma, o adición de leyes o decretos ante el Congreso del Estado; así como de
reglamentos municipales, ante el Ayuntamiento. Por parte de los ciudadanos
Debe decir:
La iniciativa popular consiste en la presentación de un pro yecto de expedición,
reforma o adición de leyes o decretos ante el Congreso del Estado; así como de
reglamentos municipales ante el Ayuntamiento, por parte de los ciudadanos
En la página 11, línea 16.
Dice:
en los demás casos, conforme a lo que dispongan las leyes,
Debe decir:
en los demás casos, conforme a lo que dispongan las leyes.
En la página 13, líneas 8 y 9.
Dice:
erigiéndose en Colegio Electoral.
XXVI.- Recibir la protesta a los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia a que
Debe decir:
erigiéndose en Colegio Electoral.
XXII.- a XXV.- …
XXVI.- Recibir la protesta a los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia a que
PAGINA 16 DIARIO OFICIAL MERIDA, YUC., JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2006.
En la página 14, línea 9.
Dice:
fracciones II a IV del artículo anterior; y las que presenten los ciudadanos
Debe decir:
fracciones II a IV del artículo anterior, y las que presenten los ciudadanos
En la página 15, línea 3.
Dice:
desempeñar el cargo de Diputado Federal o Senador.
Debe decir:
desempeñar el cargo de Diputado Federal o Senador;
En la página 15, línea 9.
Dice:
corporación similar, 90 días antes de l a fecha elección.
Debe decir:
corporación similar, 90 días antes de la fecha de la el ección;
En la página 15, línea 19.
Dice:
de la elección.
Debe decir:
de la elección;
En la página 21, línea 23.
Dice:
y secretario técnico respectivamente, del Instituto Electoral del Estado, tendrán el
Debe decir:
y secretario técnico respectivamente; del Instituto Electoral del Estado, tendrán el
En la página 24, líneas 12 y 13.
Dice:
Durante los recesos de la LVIII Legislatura y LIX Legislatura, funcionará una
Diputación Permanente. El último período de cada una de la Legislaturas
Debe decir:
Durante los recesos de la LVIII y LIX Legislaturas, funcionará una
Diputación Permanente. El último período de cada una de l as Legislaturas
Conforme al oficio Núm. CEY-1878/2006 del H. Congreso del Estado, su Decreto que contiene la
Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Yucatá n, que ya sancionado por
el Poder Ejecutivo fue publicado como Decreto Número 678 en el suplemento del Diario Oficial del
Gobierno del Estado número 30,624, correspondiente al 24 de mayo de 2006, tiene las erratas
siguientes:
En la página 3, línea 11.
Dice:
IV.- Tribunal: El Tribunal Electoral de Yucatán.
Debe decir:
IV.- Tribunal: El Tribunal Electoral del Estado.

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