Equidad y género. 11 de mayo de 2016

AutorLuis Eduardo Robles Farrera
Páginas44-45
La Barra Junio-Julio 2016
42
EQUIDAD Y GÉNERO
Por: Luis Eduardo Robles Farrera
FECHA DE LA SESIÓN: 11 de mayo de 2016.
ORADORA INVITADA: Dra. Leila Jiménez Barlett.
CONTENIDO DE LA SESIÓN: “La conciliación de la vida
laboral y familiar como parte de los derechos humanos
de las mujeres”.
SEGUIMIENTO:
La exposición de la doctora Leila Jiménez Barlett
versó sobre el papel de la mujer en el mundo laboral y
familiar, la cual centró sobre tres puntos fundamentales:
1 Acerca de la conciliación.
2. Los derechos humanos violados.
3. Los aspectos de la relación de la vida familiar y
laboral de la mujer.
Respecto del porqué debemos buscar la conciliación,
la doctora se rerió a la desigualdad estructural y la
opresión que afecta tanto a mujeres como a hombres,
al igual que a niños y niñas. Indicó que la
división del trabajo en la historia, la
revolución industrial, que trajo la
separación unidad doméstica
unidad de producción: hombre
proveedor y la mujer encargada
del hogar y los hijos, aunado a
la incorporación masiva de las
mujeres, en las últimas décadas,
al trabajo remu nerado, nos han
traído hasta este punto; por ejemplo,
la irrupción masiva de las mujeres en
el mercado laboral no se ha correspondido
con una menor carga de trabajo en el hogar o una
redistribución de roles tradicionales de género, sino
que más bien ha reforzado la doble jornada femenina:
el trabajo en los centros laborales y el trabajo en casa.
Por ello, lo que hace falta es por un lado conciliar y por
otro lado, llevar a cabo la corresponsabilidad social, de
las personas, de las familias y del Estado para acabar
con esta situación de crisis que se está viviendo entre
el trabajo y la familia.
Respecto del segundo punto anteriormente señalado,
indicó que los derechos humanos que se violan y que
están protegidos tanto en nuestra Constitución Federal
como en las convenciones y tratados internacionales
son:
El derecho a la igualdad y a la no discriminación.
El derecho al trabajo y los derechos laborales.
El derecho a la seguridad social.
El derecho a la protección de la maternidad,
paternidad y la vida familiar.
Los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
La pena de muerte en aquellos Estados donde esté
tipicada en su derecho doméstico.
Agregó que es debido a la falta de
políticas públicas y normativas
para la conciliación y
corresponsabilidad de estos que
se violan los derechos humanos
anteriormente señalados.
Por lo que toca, a los aspectos de
la relación de la vida familiar y
la vida laboral de la mujer, destacó
que la problemática versa sobre los
siguientes puntos:
1. El embarazo.
2. El parto.
3. El posparto y la adopción.
4. La licencia de maternidad, paternidad y parentales.
5. La lactancia.
6. El cuidado de los hijos.
Respecto de esta problemática, la doctora precisó
tanto los problemas reales q ue se presentan como
la insuciencia de la normatividad. Por ejemplo, en
cuanto al embarazo la situación real es que todavía hay
empresas que no ven con buenos ojos que la mujer, que
está trabajando, se embarace. Igualmente, las empresas
se ven renuentes a proporcionar el tiempo que señala
la ley para la atención del parto (6 semanas antes y 6
después).
Por lo qu e r espec ta a la situ ación po spar to y
adopción, la legislación es insuciente, pues debería
ya de contemplar licencias con goce de sueldo para la
atención de algún problema de cualquier
tipo en el periodo del posparto.
En cuanto a las licencias
de maternidad, paternidad
y parentales, éstas son
insuficientes, por ejemplo, la
licencia de paternidad de 5 días es
absolutamente insuciente.
Por lo que toca a la lactancia en
México se establecen dos periodos de
media hora al día para atender este punto,
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