Encubrimiento y Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita

AutorPérez Chavez, José - Fol Olguin, Raymundo
Páginas185-187
Aplicación de las sanciones del robo simple al daño en propie-
dad ajena
399.- Cuando por cualquier medio se causen daño, destrucción o
deterioro de cosa ajena, o de cosa propia en perjuicio de tercero, se
aplicarán las sanciones del robo simple.
Forma de perseguir el delito de daño en propiedad ajena
399-Bis.- Los delitos previstos en este título se perseguirán por que-
rella de la parte ofendida cuando sean cometidos por un ascendiente,
descendiente, cónyuge, parientes por consanguinidad hasta el segun-
dogrado, concubina oconcubinario, adoptante o adoptadoy parientes
por afinidad asimismo hasta el segundo grado. Igualmente se requerirá
querella para la persecución de terceros que hubiesen incurrido en la
ejecución del delito con los sujetos aque se refiere el párrafo anterior. Si
se cometiere algún otro hecho que por sí solo constituya un delito, se
aplicará la sanción que para éste señala la ley.
Se perseguirán por querella los delitos previstos en los artículos 380 y
382 a 399, salvo el artículo 390 y los casos a que se refieren los dos últi-
mos párrafos del artículo 395.
CPF-ENCUBRIMIENTO
TITULO XXIII
Encubrimiento y Operaciones con Recursos
de Procedencia Ilícita
CAPITULO I
Encubrimiento
Sanciones por el delito de encubrimiento
400.- Se aplicará prisión de tres meses a tres años y de quince a se-
senta días multa, al que:
I. Con ánimo de lucro, después de la ejecución del delito y sin haber
participado en éste, adquiera, reciba u oculteel producto de aquél a sa-
biendas de esta circunstancia.
Si el que recibió la cosa en venta, prenda o bajo cualquier concepto,
no tuvo conocimiento de la procedencia ilícita de aquélla, por no haber
tomado las precauciones indispensables para asegurarse de que la
persona de quien la recibió tenía derecho para disponer de ella, la pena
se disminuirá hasta en una mitad;
II.Preste auxilio o cooperación de cualquier especie al autor de un de-
lito, con conocimiento de esta circunstancia, por acuerdo posterior a la
ejecución del citado delito;
III. Oculte o favorezca el ocultamiento del responsable de un delito,
losefectos, objetos o instrumentos del mismo o impida que se averigüe;
IV.Requerido por las autoridades, no dé auxilio para la investigación
de los delitos o para la persecución de los delincuentes;
185 CPF-ENCUBRIMIENTO 399.-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR