Enajenación de acciones en bolsa de valores

AutorAntonio Luna Guerra
Páginas109-109

Page 109

El artículo 129 de la LISR menciona que las personas físicas estarán obligadas a pagar el ISR, cuyo pago se considerará como definitivo, aplicando la tasa del 10% a las ganancias obtenidas en el ejercicio derivadas de:

I. La enajenación de acciones emitidas por sociedades mexicanas que se realice en las bolsas de valores concesionadas o mercados de derivados reconocidos.

II. La enajenación de títulos que representen índices accionarios enajenados en las bolsas de valores o mercados de derivados a que se refiere la fracción anterior.

III. La enajenación de acciones emitidas por sociedades mexicanas o de títulos que representen exclusivamente a dichas acciones, siempre que la enajenación se realice en bolsas de valores o mercados de derivados.

IV. Las operaciones financieras derivadas de capital...

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