Empresas fantasma: El vértice de la corrupción

AutorLuis Pérez de Acha

LUIS PÉREZ DE ACHA

INTEGRANTE DEL COMITÉ DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN.

Están de moda. La Estafa Maestra, Veracruz, Chihuahua y Quintana Roo lo ratifican, pero ¿qué son las empresas fantasma?

Han operado en México durante décadas. En 1980, cuando me incorporé al mundo fiscal, el mecanismo se utilizaba para evadir impuestos. Otros abogados y contadores dan cuenta de ellas desde los años 60 del siglo pasado.

Con frecuencia, el lenguaje periodístico confunde a los lectores. Esto se debe a que, en la realidad, las empresas fantasma no son empresas y no son fantasma. Se trata de empresas cuya existencia es legal, pues se constituyen ante notario público y están inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Tienen cuentas de cheques y los pagos los reciben mediante transferencias bancarias. Tampoco sus facturas son falsas, en el sentido formal del término, en tanto que cumplen con los requisitos fiscales y se emiten a través de la plataforma del Servicio de Administración Tributaria (SAT). No generan empleos ni riqueza; su objetivo es facilitar la evasión fiscal y la corrupción.

Entonces, ¿por qué se dice que las empresas son fantasma y que sus facturas son falsas? La respuesta es sencilla: en los tiempos anteriores a que el SAT implementara sus sistemas informáticos -cuando las facturas eran de papel-, una práctica usual era que los nombres de las empresas y sus respectivos RFC fueran inventados; no existían para efectos legales ni fiscales. En consecuencia, las facturas eran apócrifas (simple papel, sin validez alguna).

Para evitar esa situación, como primer paso la Secretaría de Hacienda estableció la obligación de que los contribuyentes imprimiesen sus facturas en establecimientos autorizados. Al poco tiempo, los nombres de los talleres de impresión y de los oficios de autorización también se inventaron. Éste fue uno de los motivos que impulsaron al SAT a crear una plataforma para la expedición de comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), que son los únicos con validez legal para el pago de impuestos. Cualquier otro comprobante expedido fuera de ese sistema carece de efectos fiscales.

En la actualidad, las empresas legalmente constituidas ya no falsean facturas, sino simulan la venta de bienes o la prestación de servicios. Sus operaciones son inexistentes, por lo que los CFDI emitidos en la plataforma del SAT son ilegales. Por ello, a esas empresas se les sigue calificando como fantasma.

¿CÓMO OPERAN?

En sus primeros tiempos, la finalidad de las empresas fantasma era evadir impuestos. Estas expiden CFDI que amparan operaciones falsas para simular la venta de bienes o la prestación de servicios. Los comprobantes son "comprados" por otros contribuyentes, quienes los utilizan para efectuar deducciones en el ISR y acreditamientos en el IVA. En su conjunto, la simulación da la apariencia de legalidad a actos de suyo delictivos.

Al paso de los años, ese actuar se infiltró en las dependencias públicas. El negocio no se limitó a la evasión de impuestos. Con un mecanismo similar, incluso más simple, el falseamiento y la simulación de operaciones se enfocaron al desvío de recursos públicos. La federación, los estados y los municipios pagan a las empresas fantasma los CFDI que éstas les entregan. Se trata de una maquinación perfecta, que sólo requiere de la complicidad de las empresas con los funcionarios en turno.

En teoría, las empresas fantasma tendrían que pagar el ISR e IVA causados con motivo de los pagos recibidos. No lo hacen. De manera descarada deciden no pagar y, al mismo tiempo o poco después, desaparecen. Otra posibilidad es que los recursos se dispersen en una cadena de aliados o en otras empresas fantasma, las cuales a su vez también se esfuman. Todo esto, en su conjunto, obstaculiza la fiscalización y la identificación de las rutas del dinero.

Las entidades federativas son campo propicio de actuación de las empresas fantasma. Esto obedece, en primer término, a que más del 90 por ciento de los recursos que manejan provienen de transferencias federales, las cuales representan cantidades descomunales y apetitosas. En 2014, por ejemplo, el Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB) entregado a los 32 estados, fue equivalente al total del IVA recaudado por el SAT en el mismo año. Por cierto, en este tema las observaciones de la Auditoría Superior de la Federación han sido demoledoras.

Una segunda razón es que los sistemas contables y de fiscalización en las entidades federativas son precarios, lo que no sólo facilita la simulación de contratos de obras y servicios, sino que propicia la opacidad y la falta de rendición de cuentas de las finanzas públicas. Además, el control político de los gobernadores es férreo, lo que complica las indagatorias locales y las acciones judiciales en contra de los responsables. Lo que llama la atención, sin embargo, es la actitud pasiva de la federación en esta materia.

Una tercera circunstancia que prohíja el desvío de recursos públicos en los estados, es que, sin justificación alguna, gran parte de los contratos de obras y servicios se asignan en forma directa; es decir, sin licitación pública, lo cual viola la Constitución Federal. Sobra decir que en esas contrataciones se privilegia a las empresas fantasma.

En el ámbito federal, la asignación directa de obras y servicios es una constante. Así, por ejemplo, la Auditoría Superior de la Federación detectó este tipo de irregularidades en la implementación del Sistema Penal Acusatorio, en el que se aplicaron importantes cantidades de recursos públicos y del...

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