Emergencia sanitaria. Suspensión de plazos y términos en los procedimientos ante autoridades fiscales y jurisdiccionales

AutorLic. Alejandro Martínez Bazavilvazo
Páginas1-6
Emergencia sanitaria.
Suspensión de plazos y términos en los procedimientos
ante autoridades fi scales y jurisdiccionales
ØLIC. ALEJANDRO MARTÍNEZ BAZAVILVAZO
Introducción
Desde el 30 de marzo de 2020 se declaró en todo el país una emergencia sanitaria por causas de fuerza mayor,
la cual se ha mantenido vigente hasta junio con diversos cambios. Entre los diversos efectos que ha generado la
emergencia sanitaria, está la emisión de acuerdos y reglas que han suspendido los plazos y términos en un amplio
número de procedimientos y procesos ante las autoridades administrativas y jurisdiccionales.
Comentamos dicha normatividad, sólo con respecto a los procedimientos ante las autoridades fiscales federales y
los órganos jurisdiccionales que intervienen en las controversias con esas autoridades.
Suspensión de plazos y términos en procedimientos ante el IMSS
Acuerdo ACDO.AS2.HCT.070420/122.P.SG, dictado por el Consejo Técnico y publicado en el DOF el 16 de
abril de 2020
Mediante este acuerdo se ha autorizado suspender los trámites, procedimientos administrativos y/o procesos y de-
clarar inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones y/o requerimientos vinculados
con el recurso de inconformidad y la respuesta de peticiones ciudadanas, competencia de la Secretaría General.
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